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LEY DE AGUAS VIGENTE. (Elevado al rango de ley el 28 de noviembre de 1906). REGLAMENTO DE AGUAS. EL CONSEJO DE MINISTROS. ENCARGADO DEL PODER EJECUTIVO. CONSIDERANDO : Que el congreso agr cola e industrial del pa s exige un sistema de disposiciones sobre dominio y aprovechamiento de aguas que amplifique el que se ve consignado en el reducido cap tulo del C digo Civil y en la Ley de 4 de noviembre de 1874 ;. Que el poder ejecutivo puede reglamentar las Leyes anteriormente enunciadas ;. Decreta el siguiente reglamento sobre dominio y aprovechamiento de las aguas : CAPITULO 1. DEL DOMINIO DE LAS AGUAS PLUVIALES. Art culo 1 . Pertenecen al due o de un predio las aguas pluviales que caen o se recogen en el mismo mientras discurran por el.
Title: Microsoft Word - 42C2FDEF-6CC7-181CEA.doc Author: www Created Date: 6/29/2005 8:03:18 PM
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