Transcription of Norma ISO 10816 - rodamientos.com
1 1 Norma ISO 10816 Establece las condiciones y procedimientos generales para la medici n y evaluaci n de la vibraci n, utilizando mediciones realizadas sobre partes no rotativas de las m quinas. El criterio general de evaluaci n se basa tanto en la monitorizaci n operacional como en pruebas de validaci n que han sido establecidas fundamentalmente con objeto de garantizar un funcionamiento fiable de la m quina a largo plazo. Esta Norma reemplaza a las iso 2372 e ISO 3945, que han sido objeto de revisi n t cnica. Este est ndar consta de cinco partes: Parte 1: Indicaciones generales. Parte 2: Turbinas de vapor y generadores que superen los 50 MW con velocidades t picas de trabajo de 1500, 1800, 3000 y 3600 RPM. Parte 3: Maquinaria industrial con potencia nominal por encima de 15 kW y velocidades entre 120 y 15000 RPM.
2 Parte 4: Conjuntos movidos por turbinas de gas excluyendo las empleadas en aeron utica. Parte 5: Conjuntos de maquinas en plantas de hidrogeneraci n y bombeo ( nicamente disponible en ingl s). Este nuevo est ndar eval a la severidad de la vibraci n de maquinaria rotativa a trav s de mediciones efectuadas en planta en partes no giratorias de las mismas. Engloba y amplia los est ndares citados anteriormente. Los criterios de vibraci n de este est ndar se aplican a un conjunto de m quinas con potencia superior a 15 kW y velocidad entre 120 RPM y RPM. Los criterios son s lo aplicables para vibraciones producidas por la propia m quina y no para vibraciones que son transmitidas a la m quina desde fuentes externas. El valor eficaz (RMS) de la velocidad de la vibraci n se utiliza para determinar la condici n de la m quina.
3 Este valor se puede determinar con casi todos los instrumentos convencionales para la medici n de vibraci n. Se debe prestar especial atenci n para asegurar que los sensores est n montados correctamente y que tales montajes no degraden la precisi n de la medici n. Los puntos de medida t picamente son tres, dos puntos ortogonales en la direcci n radial en cada caja de descanso y un punto en la medici n axial. 2 Las mediciones deben realizarse cuando el rotor y los descansos principales han alcanzado sus temperaturas estacionarias de trabajo y con la m quina funcionando bajo condiciones nominales o espec ficas (por ejemplo de velocidad, voltaje, flujo, presi n y carga). En m quinas con velocidad o carga variable, las velocidades deben realizarse bajo todas las condiciones a las que se espera que la m quina trabaje durante per odos prolongados de tiempo.
4 Los valores m ximos medidos, bajo estas condiciones, ser n considerados representativos de la vibraci n. Si la vibraci n es superior a lo que el criterio permite y se sospecha de excesiva vibraci n de fondo, las mediciones se deben realizar con la m quina detenida para determinar el grado de influencia de la vibraci n externa. Si con la m quina detenida excede el 25% de la vibraci n medida con la m quina operando, son necesarias acciones correctivas para reducir el efecto de la vibraci n de fondo. En algunos casos el efecto de la vibraci n de fondo se puede anular por an lisis espectral o eliminando las fuentes externas que provocan las vibraciones de fondo. La severidad de la vibraci n se clasifica conforme a los siguientes par metros: Tipo de m quina. Potencia o altura de eje.
5 Flexibilidad del soporte. Clasificaci n de acuerdo al tipo de m quina, potencia o altura de eje Las significativas diferencias en el dise o, tipos de descanso y estructuras soporte de la m quina, requieren una divisi n en grupos. Las m quinas de estos grupos pueden tener eje horizontal, vertical o inclinado y adem s pueden estar montados en soportes r gidos o flexibles. Grupo 1: M quinas rotatorias grandes con potencia superior 300 kW. M quinas el ctricas con altura de eje H >= 315 mm. Grupo 2: M quinas rotatorias medianas con potencia entre 15 y 300 kW. M quinas el ctricas con altura de eje 160 =< H =< 315 mm. Grupo 3: Bombas con impulsor de m ltiples labes y con motor separado (flujo centr fugo, axial o mixto) con potencia superior a 15 kW. Grupo 4: Bombas con impulsor de m ltiples labes y con motor integrado (flujo centr fugo, axial o mixto) con potencia superior a 15 kW.
6 3 NOTA: La altura del eje H de una m quina est definida como la distancia medida entre la l nea de centro del eje y el plano basal de la m quina misma. La altura del eje H de una m quina sin patas o de una m quina con pies levantados o cualquier m quina vertical, se debe tomar como la altura de eje H de una m quina horizontal en el mismo marco b sico. Cuando el soporte es desconocido, la mitad del di metro de m quina puede ser utilizada. Clasificaci n seg n la flexibilidad del soporte Si la primera frecuencia natural del sistema m quina-soporte en la direcci n de la medici n es mayor que su frecuencia principal de excitaci n (en la mayor a de los casos es la frecuencia de rotaci n) en al menos un 25%, entonces el sistema soporte puede ser considerado r gido en esa direcci n.
7 Todos los otros sistemas soportes pueden ser considerados flexibles. En algunos casos el sistema m quina-soporte puede ser considerado r gido en una direcci n de medici n y flexible en la otra direcci n. Por ejemplo, la primera frecuencia natural en la direcci n vertical puede estar sobre la frecuencia principal de excitaci n mientras que la frecuencia natural horizontal puede ser considerablemente menor. Tales sistemas ser an r gidos en el plano vertical y flexibles en el plano horizontal. En estos casos, la vibraci n debe ser evaluada de acuerdo a la clasificaci n del soporte que corresponda en la direcci n de la medici n. 4 Evaluaci n Zona A: Valores de vibraci n de m quinas reci n puestas en funcionamiento o reacondicionadas. Zona B: M quinas que pueden funcionar indefinidamente sin restricciones.
8 Zona C: La condici n de la m quina no es adecuada para una operaci n continua, sino solamente para un per odo de tiempo limitado. Se deber an llevar a cabo medidas correctivas en la siguiente parada programada. Zona D: Los valores de vibraci n son peligrosos, la m quina puede sufrir da os.