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BILBROA SALA DE LO DE JUSTICIADEL PA S VASCOS ecci n 3"Proced: ORDINARIO 897/201 2 TSABEL APALATEGUI ARRESE, Procuradora de los Tribunales y del ILUSTRE COLEGIO DEABOGADOS DEL SE OR O DE B ZKAIA, representaci n que consta acreditada en autos dereferencia, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Pa sVasco comparezco y, como mejor en derecho proceda, DIGO:eue por Diligencia de Ordenaci n de fecha 29 de enero de 2013, notificada en fecha de 4 de febrero,se ha reanudado el c mputo del plazo para formalizar demanda, dando a esta parte traslado por elplazo restante de diez d as, con entrega del expediente administrativo. En su virtud, por medio delpresente escrito cumplimenta esta parte el tr mite de FORMALIZACI N DE DEMANDA, en s plicade lo que se precisar , y con base en los DISPOSICI N OBJETO DE el presente Recurso Contencioso-Administrativo, es objeto de impugnaci n la siguiente disposici ngeneral de la Administraci n General de la Comunidad Aut noma del Pa s Vasco: decreto 11}t2}12,de l9 de junio, de Asistencia Jur dica Gratuita, publicado en el

PRIMERO.-Como hemos dicho, en el Boletín Oficial del País Vasco de fecha 6 de julio de 2012 se publicó el Decreto 110/2012, de 19 de junio, de Asistencia Jurídica Gratuita.

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1 BILBROA SALA DE LO DE JUSTICIADEL PA S VASCOS ecci n 3"Proced: ORDINARIO 897/201 2 TSABEL APALATEGUI ARRESE, Procuradora de los Tribunales y del ILUSTRE COLEGIO DEABOGADOS DEL SE OR O DE B ZKAIA, representaci n que consta acreditada en autos dereferencia, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Pa sVasco comparezco y, como mejor en derecho proceda, DIGO:eue por Diligencia de Ordenaci n de fecha 29 de enero de 2013, notificada en fecha de 4 de febrero,se ha reanudado el c mputo del plazo para formalizar demanda, dando a esta parte traslado por elplazo restante de diez d as, con entrega del expediente administrativo. En su virtud, por medio delpresente escrito cumplimenta esta parte el tr mite de FORMALIZACI N DE DEMANDA, en s plicade lo que se precisar , y con base en los DISPOSICI N OBJETO DE el presente Recurso Contencioso-Administrativo, es objeto de impugnaci n la siguiente disposici ngeneral de la Administraci n General de la Comunidad Aut noma del Pa s Vasco: decreto 11}t2}12,de l9 de junio, de Asistencia Jur dica Gratuita, publicado en el Bolet nOficial del Pa s Vasco de fecha 6 de julio de |JiIAI UPTRIOR DE JlJSIIfiA I)E CA.

2 DTt PAh \ ASC(IADMINISTRMIOAREKIKO AUZIFTARAKO SAI SALA CONTENCIOSO ADM INISTRATIVO1 I FEB 2013 ARRERA-ENTRADAORDUA:HORA:S- fS pV Sec. 3 - Ordinario 897/2012 - COLEGIO ABOGADOS BIZKAIA - Formalizaci n DemandaA LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVODEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIADEL PA S VASCOS ecci n 3 Proced: ORDINARIO 897/2012 ISABEL APALATEGUI ARRESE, Procuradora de los Tribunales y del ILUSTRE COLEGIO DEABOGADOS DEL SE OR O DE BIZKAIA, representaci n que consta acreditada en autos dereferencia, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Pa sVasco comparezco y, como mejor en derecho proceda, DIGO:Que por Diligencia de Ordenaci n de fecha 29 de enero de 2013, notificada en fecha de 4 de febrero,se ha reanudado el c mputo del plazo para formalizar demanda, dando a esta parte traslado por elplazo restante de diez d as, con entrega del expediente administrativo.)

3 En su virtud, por medio delpresente escrito cumplimenta esta parte el tr mite de FORMALIZACI N DE DEMANDA, en s plicade lo que se precisar , y con base en los DISPOSICI N OBJETO DE el presente Recurso Contencioso-Administrativo, es objeto de impugnaci n la siguiente disposici ngeneral de la Administraci n General de la Comunidad Aut noma del Pa s Vasco: decreto 110/2012, de 19 de junio, de Asistencia Jur dica Gratuita, publicado en el Bolet nOficial del Pa s Vasco de fecha 6 de julio de TSJPV Sec. 3 Ordinario 897/2012 COLEGIO ABOGADOS BIZKAIA Formalizaci n Como hemos dicho, en el Bolet n Oficial del Pa s Vasco de fecha 6 de julio de 2012 sepublic el decreto 110/2012, de 19 de junio, de Asistencia Jur dica dicho decreto , el Ilustre Colegio de Abogados del Se or o de Bizkaia interpuso recursocontencioso-administrativo con fecha 4 de octubre de 2012, que fue admitido por decreto de 16 hechos que a continuaci n se exponen, se hallan contenidos en el expediente administrativo (enadelante, expediente administrativo)

4 Remitido a la Sala por la Directora de Justicia del Departamento deJusticia y Administraci n P blica del Gobierno Vasco, el 14 de noviembre de El Documento n 1 del expediente administrativo se corresponde, seg n la relaci n dedocumentos remitida por la Direcci n de Justicia, con la Orden de Inicio del procedimiento deelaboraci n .El documento en cuesti n consta de un folio a doble cara en el que no aparece la fecha ni la firma de laConsejera de Justicia y Administraci n P blica. El membrete, corresponde a un departamentoinexistente: Departamento de Hacienda y Administraci n P blica . El Documento n 2, nuevamente sin fecha ni firma, viene a ser la orden de aprobaci n delproyecto de elaboraci n del ala el documento que la orden de inicio se acord el 16 de febrero de Comisi n Jur dica Asesora en su dictamen afirma que la orden de aprobaci n es de 11 de marzo de2011, sin que justifique de d nde se obtiene esta la orden de iniciaci n y la orden de aprobaci n no existe ning n Documento n 3 se denomina en la relaci n de documentos , Texto del nuevo decreto .

5 SCA TSJPV Sec. 3 Ordinario 897/2012 COLEGIO ABOGADOS BIZKAIA Formalizaci n El Documento n 4 es el Informe del servicio Jur dico del Departamento de Justicia yAdministraci n P blica , en el que se dice: La documentaci n que se acompa a para realizar el informe consta de la orden de laConsejera de Justicia y Administraci n P blica que dispone el inicio del procedimiento deelaboraci n del nuevo decreto de Asistencia Jur dica Gratuita y el borrador del proyecto de lanueva norma . (Folio 47 del expediente administrativo).Este informe jur dico tiene pues, por todo antecedente, la orden de inicio y el borrador de proyecto embargo, el informe indica (Folio 60 expediente administrativo): En la tramitaci n del expediente se han seguido las directrices contenidas en la Ley 8/2003,de 22 de diciembre, del Procedimiento de Elaboraci n de las disposiciones de car ctergeneral.

6 Y como conclusi n se afirma que: Del examen del proyecto se puede concluir que a pesar de las precisiones realizadas almismo, no se dan vicios en su redacci n y fondo que hagan que el proyecto pueda incurrir envicios de nulidad . Los Documentos n os 5 a 13 , ambos inclusive, comprenden los informes y alegacionespresentados por quienes fueron sido llamados a cumplimentar el tr El Documento n 14 se denomina Informe de respuesta frente a escritos de alegaciones alproyecto de decreto de Asistencia Jur dica Gratuita .En relaci n a este informe de respuesta a las alegaciones cabe El informe carece de fecha, firma y membrete sin que pueda acreditarse su autor, el momento enSCA TSJPV Sec.

7 3 Ordinario 897/2012 COLEGIO ABOGADOS BIZKAIA Formalizaci n Demanda3que fue emitido o si se trata de un documento elaborado por asesores externos al departamento quese incorpora al expediente sin ser asumido ni validado formalmente por el En la respuesta a las alegaciones del Consejo Vasco de la Abogac a existe un punto denominado Previo en el que se hace referencia a primeros borradores, a negociaciones, a reuniones, alintercambio de textos y redacciones alternativas que no est n recogidas en el Por otra parte, se afirma en el Folio 239 del expediente administrativo que: La reforma pretendida tambi n tiene un contenido econ mico, contenido que no solo no seoculta en el texto del decreto sino que debe ser puesto de relieve por la obligaci n de lasadministraciones p blicas y de los colectivos e instituciones que perciben fondos p blicos dedar a estos el destino correcto del modo m s eficaz y eficiente posible.

8 Contenido econ mico que, como insistiremos, se desconoce al omitir la preceptiva memoriaecon mica En el Folio 242 del expediente administrativo se hace referencia a que el art culo 40 del proyectorecoge lo que denomina Compensaci n por asuntos fallidos y a este respecto en la respuesta a lasalegaciones al Consejo Vasco de la Abogac a de dice que el departamento de Justicia, Abonar dentro del primer trimestre natural a los Colegios de Abogados una cantidad m nimadel 2% del importe satisfecho en la anualidad anterior en concepto de turno de oficio, para queestos distribuyan entre sus colegiados las cantidades que estimen oportunas y que no hanpodido obtener por los cauces generalmente admitidos. M s adelante despu s de cuantificar el alcance de este 2% se indica: En la actualidad las Comisiones tramitan menos de trescientos expedientes fallidos bajo ladenominaci n Facilitar cobro.

9 Por otro lado, la f rmula permite que los propios colegiosdecidan c mo y cu ndo repartir de esa bolsa (el Pa s Vasco es la nica Comunidad Aut nomajunto a Navarra que establece un colch n de garant as, cuando en la actualidad no existeamparo legal para cobrar cuando es imposible por distintos motivos). (El subrayado esnuestro)SCA TSJPV Sec. 3 Ordinario 897/2012 COLEGIO ABOGADOS BIZKAIA Formalizaci n Demanda4 Hay que fijarse en esta ltima frase subrayada: no existe amparo legal para cobrar. Nada se indicasobre qu base jur dica se sostendr esa compensaci n por asuntos fallidos que se proclama. Unafalta de previsi n que llevar al Departamento a retirarla del proyecto tras el primer informe de la oficinade control econ En los Folios 254 y 255 del expediente administrativo hay una menci n a los art culos 44 y 46(peritos privados) donde se afirma: De nuevo, tras abundante debate en relaci n a estos dos art culos, se mantiene la redacci ndel proyecto, por los motivos ya aducidos, en sinton a con la legislaci n y pr cticas de otrasCCAA y Ministerio.

10 Como veremos, la redacci n no se mantiene, y se cambia sin justificaci n En el Folio 259 del expediente administrativo, en la respuesta a las alegaciones de la Direcci n deNormalizaci n Ling stica de las Administraciones P blicas, se acepta un texto que se incorporaposteriormente al art culo 2, Titulares del Derecho , como un tercer apartado: A trav s del presente decreto se garantiza el derecho de la ciudadan a a ser atendida encastellano y en euskera tanto de manera escrita u oral en sus relaciones con la administraci nde justicia, en sus relaciones con las Comisiones de asistencia jur dica gratuita, con laadministraci n de justicia y con los colegios de abogados.


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