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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS CASO MUELLE FLORES VS. PER SENTENCIA DE 06 DE MARZO DE 2019 (Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas) En el caso Muelle Flores, la CORTE INTERAMERICANA de DERECHOS HUMANOS (en adelante la CORTE INTERAMERICANA , la CORTE o el Tribunal ), integrada por los siguientes jueces*: Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot, Presidente; Eduardo Vio Grossi, Vicepresidente; Humberto Antonio Sierra Porto, Juez; Elizabeth Odio Benito, Jueza; Eugenio Ra l Zaffaroni, Juez, y Patricio Pazmi o Freire, Juez, presente adem s, Pablo Saavedra Alessandri, Secretario, de conformidad con los art culos y de la Convenci n Americana sobre DERECHOS HUMANOS (en adelante la Convenci n o la Convenci n Americana ) y con los art culos 31, 32, 42, 65 y 67 del Reglamento de la CORTE (en adelante el Reglamento ), dicta la presente Sentencia, que se estructura en el siguiente orden: * El Juez Ricardo P rez Manrique no particip en la deliberaci n y firma de la presente S
diciembre de 1999. Esto implica la adopción inmediata por parte del Estado peruano de las medidas necesarias para el pago de la pensión al señor Muelle Flores en los términos en los cuales le fue reconocido judicialmente, es decir, bajo el régimen del Decreto Ley 20530.
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