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TEMA 3 TEMA 3 TEMA 3 TEMA 3 EL JUICIO ORDINARIO MERCANTILEL JUICIO ORDINARIO MERCANTILEL JUICIO ORDINARIO MERCANTILEL JUICIO ORDINARIO mercantil ESCRITO INCIAL DE DEMANDA. Procedencia del JUICIO ORDINARIO mercantil : La regla general sobre la tramitaci n de juicios mercantiles se puede expresar de la siguiente manera: si no hay un procedimiento especialmente regulado en el C digo de Comercio o en la legislaci n mercantil especial, la tramitaci n ha de seguirse en JUICIO ORDINARIO mercantil . Con toda claridad y forma expresa lo indica textualmente el C digo de Comercio: Art culo 1377. Todas las contiendas que no tengan se alada tramitaci n especial en las leyes mercantiles, se ventilar n en JUICIO ORDINARIO . Sobre este particular, nos permitimos recordar que el art culo 1055 del C digo de Comercio menciona varias clases de juicios mercantiles, entre los que engloba los ordinarios. Art culo Los juicios mercantiles, son ordinarios, ejecutivos o los especiales que se encuentren regulados por cualquier ley de ndole comercial, los cuales se sujetar n a las siguientes Cuando la parte actora funde su demanda en un documento que traiga aparejada ejecuci n, en los t rminos del art culo 1391 del C digo de Comercio podr plantear JUICIO Ejecutivo mercantil .
En el juicio ordinario mercantil es necesario que haya demanda escrita. Tal conclusión la obtenemos de la breve referencia que hace el artículo 1378 del Código de Comercio
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