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ANEXO Requisitos para la operación ... - …

ANEXO . Requisitos para la operaci n de una empresa en M xico. Objetivo: El alumno conocer los requerimientos legales administrativos para que una empresa pueda operar en M xico. Registros. Despu s de la constituci n de la empresa de acuerdo a la Ley General de Sociedades Mercantiles, para obtener su correspondiente acta constitutiva expedida por un notario p blico, es necesario darla de alta ante: la Secretar a de Hacienda y Cr dito P blico (SHCP), el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Instituto de Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), el Sistema de Informaci n Empresarial de M xico (SIEM) y otros organismos.

1 ANEXO Requisitos para la operación de una empresa en México. Objetivo: El alumno conocerá los requerimientos legales administrativos para que

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1 ANEXO . Requisitos para la operaci n de una empresa en M xico. Objetivo: El alumno conocer los requerimientos legales administrativos para que una empresa pueda operar en M xico. Registros. Despu s de la constituci n de la empresa de acuerdo a la Ley General de Sociedades Mercantiles, para obtener su correspondiente acta constitutiva expedida por un notario p blico, es necesario darla de alta ante: la Secretar a de Hacienda y Cr dito P blico (SHCP), el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Instituto de Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), el Sistema de Informaci n Empresarial de M xico (SIEM) y otros organismos.

2 Registro P blico de Comercio Descripci n : Tr mite mediante el cual se hace el registro de la Acta constitutiva ante el Registro P blico de la Propiedad y el comercio del Estado. Gesti n : Ventanilla nica de la Direcci n General del Registro P blico de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal. Manuel Villalong n N 15, Colonia Cuauht moc, Delegaci n Cuauht moc, 06500 Tel fono: 5140 1700 Ext. 1021, 1046, 2027, 2028, 2029. D as y horarios de atenci n: Lunes a Viernes, de 9:00 a 14:00 hrs. Respuesta : de 5 a 10 d as h biles.

3 Vigencia : Indefinida. Formato : Solicitud de Entrada y Tr mite Costo : Variable de acuerdo al monto para la inscripci n $ m nimo /. $8, m ximo. El Registro P blico de Comercio es la Instituci n mediante la cual el Estado proporciona el servicio de dar publicidad a los hechos y actos jur dicos que, 1. realizados por empresas mercantiles o en relaci n con ellas, precisan de ese requisito para surtir efectos contra terceros. para la inscripci n de los actos mercantiles que conforme a las leyes sean susceptibles de ello, se utilizar n las formas precodificadas que la Secretar a, en t rminos de lo dispuesto por el art culo 20 del C digo de Comercio, d a conocer mediante publicaci n en el Diario Oficial de la Federaci n.

4 Los responsables de las oficinas del Registro, no podr n solicitar otros Requisitos distintos a los que se incorporen en dichas formas. La inscripci n de actos a que se refiere este art culo se efectuar en el folio mercantil electr nico, en atenci n al nombre, denominaci n o raz n social de cada comerciante o sociedad mercantil, el cual comprender todos los actos mercantiles relacionados con dicho comerciante o sociedad. No podr n incorporarse al Registro datos que hagan referencia a ideolog a, religi n o creencias, raza, preferencia sexual, afiliaci n sindical, estado de salud y toda aquella que no tenga relaci n directa con la actividad mercantil del comerciante.

5 Con el objeto de proteger los datos personales asentados en las bases de datos de las oficinas del Registro, la Secretar a establecer las medidas necesarias que garanticen la seguridad de los mismos y eviten su alteraci n, p rdida, transmisi n y acceso no autorizado. Tr mites de apertura para facilitar y mejorar la gesti n gubernamental aplicable al establecimiento e inicio de operaciones de la micro, peque a y mediana empresa; se crea el Sistema de Apertura R pida de Empresas (SARE). Reduce el tiempo de inicio de operaciones a un d a h bil, los tr mitesm nimos federales que exige este sistema son: INSCRIPCI N EN EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES.

6 En el caso de personas f sicas, el tr mite de inscripci n en el Registro Federal de Contribuyentes que otorga el Servicio de Administraci n Tributaria de la Secretar a de Hacienda y Cr dito P blico. INSCRIPCI N DE LAS EMPRESAS EN EL SEGURO DE RIESGOS DE. TRABAJO IMSS-06-002-A. INSCRIPCI N PATRONAL MODALIDAD A IMSS-02-001-A. El Patr n deber registrarse al igual que a sus trabajadores en el r gimen obligatorio, cumpliendo con lo establecido en la Ley del Seguro Social, al hacerlo autom ticamente quedar n registrados ante el INFONAVIT Y SAR.

7 Inscrito en el Registro Federal de Tr mites y Servicios, que en base al acuerdo que da origen al SARE ser resuelto el mismo d a, siempre y 2. cuando se presenten antes de las 11:00 horas y al d a siguiente h bil en caso de exceder este plazo, aplicando la afirmativa ficta al terminar el plazo estipulado. Los documentos que comprueben la constituci n de las comisiones de seguridad e higiene y mixta de capacitaci n y adiestramiento para lo cual las empresas s lo conservar n la informaci n prevista en los tr mites referente a la y el tr mite correspondiente a la, ambos inscritos el Registro Federal de Tr mites y Servicios.

8 No ser necesario realizar una solicitud ni remitir informaci n alguna a la dependencia citada. Los tr mites federales obligatorios que las empresas deben llevar a cabo para la apertura de conformidad con otros ordenamientos federales se realizar n posteriormente al establecimiento e inicio de operaciones, dentro de un plazo no mayor a tres meses contados a partir de la fecha en que haya obtenido su inscripci n al Registro Federal de Contribuyentes tales como: El aviso de funcionamiento documento expedido por el Instituto de Servicios de Salud P blica para el , por medio del cual autoriza que un establecimiento de menor riesgo opere y funcione.

9 En esos casos las empresas deber n presentar ante la Secretar a de salud el tr mite SSA-04-001 correspondiente al AVISO DE. FUNCIONAMIENTO, MODALIDAD A AVISO INICIAL, dentro de los diez d as h biles siguientes a la fecha en que hubiera obtenido su inscripci n en el registro Federal de Contribuyentes. Mayor informaci n en T tulo : DECLARACI N DE APERTURA. Descripci n : Tr mite para obtener el documento con el que deber n contar los titulares de establecimientos, cuyo giro no requiere de licencia de funcionamiento para su operaci n, mismo que puede presentar por Internet en Cabe se alar que para poder realizar este tramite es necesario contar con el Certificado de Zonificacion.

10 Gesti n : Ventanillas nicas Delegacionales del M xico, (de 9:00 a 14:00. Hrs.) Ventanilla nica de Gesti n Av. San Antonio 256 Col. Ampliaci n N poles M xico, Lada (55) Tel. 56 11 31 67 y 563 34 00 (de 9:00 a 15:00 Hrs.). Respuesta : Inmediata. Vigencia : 3. Indefinida. Formato : VU-EM-06 Declaraci n de Apertura. VU-EM-06-RA Aviso de declaraci n de apertura para establecimiento mercantil v a Internet Costo : Gratuito. DECLARACI N DE APERTURA A TRAV S DE INTERNET. La Declaraci n de Apertura, es el acto por el cual un particular, ya sea persona f sica omoral, hace del conocimiento de la autoridad que va a iniciar actividades comerciales o de servicios en un establecimiento mercantil determinado.


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