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Apuntes de derecho del trabajo o derecho laboral

_____ 11. FUENTES DEL derecho DEL TRABAJOCONTENIDO laboral DE LA CE: 1. Promoci n de un Estado social y democr tico de derecho (Art. CE) con valores superiores de Igualdad, Libertad y La naci n espa ola es indivisible (Unidad de la Naci n espa ola), aunque se reconoce las auto-nom a de las nacionalidades y regiones (Art. 2 CE). 3. Los Sindicatos de trabajadores y Asociaciones empresariales son organizaciones de relevancia constitucional y Defensores de sectores econ mico y sociales. Es de libre creaci n y su estructura interna y funcionamiento deber n ser democr ticos (Art culo 7 CE).

2 _____ 3 ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL (OIT): ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL (OIT): CONVENIO COLECTIVO: • Fuente propia por antonomasia del Derecho del Trabajo. • El Derecho a la Negociación Colectiva es un principio rector político social en la CE (Art. 37.1 CE).

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1 _____ 11. FUENTES DEL derecho DEL TRABAJOCONTENIDO laboral DE LA CE: 1. Promoci n de un Estado social y democr tico de derecho (Art. CE) con valores superiores de Igualdad, Libertad y La naci n espa ola es indivisible (Unidad de la Naci n espa ola), aunque se reconoce las auto-nom a de las nacionalidades y regiones (Art. 2 CE). 3. Los Sindicatos de trabajadores y Asociaciones empresariales son organizaciones de relevancia constitucional y Defensores de sectores econ mico y sociales. Es de libre creaci n y su estructura interna y funcionamiento deber n ser democr ticos (Art culo 7 CE).

2 Son instrumentos de representaci n Plural e instrumentos indispensables para la defensa y promoci n econ mico social. 4. El Estado y los Poderes P blicos deben promover la igualdad real, formal y efectiva ( CE y 14 CE): removiendo obst culos, facilitando la participaci n de todos los ciudadanos sin ning n tipo de dis-criminaci n en todos los mbitos: laboral , social, econ mico, pol tico, etc. (p. e. en el derecho a huelga, en la igualdad de hombres y mujeres (LO 3/3007), etc.). Es extensible al acceso a los cargos p blicos ( CE).5. Fomentar la Paz Social y el respeto de los derechos fundamentales y humanos (Tratados Inter-nacionales) y su relaci n con la dignidad humana (10 CE).

3 6. derecho de los extranjeros (11 y 13 CE): gozan de ciertas libertades p blicas que garantiza el t tulo 1. Toda persona tiene dignidad humana (10 CE), hay que respetar sus valores y su integridad f sica y moral, derecho a la vida y a la expresi n ideol gica. Se debe diferenciar entre extranjeros y extranjeros de la UE. Algunos derechos son exclusivos para los extranjeros comunitarios (p. e. derechos electorales). Habr derechos que depender n de los t rminos que establezcan los Tratados Internacionales y leyes. En materia de acceso al trabajo NO resulta constitucionalmente exigible la igualdad de trato entre los espa oles y los extranjeros (producida la contrataci n si igualdad).

4 ESTADO vs COMUNIDADES AUT NOMAS: Estado tiene competencia exclusiva sobre la legislaci n laboral (Art. 149 CE), es decir, se refriere al trabajo por cuenta y dependencia ajena (seg n TC). CCAA tiene la facultad de EJECUCI N (dictar reglamentos internos de organizaci n de los servi-cios). Aunque como indica la cl usula residual toda competencia del Estado que no haga uso de ella, pueden reclamarse para las CCAA (actualmente a trav s de sus Estatutos de Autonom a). Pir mide donde se refleja el Principio de Jerarqu a Normativa en el derecho del trabajo : Supremac a de la CE: es la norma superior de nuestro Ordenamiento Jur dico.

5 Todas las restantes est n subor-dinadas a ella y deben respetar sus valores y principios. Rigidez de la Constituci n Espa ola: Para alterarla y modificarla se debe respetar los procedimientos ordinario y agravado. El TC es el guardi n de la CE (recurso de inconstitucionalidad y cuesti n de incons-titucionalidad). El principio de Supremac a de la UE no es incompatible con el de la CE. sta es la norma suprema y los conflictos entre ellas se deben solucionar por el principio de competencia. Todos los poderes p blicos, instituciones, jueces y magistrados y ciudadanos est n sujetos al Ordenamiento Jur dico (No jurisdicciones especiales, 26 CE).

6 Jueces y Magistrados deben dictar sentencia conforme a la norma, sin contradecir a la CE. Si exis-te algo que contradice a la Norma o CE se debe recurrir al TC (cuesti n de inconstitucionalidad). Principio de Reserva de Ley: los derechos fundamentales y libertades p blicas han de regularse y desarrollarse por leyes org nicas. Y, de otro, que los dem s derechos y libertades reconocidos en el cap tulo II del t tulo I de la CE han regularse por ley ordinaria. Adicionalmente, la CE establece que la ley regular un estatuto de los trabajadores.

7 Art culo PARA TODO ESTE DOCUMENTO*: Idea principal del tema. Aspectos concretos sobre un concretos sobre otro tema diferente.*Este material puede ser usado para preparar derecho del trabajo (UNED). Es recomenda-ble leer previamente 1 vez el libro. _____ 2 derecho DEL trabajo EN LA UE: derecho SOCIAL DE LA UE: Igualdad de pleno derecho entre hombres y mujeres en mbito laboral y cohesi n social. Libre circulaci n de trabajadores. Abolici n de toda discriminaci n por raz n de la nacionalidad a todos los ciudadanos de la UE y con alcance en el acceso al empleo, en la retribuci n y en las dem s condiciones de trabajo .

8 Pol tica para favorecer la Seguridad Social y prestaciones sociales (cobertura sanitaria) a los trabajadores extranjeros de la UE. POL TICA SOCIAL DE LA UE (Carta Social Europea de 1961 / Carta comunitaria de los derechos sociales fundamentales de los trabajadores de 1989): Fomentar del empleo. Mejorar condiciones de vida. Protecci n social. Empleo duradero y estable (di logo social y recursos humanos). Existencia de interlocutores de la UE, aunque respetan la autonom a de cada naci n y nego-cian con las mismas. DIRECTIVAS: la Uni n Europea completa y apoya la acci n de los Estados miembros especialmente a trav s de Directivas, actuando sobre los siguientes mbitos: Mejorar el entorno de trabajo , para proteger la salud y la seguridad de los trabajadores.

9 Mejorar las condiciones de trabajo y la seguridad social. Proteger a los trabajadores en caso de rescisi n del contrato laboral . Informar y representar a los trabajadores (defensa colectiva). Negociar las condiciones de empleo de los nacionales de terceros pa ses que residan legal-mente en el territorio de la Uni n. Integrar personas excluidas del mercado laboral . Fomentar la igualdad real entre hombres y mujeres en el mercado laboral y al trato en el trabajo . Luchar contra la exclusi n social. Modernizar los sistemas de protecci n social.

10 QUEDAN EXCLU DAS: Las remuneraciones, el derecho de asociaci n y sindicaci n, el derecho de huelga y el derecho de cierre patronal son mbitos en los que la Uni n Europea no apoya ni completa las acciones de los Estados miembros. Fomenta la coordinaci n para todos estos temas, as como accidentes de trabajo , enfermeda-des profesionales e higiene del Y DIRECTIVAS YA APLICADAS: En materia de igualdad / Sobre libre circulaci n de tra-bajadores / Acuerdos colectivos con permiso paternal / Seguridad y Salud del trabajo / Tiempo / desplazamientos / a del derecho de la UE (no incompatible con la primac a de la CE): Eficacia directa (efectos desde su entrada en vigor) sobre Ordenamiento Jur dico de cada Naci n de la UE.


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