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Antecedentes históricos de la SHCP - Gob

Antecedentes hist ricos de la SHCP El 8 de noviembre de 1821, se expidi el reglamento Provisional para el Gobierno Interior y Exterior de las Secretar as de Estado y del Despacho Universal, por medio del cual se cre la Secretar a de Estado y del Despacho de Hacienda, a n cuando desde el 25 de octubre de 1821 exist a la Junta de Cr dito P blico. En 1824, el Congreso Constituyente otorg a la Haci enda P blica el tratamiento adecuado a su importancia, para ello expidi , el 16 de noviembre del mismo a o la Ley para el Arreglo de la Administraci n de la Hacienda P blica, en la que la Secretar a de Hacienda centraliz la facultad de administrar todas la s rentas pertenecientes a la Federaci n, inspeccionar la s Casas de Moneda y dirigir la Administraci n General de Correos, la

Hacienda, considerado como el primer Reglamento de la Hacienda Republicana y en el cual se señalaron, en forma pormenorizada, las atribuciones de los nuevos funcionarios constituidos conforme a la citada ley del 16 de noviembre de 1824. Al transformarse nuestro país en una República Central, se expidió la ley del 3 de octubre de 1835, ...

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1 Antecedentes hist ricos de la SHCP El 8 de noviembre de 1821, se expidi el reglamento Provisional para el Gobierno Interior y Exterior de las Secretar as de Estado y del Despacho Universal, por medio del cual se cre la Secretar a de Estado y del Despacho de Hacienda, a n cuando desde el 25 de octubre de 1821 exist a la Junta de Cr dito P blico. En 1824, el Congreso Constituyente otorg a la Haci enda P blica el tratamiento adecuado a su importancia, para ello expidi , el 16 de noviembre del mismo a o la Ley para el Arreglo de la Administraci n de la Hacienda P blica, en la que la Secretar a de Hacienda centraliz la facultad de administrar todas la s rentas pertenecientes a la Federaci n, inspeccionar la s Casas de Moneda y dirigir la Administraci n General de Correos, la Colectur a de la Renta de Loter a y la Oficina Provisional de Rezagos.

2 Para el despacho de la s nuevas funciones atribuidas, se conformaron lo s siguientes Departamentos: Departamento de Cuenta y Raz n, antecedente de la Contadur a Mayor de la Federaci n, creado para subrogar a la s Contadur as Generales. Tesorer a General de la Federaci n, cr eada con el prop sito de reunir en una dependenci a todos lo s elementos que hi cieran posible conocer el estado verdadero de la s rentas y gastos de la Administraci n. Comisar a Central de Guerra y Marina, encargada de la formulaci n de la s cuentas del Ej rci to y la Marina.

3 Contadur a Mayor, rgano de control que estuvo bajo la inspecci n de la C mara de Diputados, con la funci n principal de examinar lo s presupuestos y la memoria que deber a presentar anualmente la Secretar a. El 26 de enero de 1825, se expidi el reglamento Provisional para la Secretar a del Despacho de Hacienda, considerado como el primer reglamento de la Hacienda Republicana y en el cual se se alaron, en forma pormenorizada, la s atribuciones de lo s nuevos funcionarios constituidos conforme a la ci tada ley del 16 de noviembre de 1824.

4 Al transformarse nuestro pa s en una Rep blica Central, se expidi la ley del 3 de octubre de 1835, misma que precis la forma en que se manejar an la s rentas de los Estados que quedaban sujetos a la administraci n y vigilancia de la Secretar a de Haci enda. La s Bases Org nicas de la Rep blica Mexicana del 14 de junio de 1843, le dieron a la Secretar a el car cter de Ministerio de Hacienda. El 27 de mayo de 1852, se public el Decreto por el que se modifica la Organizaci n del Ministerio de Hacienda, quedando dividido en seis secciones, siendo una de ellas la de Cr dito P blico; antecedente que motiv que en 1853 se le denominara por primera vez Secretar a de Hacienda y Cr dito P blico.

5 La s Bases Generales para el Arreglo de la Hacienda P blica del 11 de febrero de 1854 elevan a rango de Direcci n General a la Secci n de Aduanas, comprendiendo tanto a la s mar timas como a las interiores. El 1o. de enero de 1856, se expide la Ley para la Deuda P blica y la Administraci n de las Aduanas Mar timas y Fronteriza s, la cual establece una Junta de Cr dito P blico para la Administraci n de la s Aduanas y el manejo de los negocios relativos a la deuda nacional y extranjera. El 14 de octubre de 1856, mediante Decreto, se cre el Departamento para la Impresi n de Sellos, antecedente de la actual Direcci n General de Talleres de Impresi n de Estampillas y Valores.

6 El 6 de agosto de 1867, se dispuso que la s Aduanas Mar timas y Fronterizas, la s Jefaturas de Hacienda, la Administraci n Principal de Rentas del Distrito Federal, la Direcci n General de Correos y la Casa de Moneda y Ensaye, dependieran exclusivamente en lo econ mic o, directivo y administrativo de la Secretar a de Haci enda y Cr dito P blico. El 1o. de octubre de 1869, se determin que correspond a al Segundo Oficial Mayor, la s fu nciones de elaboraci n de la glosa y compilaci n de la s leyes en materia hacendaria. Al expedirse la Ley del Impuesto del Ti mbre en 1871, se cre la Administraci n General de este gravamen, con lo que se abandon el sistema de papel sellado de herencia colonial.

7 El 13 de mayo de 1891, la Secretar a de Hacienda y Cr dito P blico increment sus atribuciones en lo relativo a comercio, por lo que se denomin Secretar a de Hacienda, Cr dito P blico y Comercio. Asimismo, sali de su mbito de competencia el sistema de correos y se rescindi el contrato de arrendamiento de la Casa de Moneda a particulares, con lo que la acu aci n de moneda qued a cargo del Estado. El 23 de mayo de 1910, se cre la Direcci n de Contabilidad y Glosa asign ndosele funciones de registro, glosa y contabilidad de la s cuentas que le ri ndiesen sobre el manejo de lo s fondos, con el pr op sito fundamental de integrar la Cuenta General de la Hacienda P blica.

8 Asimismo, la Tesorer a General de la Federaci n, a partir de esa fecha cambi su denominaci n por Tesorer a de la Federa ci n. En el a o de 1913, mediante la s reformas al reglamento Interior se facult al entonces Departamento de Cr dito y Comercio, para el manejo del Cr dito P blico, lo que constituye el antecedente de la actual Direcci n General de Cr dito P blico. La Ley de Secretar as y Departament os de Estado, promulgada el 31 de diciembre de 1917, estableci la creaci n del Departamento de Contralor a , el cual asumi la s funciones desempe adas por la Direcci n de Contabilidad y Glosa.

9 Asimismo la s atribuciones relativas a comercio se transfirieron a la nueva Secretar a de Comercio. En 1921, se expidi la Ley del Centenario y el 27 de febrero de 1924 la Ley para la Recaudaci n de lo s Impuestos establecidos en la Ley de Ingresos vi gente sobre Sueldos, Salarios, Emolumentos, Honorarios y Utilidades de la s Sociedades y Empresas, ante cedentes que dieron origen al Impuesto sobre la Renta, actualmente el gravamen m s importante del sistema impositivo mexicano. El 1o. de septiembre de 1925, se fund el Banco de M xico, , como Banco Central, con el pr op sito de terminar con la anarqu a en la emisi n de billetes.

10 El 1o. de enero de 1934, se cre la Direcci n General de Egresos y el 9 de enero del mismo a o se expide el Decreto mediante el cual se prev que la s atribuciones y facultades para la autorizaci n de egresos concedidas a la Tesorer a de la Federaci n, quedar an a cargo de dicha Direcci n General. El 13 de diciembre de 1946, se public en el Diario Oficial de la Federaci n una nueva Ley de Secretar as y Departamentos de Estado, quedando fuera del mbito de competencia de la Secretar a la s funciones de control y regulaci n relativas a bienes nacionales y contratos de obras p blicas, pasando stas a la Secretar a de Bienes Nacionales e Inspecci n Administrativa.


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