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203 EDITORIAL NORMAS ANULADAS NORMAS SUSPENDIDAS EXHORTOS ACCIONES CONSTITUCIONALES o ACCIONES DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL o ACCIONES DE TUTELA o H BEAS CORPUS SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCI N PRIMERA SECCI N SEGUNDA SECCI N TERCERA SECCI N CUARTA SECCI N QUINTA SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL 2 Bolet n n 203 ( ) Rep blica de Colombia Consejo de Estado Bolet n de Jurisprudencia Segunda poca Germ n Bula Escobar Presidente Relator as Secci n Primera de lo Contencioso Administrativo Liliana Marcela Becerra G mez Secci n Segunda de lo Contencioso Administrativo Gloria Cristina Olmos Leguizam n Jos Orlando Rivera Manrique Secci n Tercera de lo Contencioso Administrativo Gloria Stella Fajardo Guerrero Narly del Pilar Morales Morales Yenny Orjuela D az Yolanda Vel squez Z rate Secci n Cuarta de lo Contencioso Administrativo Mar a Magaly Santos Murillo Secci n Quinta de lo Contencioso Administrativo Diana del Pilar Restrepo Nova Sala de Consulta y Servicio Civil Sala Plena de lo Contencioso Administrativo Ma

3. Decreto Reglamentario 1794 de 2013, “Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1607 de 2012, por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras

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1 203 EDITORIAL NORMAS ANULADAS NORMAS SUSPENDIDAS EXHORTOS ACCIONES CONSTITUCIONALES o ACCIONES DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIA JUDICIAL o ACCIONES DE TUTELA o H BEAS CORPUS SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCI N PRIMERA SECCI N SEGUNDA SECCI N TERCERA SECCI N CUARTA SECCI N QUINTA SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL 2 Bolet n n 203 ( ) Rep blica de Colombia Consejo de Estado Bolet n de Jurisprudencia Segunda poca Germ n Bula Escobar Presidente Relator as Secci n Primera de lo Contencioso Administrativo Liliana Marcela Becerra G mez Secci n Segunda de lo Contencioso Administrativo Gloria Cristina Olmos Leguizam n Jos Orlando Rivera Manrique Secci n Tercera de lo Contencioso Administrativo Gloria Stella Fajardo Guerrero Narly del Pilar Morales Morales Yenny Orjuela D az Yolanda Vel squez Z rate Secci n Cuarta de lo Contencioso Administrativo Mar a Magaly Santos Murillo Secci n Quinta de lo Contencioso Administrativo Diana del Pilar Restrepo Nova Sala de Consulta y Servicio Civil Sala Plena de lo Contencioso Administrativo Mar a Ang lica Pulido Barreto Acciones Constitucionales Blanca Ligia Salazar Galeano Carolina Valenzuela Cort s

2 Ingrid Catherine Vias s Quintero Comit del Bolet n Danilo Rojas Betancourth Hernando S nchez S nchez Ana Yasm n Torres Torres Mar a Magaly Santos Murillo Dise o Juan David Pulido G mez Publicaci n Sergio Altamiranda Zulma Moreno Sosa 3 Bolet n n 203 ( ) NDICE Contenido EDITORIAL .. 4 I. NORMAS ANULADAS .. 5 II. NORMAS SUSPENDIDAS .. 5 III. EXHORTOS .. 6 IV. ASUNTOS CONSTITUCIONALES .. 8 V. SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO .. 13 VI. SECCI N PRIMERA .. 29 VII. SECCI N SEGUNDA .. 32 VIII. SECCI N TERCERA .. 36 IX. SECCI N CUARTA .. 47 X. SECCI N QUINTA .. 53 XI. SALA DE CONSULTA Y SERVICIO CIVIL .. 60 4 Bolet n n 203 ( ) EDITORIAL En esta edici n se registran tres normas anuladas, cinco normas suspendidas y dos exhortos.

3 Entre otras decisiones relevantes, se registra la decisi n adoptada por la Sala Plena mediante la cual se confirm la sanci n de destituci n e inhabilidad para desempe ar cargos p blicos impuesta por la Procuradur a General de la Naci n al ex ministro Fernando Londo o Hoyos; y la decisi n mediante la cual se anula la sanci n de destituci n e inhabilidad para ejercer cargos p blicos por 15 a os impuesta por la Procuradur a General de la Naci n al entonces Alcalde Mayor de Bogot , Gustavo Petro Urrego. La Secci n Primera decret la p rdida de la investidura de un concejal del municipio de La Victoria Valle del Cauca por ejercer simult neamente ese cargo y el de docente de tiempo completo. La Secci n Segunda reconoci la pensi n de sobreviviente de docente con fundamento en el R gimen General de Seguridad Social en aplicaci n del principio de favorabilidad.

4 La Secci n Tercera conden al Estado por la ejecuci n extrajudicial de integrante del pueblo ind gena Kankuamo cobijado con medida cautelar de la Corte IDH. La Secci n Cuarta precis que las asambleas departamentales est n legalmente facultadas para gravar con la estampilla pro hospitales universitarios p blicos los negocios celebrados por los municipios y sus entidades descentralizadas, pero no los puede gravar con las estampillas pro desarrollo ni pro bienestar del adulto mayor, porque la ley que cre estos tributos no les confiere esa potestad. La Secci n Quinta estableci que la Procuradur a puede presentar reclamaciones ante la Comisi n Escrutadora Departamental en la etapa post electoral cuando se trate de falsedades. La Sala de Consulta y Servicio Civil aclar que la vigencia transitoria del Procedimiento Legislativo Especial para la Paz previsto en el art culo 1 del 1 de 2016 culmin el 1 de diciembre de 2017, y no resulta constitucionalmente posible que los proyectos pendientes de aprobaci n para esa fecha sigan su curso bajo dichas reglas especiales.

5 5 Bolet n n 203 ( ) I. NORMAS ANULADAS 1. Acuerdo 005 del 11 de diciembre de 2008, Por medio del cual se reforman algunos art culos del Estatuto General Acuerdo 003 de 1997 -, se crea el Censor Universitario y se dictan otras disposiciones , expedido por el Consejo Superior Universitario de la Universidad Distrital Francisco Jos de Caldas. Sentencia de 7 de diciembre de 2017, Secci n Segunda, exp. 25000-23-24-000-2009-00068-02(2635-13), William Hern ndez G mez. (Ver p g. 32 de este Bolet n). 2. Decreto 4910 de 26 de diciembre de 2011, Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1429 de 2010 y el art culo 616-1 del Estatuto Tributario , expedido por el Ministerio de Hacienda y Cr dito P blico. El art culo 7 y el aparte Sin perjuicio de lo previsto en el art culo 7 del presente decreto del art culo 9.

6 Sentencia de 6 de diciembre de 2017, exp. 11001-0327-000-2012-00024-00 (19359), Milton Chaves Garc a. (Ver p gina 50 de este Bolet n). 3. Oficio 061703 de 5 de noviembre de 2014, expedido por la Subdirecci n de Gesti n de Normativa y Doctrina de la Direcci n de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, el cual interpreta que la declaraci n del impuesto sobre la renta para la equidad CREE, presentada dentro del plazo previsto en el Decreto 2972 de 2013, se entiende como no presentada si no se cancel la segunda cuota dentro del plazo legalmente establecido para declarar. Sentencia de 13 de diciembre de 2017, exp. 11001-0327-000-2015-00069-00 (22113), Milton Chaves Garc a. (Ver p gina 51 de este Bolet n). II. NORMAS SUSPENDIDAS 1. Decreto 1561 de 28 de octubre de 2015, Por el cual se determina la categor a presupuestal del Departamento del Valle del Cauca, para la vigencia 2016 , expedido por el gobernador del Departamento del Valle del Cauca.

7 Auto de 20 de octubre de 2017, exp. 76001-23-33-003-2016-00915-01, Oswaldo Giraldo L pez. (Ver p g. 30 de este Bolet n). 2. Resoluci n 2946 de 2010, Por la cual se modifica el R gimen de Control, Inspecci n y Vigilancia de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada , expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, los art culos 43, 44, 45 y 46. Auto de 13 de diciembre de 2017, exp. 11001-03-24-000-2015-00165-00, Hernando S nchez S nchez. (Ver p g. 29 de este Bolet n). 3. Decreto Reglamentario 1794 de 2013, Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1607 de 2012, por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposiciones , proferido por el Ministerio de Hacienda y Cr dito P blico.

8 Las expresiones al interior de las instalaciones del contratante y sin que se genere contraprestaci n alguna por parte del consumidor de dichos alimentos y bebidas contenidas en la definici n de servicio integral de cafeter a del art culo 14. 6 Bolet n n 203 ( ) Auto de 7 de diciembre de 2017, exp. 11001-0327-000-2017-00030-00 (23254), Jorge Octavio Ram rez Ram rez. (Ver p gina 47 de este Bolet n). 4. Ordenanza 077 de 2014, Por medio de la cual se expide el Estatuto Tributario del Departamento de Santander , proferida por la respectiva asamblea departamental. Las expresiones: Administraciones Municipales, Entidades Descentralizadas del orden [..] Municipal contenidas en el numeral 2 de los art culos 246 y 247 y Municipal del numeral 1 del art culo 250, con la aclaraci n de que la estampilla pro bienestar del adulto mayor, a que se refiere dicha norma, tampoco es aplicable a los negocios celebrados por las entidades descentralizadas del orden municipal.

9 Auto de 13 de diciembre de 2017, exp. 68001-2333-000-2015-01028-01 (22804), Milton Chaves Garc a. (Ver p gina 48 de este Bolet n). 5. Conceptos 023640 de 20 de marzo de 2009 y 020874 de 4 de agosto de 2016, por los cuales la Direcci n de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN absolvi unas consultas sobre la aplicaci n del art culo 116 del Estatuto Tributario por parte de las entidades descentralizadas. Auto de 25 de enero de 2018, exp. 11001-0327-000-2017-00039-00 (23382), Julio Roberto Piza Rodr guez. (Ver p gina 49 de este Bolet n). III. EXHORTOS1 1. La Sala Plena del Consejo de Estado anul la sanci n de destituci n e inhabilidad para ejercer cargos p blicos por 15 a os proferida por la Procuradur a General de la Naci n contra el entonces alcalde mayor de Bogot , Gustavo Petro Urrego, por falta de competencia del ente sancionador, y exhort al Gobierno Nacional, al Congreso de la Rep blica y a la Procuradur a General de la Naci n, para que eval en y adopten los ajustes necesarios para armonizar el derecho interno con el convencional en materia de sanciones disciplinarias contra servidores p blicos de elecci n popular.

10 Se al la Sala Plena: "Si bien solamente es posible predicar de los efectos de esta providencia aquellos inter partes, las consideraciones aqu plasmadas aunadas a las recomendaciones que sobre este caso hiciera la Comisi n Interamericana de Derechos Humanos al Estado Colombiano, concretamente, en sus numerales 3 a 7, que se refieren a aspectos de pol tica p blica y a ajustes del r gimen jur dico nacional, y para dar aplicaci n a las reglas y procedimientos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, es necesario exhortar al Gobierno Nacional, al Congreso de la Rep blica y a la Procuradur a General de la Naci n, para que en un t rmino razonable, de dos (2) a os, procedan a responder ante dicho Sistema, a evaluar y a adoptar las medidas que fueren pertinentes, en orden a armonizar el derecho interno con el convencional y a poner en plena vigencia los preceptos normativos contenidos en el art culo 23 de la Convenci n Americana de Derechos Humanos.


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