Transcription of TESIS JURISPRUDENCIAL 4/2006
{{id}} {{{paragraph}}}
TESIS JURISPRUDENCIAL 1/2011 SERVIDUMBRE LEGAL DE PASO PARA LA CONDUCCI N DE ENERG A EL CTRICA. EL MONTO DE LA INDEMNIZACI N CORRESPONDIENTE NO INCLUYE EL PAGO DE RENTAS FUTURAS QUE PUDIERAN OBTENERSE DEL INMUEBLE. La indemnizaci n correspondiente a que se refiere el art culo 1108 del C digo Civil Federal, que debe pagarse al due o del predio sirviente por el titular de una servidumbre legal de paso para la conducci n de energ a el ctrica, debe determinarse con base en el valor de mercado de la porci n del inmueble que ha sido gravada con la servidumbre. Esto se calcula atendiendo a su destino en el momento de la constituci n de sta y no a su destino futuro o eventual, pues tiene por objeto resarcir al due o del predio sirviente la disminuci n del valor que ste sufre por la servidumbre que le impide el uso y disfrute de la porci n gravada respectiva.
instancia respecto de juicios en los que se involucren derechos de menores de 18 años e incapaces, en atención al interés superior de la niñez. Contradicción de tesis 199/2010. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Segundo, ambos en Materia Civil del Séptimo Circuito. 1° de diciembre de 2010.
Domain:
Source:
Link to this page:
Please notify us if you found a problem with this document:
{{id}} {{{paragraph}}}