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ACORDADA 17/12/1952 REGLAMENTO para LA JUSTICIA NACIONAL DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I Magistrados, funcionarios y empleados Art culo 1 En el presente REGLAMENTO se llama magistrados a los jueces de todos los grados; funcionarios a los secretarios de primera y segunda instancia y los dem s empleados de los tribunales nacionales que perciben igual o mayor sueldo, y empleados al resto del personal. D as h biles e inh biles Art. 2 Los tribunales nacionales no funcionar n durante el mes de enero, la feria de julio, los d as domingo, los que por disposici n del Congreso o del Poder Ejecutivo no sean laborables y los que el se or Presidente de la Corte Suprema o el Ministro que ste designe declare feriados judiciales.
ACORDADA 17/12/1952 REGLAMENTO PARA LA JUSTICIA NACIONAL DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I Magistrados, funcionarios y empleados Artículo 1º — En el presente reglamento se llama “magistrados” a los jueces de todos los grados; “funcionarios” a los secretarios de primera y segunda instancia y los …
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