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Ajuste por inflacion de EECC final 8 clean - …

COLABORACI N T CNICA: Ajuste POR INFLACI N DE LOS ESTADOS CONTABLES DE ENTES DE LA. REP BLICA ARGENTINA: ESTADO DE SITUACI N AL MES DE AGOSTO DE. 2016. INTRODUCCI N. 1. En las ltimas semanas, el Consejo Profesional de Ciencias Econ micas de la Ciudad Aut noma de Buenos Aires (CPCECABA) ha recibido numerosas consultas de los profesionales en Ciencias Econ micas respecto de si corresponde o no ajustar por inflaci n los estados contables. Tambi n existe evidencia de que este tema est concitando el inter s de diferentes colegas en distintos foros de interacci n profesional y redes sociales. 2. Frente a esta situaci n generalizada de incertidumbre, y atendiendo el contexto macroecon mico que es p blico y notorio, las autoridades del CPCECABA han conformado un grupo de trabajo especial (GTE), que nuclea a representantes de diferentes Comisiones acad micas y profesionales de nuestra Instituci n.

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1 COLABORACI N T CNICA: Ajuste POR INFLACI N DE LOS ESTADOS CONTABLES DE ENTES DE LA. REP BLICA ARGENTINA: ESTADO DE SITUACI N AL MES DE AGOSTO DE. 2016. INTRODUCCI N. 1. En las ltimas semanas, el Consejo Profesional de Ciencias Econ micas de la Ciudad Aut noma de Buenos Aires (CPCECABA) ha recibido numerosas consultas de los profesionales en Ciencias Econ micas respecto de si corresponde o no ajustar por inflaci n los estados contables. Tambi n existe evidencia de que este tema est concitando el inter s de diferentes colegas en distintos foros de interacci n profesional y redes sociales. 2. Frente a esta situaci n generalizada de incertidumbre, y atendiendo el contexto macroecon mico que es p blico y notorio, las autoridades del CPCECABA han conformado un grupo de trabajo especial (GTE), que nuclea a representantes de diferentes Comisiones acad micas y profesionales de nuestra Instituci n.

2 3. Esta colaboraci n t cnica tiene por objetivo presentar argumentos respecto de: (a) si existen elementos que permitan concluir, desde la perspectiva de las normas contables profesionales argentinas (NCPA), si se deber a o no ajustar por inflaci n los estados contables;. (b) si, en caso de que existieran elementos que permitan concluir que se verifican las condiciones establecidas en las NCPA para ajustar por inflaci n, se cuenta con herramientas estad sticas que permitan lograr informaci n que alcance los objetivos para que la informaci n contenida en los estados contables sea til, enunciados en la secci n 3 de la segunda parte de la Resoluci n T cnica N 16 (RT 16);. (c) si los administradores de los entes -responsables por la emisi n de los estados contables- est n facultados por el marco legal vigente para presentar tales estados ante ciertos organismos de control ajustados por inflaci n.

3 (d) dado el marco legal vigente, cu les ser an las implicancias en la emisi n del informe de auditor a y/o de sindicatura tanto para el caso en que una entidad emita estados contables ajustados, como para aquel en el que lo haga sin ajustar. 4. Cabe destacar que las conclusiones de este trabajo no pretenden constituir una posici n doctrinaria ni del CPCECABA ni de los miembros del GTE. acerca del Ajuste por inflaci n de los estados contables. Sus esfuerzos se orientaron al an lisis, a la luz de las NCPA y del marco legal vigente, de si corresponde que los entes confeccionen estados contables ajustados por inflaci n, y el efecto particular sobre los informes de auditor a y/o sindicatura de tales estados.

4 Como premisa general, se ha considerado que el marco regulatorio es el que es, y que deber aplicarse de manera integral1. Por lo tanto, los miembros del GTE quieren resaltar que no se desconocen los importantes aportes que, hist ricamente, la Profesi n y la doctrina contables de Argentina han realizado en el mundo sobre c mo reconocer el efecto de la inflaci n en los estados contables. Simplemente, creen interpretar que nuestra sociedad est atravesando una situaci n grave y excepcional, y que eso nos obliga a consensuar soluciones que efect en un aporte superador en pos de la calidad de los estados contables y de la reconstrucci n de la confianza de los usuarios en las cifras en ellos contenidas.

5 Resumen ejecutivo de las conclusiones que a las que ha llegado el GTE: El estado actual de emergencia estad stica por el cual atraviesa la Rep blica Argentina nos permite concluir que la evaluaci n de si el contexto de Argentina es el de una inflaci n que amerita ajustar los estados contables en los t rminos de las NCPA vigentes deber basarse en la consideraci n de factores cualitativos. Esta posici n es consistente con lo previsto en la respuesta a la pregunta 3 de la Interpretaci n N 8 a las NCPA, donde se establece que en determinadas condiciones el an lisis de si Argentina se encuentra en un contexto de inflaci n que amerita ajustar los estados contables deber evaluarse empleando pautas cualitativas.

6 Las NCPA no limitan tal evaluaci n s lo a los factores cualitativos taxativamente indicados. Tras evaluar factores cualitativos, algunos miembros del GTE. consideraron que no existe evidencia contundente para afirmar que nos encontremos en un contexto de inflaci n que amerite ajustar, o para afirmar lo contrario. S existe consenso en que, aun cuando se estuviera en un escenario que amerite ajustar, aplicar ndices cuestionados y carentes de fiabilidad no permitir alcanzar las caracter sticas cualitativas para que la informaci n contenida en los estados contables sea til, enunciadas en la secci n 3 de la segunda parte de la RT 16 (en especial la caracter stica de aproximaci n a la realidad ).

7 En cualquier caso, la visi n es que no existen elementos para concluir que surja claramente de las NCPA vigentes que se deba ajustar por inflaci n los estados contables de los entes de nuestro pa s. Ante la necesidad de encontrar una posici n superadora para morigerar la desactualizaci n de los importes contables asignados a los patrimonios de los entes, se propone analizar la propuesta de impulsar la realizaci n de un sinceramiento contable , que podr a consistir en actualizar el valor de los activos de largo plazo de los entes (por ejemplo, bienes de uso), el capital y otras partidas apropiadas del patrimonio. Para ello, deber a lograrse un consenso amplio entre los distintos grupos de 1.

8 La Constituci n Nacional prev que el control de constitucionalidad de las normas ser ejercido por el Poder Judicial de la Naci n (cfr. CN, art. 116 y doctrina de la CSJN). Es decir que cualquier interpretaci n sobre la constitucionalidad de una norma est reservada exclusivamente de dicho Poder establecido en la Constituci n. Sin perjuicio de ello, cada individuo podr a tener una posici n tomada respecto a la validez de las normas, pero dicha interpretaci n personal no lo habilita a no cumplir con el marco jur dico vigente. inter s, lo que permitir a transitar esta situaci n excepcional de coyuntura con xito. Adem s, se recuerda que el actual marco legal vigente no permite que los administradores de los entes, responsables por la emisi n de sus estados contables, presenten tales estados ajustados por inflaci n ante determinados organismos de control (o que, en algunos casos, el efecto pr ctico de tal presentaci n podr a ser nulo).

9 Lo mencionado en forma precedente implica, a su vez, que los auditores y sobre todo los s ndicos, evaluando su responsabilidad profesional, se enfrenten y midan las consecuencias que generar a la disyuntiva en la cual las normas contables sean totalmente contradictorias ante lo dispuesto por el marco legal. Entendemos que la alternativa de emitir una opini n de auditor a de estados contables preparados de conformidad con un marco de informaci n prescripto por disposiciones legales o reglamentarias, dispuesto por el regulador, dejar a en abstracto la definici n respecto de si es necesario o no emitir por parte de la profesi n una norma contable estableciendo la necesidad de la implementaci n del Ajuste por inflaci n.

10 Los miembros del GTE concluyen que, no estando claramente dadas las condiciones de iniciar el Ajuste por inflaci n, habr que ser prudentes y continuar monitoreando el contexto macroecon mico. Tambi n consideran que toda decisi n que se tome respecto de esta cuesti n deber basarse en un consenso amplio entre los diferentes grupos de inter s, dado que ajustar o no por inflaci n los estados contables, si bien es una cuesti n de la que se ocupa la disciplina contable, en las actuales circunstancias del pa s, genera consecuencias que la exceden. Para ello propone establecer una mesa de dialogo de la que participen todos los grupos de inter s, buscando una soluci n superadora que, al final del proceso, permita acercar a los valores de mercado los patrimonios de las empresas con un mecanismo m s all de los ndices de inflaci n cuestionados.


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