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LEY DE RESPONSABILIDAD SOCIAL EN RADIO, …

LEY DE RESPONSABILIDAD SOCIAL EN RADIO, TELEVISI N Y MEDIOS ELECTR NICOS Cap tulo Disposiciones Generales Art culo 1 Objeto y mbito de aplicaci n 01 Art culo 2 Inter s, Orden P blico y Principios de Aplicaci n e Interpretaci n ..01 Art culo 3 Objetivos Generales .02 Art culo 4 Idioma, Lengua, Identificaci n, Intensidad de Audio e Himno Nacional ..03 Art culo 5 Tipos de Programas 04 Art culo 6 Elementos clasificados ..05 Cap tulo II De la Difusi n de Mensajes Art culo 7 Tipos, bloques de horarios y restricciones por horario 07 Art culo 8 Tiempos para Publicidad, Propaganda y Promociones 08 Art culo 9 Restricciones a la Publicidad y Propaganda.

la asamblea nacional de la repÚblica bolivariana de venezuela decreta la siguiente, ley de responsabilidad social en radio, televisiÓn y medios

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1 LEY DE RESPONSABILIDAD SOCIAL EN RADIO, TELEVISI N Y MEDIOS ELECTR NICOS Cap tulo Disposiciones Generales Art culo 1 Objeto y mbito de aplicaci n 01 Art culo 2 Inter s, Orden P blico y Principios de Aplicaci n e Interpretaci n ..01 Art culo 3 Objetivos Generales .02 Art culo 4 Idioma, Lengua, Identificaci n, Intensidad de Audio e Himno Nacional ..03 Art culo 5 Tipos de Programas 04 Art culo 6 Elementos clasificados ..05 Cap tulo II De la Difusi n de Mensajes Art culo 7 Tipos, bloques de horarios y restricciones por horario 07 Art culo 8 Tiempos para Publicidad, Propaganda y Promociones 08 Art culo 9 Restricciones a la Publicidad y Propaganda.

2 09 Art culo 10 Modalidades de Acceso del Estado a Espacios Gratuitos y Obligatorios ..10 Cap tulo III De los Servicios de Radio y Televisi n por Suscripci n y de la Aplicabilidad y el Acceso a Canales de Se al Abierta y Bloqueo de Se ales Art culo 11 Acceso y Bloqueo de Se ales ..11 id2778421 pdfMachine by Broadgun Software - a great PDF writer! - a great PDF creator! - Cap tulo IV De la Democratizaci n y Participaci n Art culo 12 Organizaci n y Participaci n Ciudadana ..12 Art culo 13 Producci n Nacional, Productores Nacionales Independientes 14 Art culo 14 Democratizaci n en los Servicios de Radio y Televisi n .16 Art culo 15 Comisi n de programaci n y asignaci n de producci n nacional independiente 17 Art culo 16 Democratizaci n en los Servicios de Radio y Televisi n Comunitarios de Servicio P blico, sin Fines de Lucro 18 Art culo 17 Democratizaci n en los Servicios de Difusi n por Suscripci n.

3 19 Art culo 18 Garant a para la Selecci n y Recepci n Responsable de los Programas .19 Cap tulo V rganos con Competencia en Materia de RESPONSABILIDAD SOCIAL en Radio, Televisi n y Medios Electr nicos Art culo 19 Competencias de la Comisi n Nacional de Telecomunicaciones 21 Art culo 20 Directorio de RESPONSABILIDAD SOCIAL ..22 Art culo 21 Incompatibilidades ..23 Art culo 22 Informaci n Disponible 23 Cap tulo VI Del Fondo de RESPONSABILIDAD SOCIAL y de las Tasas Art culo 23 Del Fondo de RESPONSABILIDAD SOCIAL .24 Art culo 24 Contribuci n parafiscal ..24 Art culo 25 Temporalidad de la Obligaci n Tributaria y de la Relaci n Jur dico-Tributaria .. 25 Art culo 26 Tasas.

4 25 Art culo 27 Prohibiciones ..26 Cap tulo VII Del Procedimiento Administrativo Sancionatorio Art culo 28 Sanciones .27 Art culo 29 Suspensi n y revocatoria 33 Art culo 30 Prescripci n 34 Art culo 31 Inicio del Procedimiento y Lapso para la Defensa y Notificaciones ..34 Art culo 32 Pruebas 35 Art culo 33 Medidas cautelares ..36 Art culo 34 Determinaci n y Excepci n de Sanciones .36 Art culo 35 Decisi n 37 Disposiciones Transitorias .37 Disposiciones Finales ..40 LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REP BLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DECRETA la siguiente, LEY DE RESPONSABILIDAD SOCIAL EN RADIO, TELEVISI N Y MEDIOS ELECTR NICOS Cap tulo Disposiciones Generales Art culo 1 Objeto y mbito de aplicaci n Esta Ley tiene por objeto establecer, en la difusi n y recepci n de mensajes, la RESPONSABILIDAD SOCIAL de los prestadores de los servicios de radio y televisi n, proveedores de medios electr nicos, los anunciantes, los productores y productoras nacionales independientes y los usuarios y usuarias, para fomentar el equilibrio democr tico entre sus deberes, derechos e intereses a los fines de promover la justicia SOCIAL y de contribuir con la formaci n de la ciudadan a, la democracia, la paz, los derechos humanos, la cultura, la educaci n.

5 La salud y el desarrollo SOCIAL y econ mico de la Naci n, de conformidad con las normas y principios constitucionales de la legislaci n para la protecci n integral de los ni os, ni as y adolescentes, la cultura, la educaci n, la seguridad SOCIAL , la libre competencia y la Ley Org nica de Telecomunicaciones. Las disposiciones de la presente Ley, se aplican a todo texto, imagen o sonido cuya difusi n y recepci n tengan lugar dentro del territorio de la Rep blica, y sea realizada a trav s de: 1. Servicios de radio: radiodifusi n sonora en amplitud modulada (AM); radiodifusi n sonora en frecuencia modulada (FM); radiodifusi n sonora por onda corta; radiodifusi n sonora comunitaria de servicio p blico, sin fines de lucro; y servicios de producci n nacional audio, difundidos a trav s de un servicio de difusi n por suscripci n.

6 2. Servicios de televisi n: televisi n UHF; televisi n VHF; televisi n comunitaria de servicio p blico, sin fines de lucro; y servicios de producci n nacional audiovisual, difundidos a trav s de un servicio de difusi n por suscripci n. 3. Servicios de difusi n por suscripci n. 4. Medios electr nicos. Quedan sujetos a esta Ley todas las modalidades de servicios de difusi n audiovisual, sonoro y electr nico que surjan como consecuencia del desarrollo de las telecomunicaciones a trav s de los instrumentos jur dicos que se estimen pertinentes. Art culo 2 Inter s, Orden P blico y Principios de Aplicaci n e Interpretaci n id274036765 pdfMachine by Broadgun Software - a great PDF writer! - a great PDF creator! - El espectro radioel ctrico es un bien de dominio p blico; la materia regulada en esta Ley es de inter s p blico y sus disposiciones son de orden p blico.

7 La interpretaci n y aplicaci n de esta Ley estar sujeta, sin perjuicio de los dem s principios constitucionales a los siguientes principios: libre expresi n de ideas, opiniones y pensamientos; comunicaci n libre y plural; prohibici n de censura previa; RESPONSABILIDAD ulterior; democratizaci n; participaci n; solidaridad y RESPONSABILIDAD SOCIAL ; soberan a; seguridad de la Naci n y libre competencia. En la relaci n jur dica de los prestadores de servicios de radio y televisi n y de difusi n por suscripci n, con los usuarios y usuarias: 1. Cuando dos o m s disposiciones o leyes regulen una misma situaci n relacionada con la materia objeto de esta Ley, se aplicar aqu lla que m s favorezca a los usuarios y usuarias. 2. Cuando sobre una misma norma, referida a la materia objeto de esta Ley, surjan dos o m s interpretaciones, se acoger la interpretaci n que m s favorezca a los usuarios y usuarias de los servicios de radio y televisi n.

8 En todo caso en la interpretaci n y aplicaci n de la presente Ley, se atender preferentemente a su car cter de orden p blico. Art culo 3 Objetivos Generales Los objetivos generales de esta Ley son: 1. Garantizar que las familias y las personas en general cuenten con los mecanismos jur dicos que les permitan desarrollar en forma adecuada el rol y la RESPONSABILIDAD SOCIAL que les corresponde como usuarios y usuarias, en colaboraci n con los prestadores de servicios de divulgaci n y con el Estado. 2. Garantizar el respeto a la libertad de expresi n e informaci n, sin censura, dentro de los l mites propios de un Estado democr tico y SOCIAL de Derecho y de Justicia y con las responsabilidades que acarrea el ejercicio de dicha libertad, conforme con la Constituci n de la Rep blica, los tratados internacionales ratificados por la Rep blica Bolivariana de Venezuela en materia de derechos humanos y la ley.

9 3. Promover el efectivo ejercicio y respeto de los derechos humanos, en particular, los que conciernen a la protecci n del honor, vida privada, intimidad, propia imagen, confidencialidad y reputaci n y al acceso a una informaci n oportuna, veraz e imparcial, sin censura. 4. Procurar la difusi n de informaci n y materiales dirigidos a los ni os, ni as y adolescentes que sean de inter s SOCIAL y cultural, encaminados al desarrollo progresivo y pleno de su personalidad, aptitudes y capacidad mental y f sica, el respeto a los derechos humanos, a sus padres, a su identidad cultural, a la de las civilizaciones distintas a las suyas, a asumir una vida responsable en libertad, y a formar de manera adecuada conciencia de comprensi n humana y SOCIAL , paz, tolerancia, igualdad de los sexos y amistad entre los pueblos, grupos tnicos, y personas de origen ind gena y, en general, que contribuyan a la formaci n de la conciencia SOCIAL de los ni os, ni as, adolescentes y sus familias.

10 5. Promover la difusi n de producciones nacionales y producciones nacionales independientes y fomentar el desarrollo de la industria audiovisual nacional. 6. Promover el equilibrio entre los deberes, derechos e intereses de las personas, de los prestadores de servicios de divulgaci n y sus relacionados. 7. Procurar la difusi n de los valores de la cultura venezolana en todos sus mbitos y expresiones. 8. Procurar las facilidades para que las personas con discapacidad auditiva puedan disfrutar en mayor grado de la difusi n de mensajes. 9. Promover la participaci n activa y protag nica de la ciudadan a para hacer valer sus derechos y contribuir al logro de los objetivos consagrados en la presente Ley. Art culo 4 Idioma, Lengua, Identificaci n, Intensidad de Audio e Himno Nacional Los mensajes que se difundan a trav s de los servicios de radio y televisi n, ser n en idioma castellano, salvo: 1.


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