Transcription of REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO …
{{id}} {{{paragraph}}}
REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL. SOBRE EL VISTO BUENO DE seguridad Y OPERACI N. ART CULO El propietario o poseedor de una instalaci n o edificaci n reci n construida, referidas en los art culos 69 y 90 relativas a las edificaciones de riesgo alto, y 139 de este REGLAMENTO , as como de aqu llas donde se realicen actividades de alg n giro industrial en las que excedan la ocupaci n de 40 m2, debe presentar junto con el aviso determinaci n de obra ante la Delegaci n respectiva, el Visto Bueno de seguridad y Operaci n con la responsiva de un Director Responsable de Obra y del o los Corresponsables, en su caso. El Visto Bueno de seguridad y Operaci n, debe contener: I. El nombre, denominaci n o raz n social del o los interesados y en el caso del representante legal, acompa ar los documentos con los que se acredite su personalidad.
REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL SOBRE EL VISTO BUENO DE SEGURIDAD Y OPERACIÓN ARTÍCULO 68.- El propietario o poseedor de una instalación o edificación recién construida,
Domain:
Source:
Link to this page:
Please notify us if you found a problem with this document:
{{id}} {{{paragraph}}}