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1 MEDIOS de DEFENSA T cnica CONTRA la Acci n PenalLOS MEDIOS DE DEFENSA T CNICA CONTRA LA ACCI N en torno al Nuevo C digo Procesal Elmer Cancho Alarc n*SUMARIO1. Cuestiones Preliminares. 2. Cuesti n Previa. Concepto. Caracter sticas. Procedimiento. Efectos 3. Cuesti n Prejudicial. Concepto. Caracter sticas. Procedimiento. Efectos. Cuesti n Prejudicial en V a Extra-Penal. 4. Las Excepciones. Generalidades. Procedimiento. Excepci n de Naturaleza de Juicio. Excepci n de Improcedencia de Acci n. Excepci n de Cosa Juzgada. Excepci n de Amnist a. Excepci n de Prescripci n. todo proceso penal es imprescindible la existencia irrestricta de recursos que hagan posible el ejercicio del derecho a la DEFENSA , consagrado en la Constituci n y los Instrumentos Internacionales de los Derechos Humanos.
2 Estos recursos deben permitir efectuar una DEFENSA sobre el fondo de la imputaci n delictiva (autodefensa) como de la adecuada consecuci n del proceso ( DEFENSA t cnica), es decir, en este ltimo caso, adecuadas a sus requisitos formales y procedimentales1. En ese contexto, se incorpora los MEDIOS de DEFENSA t cnica, como remedios que permitir n llevar un proceso con todos los requisitos exigidos por l, subsan ndolos o simplemente elimin ndolos2. Pues, tal como lo afirma Manuel Catacora Gonz les3 el ejercicio de la acci n penal, como toda * Estudiante del ltimo Ciclo de la Facultad de Derecho y Ciencias Pol ticas de la Universidad Nacional San Crist bal de Huamanga.
3 Vicepresidente de la Asociaci n Acad mica Kausachkanikun. Particip como expositor en eventos de car cter Nacional e Vid. Arsenio Or Guardia, Manual de Derecho Procesal Penal, Edit. Alternativas, 1999. P gs. 286 y Vid. Pablo S nchez Velarde, Manual de Derecho Procesal Penal, Edit. IDEMSA, 2004. P g. 336. Qui n los clasifica en dos grupos, seg n obstaculicen la acci n penal (cuestion previa y prejudicial, y la excepci n de naturaleza de juicio) o las eliminen (excepciones de naturaleza de acci n, cosa juzgada, amnist a y prescripci n).3 Autor citado por Rodolfo Vega Bill n, Derecho Procesal Penal Explicado con Sencillez, Edit. Gaceta Jur dica, 2005. P g. 308. Cabe mencionar que este autor denomina a los MEDIOS de DEFENSA t cnica como Obst culos de la Acci n n Acad mica Kausachkanikun1 MEDIOS de DEFENSA T cnica CONTRA la Acci n Penalinstituci n jur dica, est sujeta a ciertas reglas, tanto para la iniciaci n como para su desarrollo durante el proceso.
4 Por lo tanto, existen requisitos que deben cumplirse para la iniciaci n, y su ausencia los convierte en obst culos. Algunos de estos obst culos son insalvables y tienen car cter absoluto, y otros que pueden superarse. Los primeros determinan la devoluci n de la denuncia y se declaran con car cter previo; los otros pueden proponerse en el curso del proceso ya esta l nea, Carlos Eduardo define a los MEDIOS de DEFENSA t cnica como el derecho de impugnar provisionalmente o definitivamente la constituci n o el desarrollo de la relaci n procesal, denunciando alg n obst culo o deficiencia que se base directamente en una norma de derecho y no incide sobre el hecho que constituye el objeto sustancial de aquella.
5 En el Nuevo C digo Procesal Penal estos MEDIOS de DEFENSA t cnica se interponen una vez que el Fiscal haya decidido continuar con la Investigaci n Preparatoria o al contestar la querella, trat ndose de delitos que requieran el ejercicio de acci n privada, los mismos que se resolver n antes de culminar la Etapa Intermedia (Art. del C digo Procesal Penal, en adelante CPP). Tal interposici n puede ser realizada por cualquiera de los sujetos procesales, incluso declarada de oficio por el Juez (Art. del CPP). n La cuesti n previa es aquel medio de DEFENSA t cnica que procede cuando se decide continuar con la Investigaci n Preparatoria omitiendo un requisito de procedibilidad expl citamente previsto en la ley (Art.)
6 Del CPP). Villagaray Hurtado5 lo define como el obst culo o medio defensivo del que hace uso el imputado 4 Autor citado por V ctor Cubas Villanueva, El Proceso Penal, Teor a y Pr ctica, Edit. Palestra, 2000, P g. Ra l Villagaray Hurtado, Cuestiones Prejudiciales y Previas en la Jurisprudencia Nacional, Tipograf a Sesator, 1981. P g. n Acad mica Kausachkanikun2 MEDIOS de DEFENSA T cnica CONTRA la Acci n Penalcuando se le inicia instrucci n (en el nuevo CPP cuando el Fiscal decide continuar con la Investigaci n Preparatoria) sin hallarse expedita la acci n penal, por faltar alg n elemento o requisito de procedibilidad previsto, en casos excepcionales, por el C digo Penal o por leyes especiales.
7 Y los requisitos de procedibilidad, siguiendo Giovanni Leone6, podemos definirla como todas aquellas causas que condicionan el ejercicio de la acci n penal y sin cuya presencia no es posible promoverla. Por lo tanto, seg n el maestro Manuel Catacora Gonz les7 la cuesti n previa desarrolla dos funciones: a) una anterior a la iniciaci n del proceso como requisito de procedibilidad; y, b) como medio de DEFENSA para impedir o anular lo antecedente legislativo de este medio de DEFENSA lo encontramos en el DL Nro. 21985, que lo incorpora al ordenamiento procesal penal, ya que el C digo de Procedimientos Penales (en adelante C de PP) no las reconoci en un principio; sin embargo, su aplicaci n fue anterior v a ejecutorias medio de DEFENSA procede en los siguientes casos: En delitos sometidos al ejercicio privado de la acci n penal, pues la denuncia del agraviado constituye un requisito para que el Ministerio P blico pueda promover la acci n penal, tal es el caso de las lesiones culposas leves, competencia desleal y delitos CONTRA el sistema crediticio, en este ltimo lo puede promover tambi n el INDECOPI.
8 En delitos de ejercicio mixto de la acci n penal, cuando se requiere una autorizaci n previa de la autoridad estatal, tal es el caso de los delitos Tributarios y cometidos por altos funcionarios; o, cuando la ley exige que una determinada autoridad emita pronunciamiento previo, en este caso tenemos los delitos CONTRA 6 Autor citado por V ctor Cubas Villanueva, Ob. Cit., P g. Autor citado por Rodolfo Vega Bill n, Ob. Cit., P g. n Acad mica Kausachkanikun3 MEDIOS de DEFENSA T cnica CONTRA la Acci n Penalla ecolog a o los recursos naturales y el medio ambiente, delitos financieros y los delitos CONTRA los derechos de autor y conexos, CONTRA la propiedad industrial y CONTRA el orden econ mico.
9 En delitos de ejercicio p blico de la acci n penal, tal es el caso del delito de omisi n a la asistencia familiar (se exige la resoluci n judicial que establece la obligaci n, junto a la notificaci n debida bajo apercibimiento de ser denunciado), delito de quiebra fraudulenta (se exige la declaraci n de quiebra o estado de liquidaci n) y el delito de libramiento indebido (se exige que el agente sea informado de la falta de pago mediante protesto u otra forma documentada de requerimiento). Entre las principales tenemos: Es una instituci n eminentemente procesal, porque se interpone dentro de ella, advirtiendo la falta de un requisito de procedibilidad.
10 Se encuentran se aladas expresamente por ley. Son independientes del hecho mismo y no tienen que ver con la tipicidad, por lo tanto no se les puede confundir con los elementos constitutivos del delito. Tienden a impedir la iniciaci n y prosecuci n de una causa nula. Su decisi n corresponde al Juez Penal, de oficio o a petici n de : Este medio de DEFENSA se plantea una vez que el Fiscal haya decidido continuar con la Investigaci n Preparatoria o al contestar la Querella y se resolver n necesariamente antes de culminar la Etapa Intermedia (Art. del CPP), tambi n puede deducirse en esta Etapa, en la oportunidad fijada por la Ley (Art.)