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JUNTA DE ANDALUCÍA - CONVENET: convenios colectivos por ...

Procesado P gina por 2 BOLET N OFICIAL DE LA PROVINCIA DE M LAGA 27 de noviembre de 2013 N mero 227#. JUNTA DE ANDALUC A 4. Tambi n estar n sometidas a lo dispuesto en el Libro II del V. CONSEJER A DE ECONOM A, INNOVACI N, CIENCIA Y EMPLEO Convenio Colectivo General del Sector de la Construcci n 2012-2016. en relaci n con las disposiciones m nimas de seguridad y salud aplica- DELEGACI N TERRITORIAL DE M LAGA. bles en las obras de construcci n y en canteras areneras, graveras y la SERVICIO DE ADMINISTRACI N LABORAL. explotaci n de tierras industriales, todas aquellas empresas que ejecu- ten trabajos en los centros de trabajo considerados como obras.

Número 227 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA — 27 de noviembre de 2013 Página 3# diese tal supuesto, las partes signatarias de este Convenio se compro-

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1 Procesado P gina por 2 BOLET N OFICIAL DE LA PROVINCIA DE M LAGA 27 de noviembre de 2013 N mero 227#. JUNTA DE ANDALUC A 4. Tambi n estar n sometidas a lo dispuesto en el Libro II del V. CONSEJER A DE ECONOM A, INNOVACI N, CIENCIA Y EMPLEO Convenio Colectivo General del Sector de la Construcci n 2012-2016. en relaci n con las disposiciones m nimas de seguridad y salud aplica- DELEGACI N TERRITORIAL DE M LAGA. bles en las obras de construcci n y en canteras areneras, graveras y la SERVICIO DE ADMINISTRACI N LABORAL. explotaci n de tierras industriales, todas aquellas empresas que ejecu- ten trabajos en los centros de trabajo considerados como obras.

2 Convenio o acuerdo: Construcci n, Obras P blicas y Oficios Art culo 2. mbito personal Auxiliares. 1. La normativa de este convenio ser de obligada y general obser- Expediente: 29/01/0176/2013. vancia para todas las empresas, entidades p blicas y trabajadores de Fecha: 27 de septiembre de 2013. las actividades enumeradas en el art culo anterior. Asunto: Resoluci n de inscripci n y publicaci n. 2. Se excluye del mbito del presente Convenio el personal direc- C digo: 29000095011982. tivo de las empresas sometidas al mismo y que se corresponden con el Visto el texto del expediente Regcon 29/01/0176/2013, presentado Nivel I conforme lo dispuesto en la Disposici n Transitoria Segunda con fecha 26/07/2013, en relaci n al convenio para las Industrias de la de este Convenio.

3 Este personal es de libre designaci n por la empre- Construcci n, Obras P blicas y Oficios Auxiliares de M laga y su Pro- sa. Su relaci n laboral se regir por su contrato de trabajo y, en su vincia para los a os 2012-2016, de conformidad con lo dispuesto en el caso, por la normativa especial que le resulte de aplicaci n. art culo del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo Si un cargo directivo no ha sido contratado como tal, sino que 1/95, de 24 de marzo) y el art culo del Real Decreto 713/2010 de 28 accede a dicho cargo por promoci n interna en la empresa, solamente de mayo (BOE n mero 143 de 12 de junio de 2010) esta Delegaci n estar excluido de la aplicaci n de este Convenio mientras desempe e Territorial de Econom a, Innovaci n, Ciencia y Empleo, acuerda: dicho cargo y para las condiciones que deriven exclusivamente del 1.

4 Ordenar su inscripci n en el Registro de convenios de este mismo. Organismo, con notificaci n a la Comisi n Negociadora, quien queda advertida de la prevalencia de la legislaci n general Art culo 3. mbito territorial sobre aquellas cl usulas que pudieran se alar condiciones infe- Este Convenio es de mbito provincial, por lo que comprender a riores o contrarias a ellas. todas las empresas que desarrollen cualquiera de las actividades que se 2. Disponer su publicaci n en el Bolet n Oficial de la Provincia. relacionan y detallan, con car cter enunciativo y no exhaustivo, en el La Delegada Territorial de la Consejer a de Econom a, Innova- anexo I de V Convenio Colectivo General del Sector de la Construc- ci n, Ciencia y Empleo, Marta Rueda Barrera.

5 Ci n 2012-2016, siempre que el centro de trabajo se halle ubicado en M laga o cualquiera otra localidad de su provincia. CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA LAS INDUSTRIAS DE LA. CONSTRUCCI N, OBRAS P BLICAS Y OFICIOS AUXILIARES DE Art culo 4. mbito material M LAGA Y SU PROVINCIA PARA LOS A OS 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016 1. En cuanto a la regulaci n de las condiciones generales de traba- CAP TULO PRELIMINAR. jo, se estar a lo dispuesto en el V Convenio Colectivo General del Sector de la Construcci n 2012-2016. Partes signatarias 2. En materia de inaplicaci n de la condiciones de trabajo se estar.

6 A los dispuesto en el Cap tulo III del Titulo Preliminar, art culos 14 al Suscriben el presente convenio, por parte social, las Centrales Sin- 17, del V Convenio Colectivo General del Sector de la Construcci n dicales de Comisiones Obreras (CCOO-FECOMA-M LAGA) y 2012-2016. Uni n General de Trabajadores (UGT-MCA-M LAGA), y por parte empresarial, la Asociaci n Provincial de Constructores y Promotores Art culo 5. mbito temporal de M laga ( ). Sin perjuicio de su entrada en vigor cuando sea publicado en el Ambas partes, de conformidad con lo establecido en el art culo 87 Bolet n Oficial de la Provincia, el presente convenio tendr una dura- del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real ci n de cinco a os, extendi ndose su vigencia desde el 1 enero de Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo), se reconocen como 2012 hasta el 31 de diciembre de 2016.

7 Interlocutores v lidos al objeto de la legitimaci n para la negociaci n y firma del presente Convenio. Art culo 6. Pr rroga El presente Convenio se entender denunciado autom ticamente, CAP TULO I al t rmino de su vigencia sin necesidad de denuncia previa, salvo que las partes firmantes y previamente al fin de su vigencia, acuerden la Condiciones generales pr rroga del mismo. Al t rmino de la vigencia temporal del presente Convenio, y en Art culo 1. mbito funcional tanto no se sustituya por otro nuevo, quedar vigente el contenido nor- 1. El presente convenio ser de obligado cumplimiento en todas mativo del mismo.

8 Las actividades propias del sector de la construcci n que se enumeran en el art culo 3 del V Convenio General del Sector de la Construcci n. Art culo 7. Condiciones m s beneficiosas 2. Las actividades que integran el campo de aplicaci n de este Se respetar n las condiciones m s beneficiosas que los trabajado- Convenio son las que se relacionan y detallan, con car cter enunciati- res tengan reconocidas a t tulo personal por las empresas al entrar en vo y no exhaustivo, en el anexo I del indicado V Convenio General vigor este Convenio, siempre y cuando fuesen m s favorables, consi- del Sector de la Construcci n 2012-2016.

9 Deradas en su conjunto y en c mputo anual, respecto a los conceptos 3. Asimismo, quedan integradas en el campo de aplicaci n del cuantificables. presente Convenio, las empresas y los centros de trabajo que, sin estar incluidas expresamente en el anexo I del V Convenio Colectivo Gene- Art culo 8. Vinculaci n a la totalidad ral del Sector de la Construcci n 2012-2016, tengan como actividad Siendo las condiciones pactadas un todo org nico e indivisible, el principal las propias del sector de la construcci n, de acuerdo con el presente Convenio ser nulo y quedar sin efecto en el supuesto de que la principio de unidad de empresa.

10 Jurisdicci n competente anulase o invalidase alguno de sus pactos. Si se N mero 227 BOLET N OFICIAL DE LA PROVINCIA DE M LAGA 27 de noviembre de 2013 Procesado por P gina 3#. diese tal supuesto, las partes signatarias de este Convenio se compro- Art culo 14. Vigilancia y control de salud meten a reunirse dentro de los diez d as h biles siguientes al de la fir- Sin perjuicio de cuantas obligaciones y criterios se establecen, en meza de la resoluci n correspondiente con el objeto de resolver el pro- cuanto a la vigilancia de la salud, en el art culo 22 de la Ley 31/1995, blema planteado.


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