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SEDE para LA. CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS. I. Sede de la CORTE INTERAMERICANA de Derechos Humanos II. Convenio entre el Gobierno de la Rep blica de Costa Rica y la CORTE INTERAMERICANA de Derechos Humanos I. Sede de la CORTE INTERAMERICANA de Derechos Humanos (Resoluci n de la Asamblea General de la OEA). (VII-0/78). (Resoluci n aprobada en la s ptima sesi n plenaria celebrada el 1 de julio de 1978). LA ASAMBLEA GENERAL. CONSIDERANDO. Que es inminente la entrada en vigor de la Convenci n Americana sobre Derechos Humanos "Pacto de San Jos de Costa Rica", suscrita en la Conferencia Especializada INTERAMERICANA sobre Derechos Humanos, San Jos , Costa Rica, el 22. de noviembre de 1969;. Que el Art culo 33 de la Convenci n dispone el establecimiento de una CORTE INTERAMERICANA de Derechos Humanos como rgano competente para conocer de los asuntos relacionados con el cumplimiento de los compromisos contra dos por los Estados partes.
SEDE PARA LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS I. Sede de la Corte Interamericana de Derechos Humanos II. Convenio entre el Gobierno de la República de Costa Rica y la Corte
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