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Articulado de la Ley - congreso.es

Articulado de la LeyNIPO: 169-18-026-1 NDICE P ginaARTICULADO DE LA LEYEXPOSICI N DE TULOST tulo I. De la aprobaci n de los presupuestos y de sus tulo II. De la gesti n tulo III. De los gastos de tulo IV. De las pensiones p tulo V. De las operaciones tulo VI. Normas tulo VII. De los entes tulo VIII. Cotizaciones I. Distribuci n de los cr ditos por II. Cr ditos III. Operaciones de cr dito autorizadas a organismos y entidadesintegrantes del sector p blico institucional IV. M dulos econ micos de distribuci n de fondos p blicos parasostenimiento de centros V. M dulos econ micos de distribuci n de fondos p blicos parasostenimiento de centros concertados ubicados en las ciudades aut nomasde Ceuta y VI. Costes de personal de la Universidad Nacional de Educaci n aDistancia (UNED)..630 Anexo VII. Remanentes de cr dito incorporables en el ejercicio VIII.

De otro lado, en materia tributaria, el apartado 7 del artículo 134 de la Constitución dispone que la Ley de Presupuestos no puede crear tributos aunque sí ...

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1 Articulado de la LeyNIPO: 169-18-026-1 NDICE P ginaARTICULADO DE LA LEYEXPOSICI N DE TULOST tulo I. De la aprobaci n de los presupuestos y de sus tulo II. De la gesti n tulo III. De los gastos de tulo IV. De las pensiones p tulo V. De las operaciones tulo VI. Normas tulo VII. De los entes tulo VIII. Cotizaciones I. Distribuci n de los cr ditos por II. Cr ditos III. Operaciones de cr dito autorizadas a organismos y entidadesintegrantes del sector p blico institucional IV. M dulos econ micos de distribuci n de fondos p blicos parasostenimiento de centros V. M dulos econ micos de distribuci n de fondos p blicos parasostenimiento de centros concertados ubicados en las ciudades aut nomasde Ceuta y VI. Costes de personal de la Universidad Nacional de Educaci n aDistancia (UNED)..630 Anexo VII. Remanentes de cr dito incorporables en el ejercicio VIII.

2 Consorcio y restantes Entidades del sector p blico IX. Entidades de derecho p blico que aplican los principios y normasde contabilidad recogidos en el C digo de Comercio y el Plan General deContabilidad de la empresa espa X. Fundaciones XI. Fondos sin personalidad jur XII. Bonificaciones aplicables en los puertos de inter s general a lastasas de ocupaci n, del buque, del pasaje y de la mercanc XIII. Bienes del patrimonio hist rico espa NDICE P ginaAnexo XIV. Infraestructuras cient ficas y t GENERALES DEL ESTADOA rticulado de la LeyPRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADOE xposici n de motivos PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL A O 2018 PRE MBULO I Los Presupuestos Generales del Estado fundamentan su marco normativo b sico en nuestra Carta Magna, la Constituci n Espa ola de 27 de diciembre de 1978, as como en la Ley General Presupuestaria y en la Ley Org nica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

3 El Tribunal Constitucional ha ido precisando el contenido posible de la ley anual de Presupuestos Generales del Estado y ha venido a manifestar que existe un contenido necesario, constituido por la determinaci n de la previsi n de ingresos y la autorizaci n de gastos que pueden realizar el Estado y los Entes a l vinculados o de l dependientes en el ejercicio de que se trate. Junto a este contenido necesario, cabe la posibilidad de que se a ada un contenido eventual, aunque estrictamente limitado a las materias o cuestiones que guarden directa relaci n con las previsiones de ingresos, las habilitaciones de gasto o los criterios de pol tica econ mica general, que sean complemento necesario para la m s f cil interpretaci n y m s eficaz ejecuci n de los Presupuestos Generales del Estado y de la pol tica econ mica del Gobierno.

4 Por otra parte, el Tribunal Constitucional se ala que el criterio de temporalidad no resulta determinante de la constitucionalidad o no de una norma desde la perspectiva de su inclusi n en una Ley de Presupuestos. Por ello, si bien la Ley de Presupuestos puede calificarse como una norma esencialmente temporal, nada impide que accidentalmente puedan formar parte de la misma, preceptos de car cter plurianual o indefinido. 3 De otro lado, en materia tributaria, el apartado 7 del art culo 134 de la Constituci n dispone que la Ley de Presupuestos no puede crear tributos aunque s modificarlos cuando una Ley tributaria sustantiva as lo prevea. Las materias que queden al margen de estas previsiones son materias ajenas a la Ley de Presupuestos Generales del Estado. De esta forma, el contenido de la Ley est constitucionalmente acotado a diferencia de lo que sucede con las dem s Leyes, cuyo contenido resulta, en principio, ilimitado dentro del mbito competencial del Estado y con las exclusiones propias de la materia reservada a Ley Org nica.

5 Consecuentemente, la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018 regula nicamente, junto a su contenido necesario, aquellas disposiciones que respetan la doctrina del Tribunal Constitucional sobre el contenido eventual. Al no haber sido presentado ante el Congreso de los Diputados el Anteproyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado para el a o 2018 por parte del Gobierno al menos tres meses antes de la expiraci n de los correspondientes al ejercicio 2017, tal y como establece el art culo CE, ha resultado de aplicaci n en toda su extensi n el art culo de la Constituci n, que se ala que si la Ley de Presupuestos no se aprobara antes del primer d a del ejercicio econ mico correspondiente, se considerar n autom ticamente prorrogados los Presupuestos del ejercicio hasta la aprobaci n de los nuevos.

6 Con estos Presupuestos Generales del Estado para 2018, elaborados en el marco de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, se persiste en el objetivo de conseguir una mayor racionalizaci n del proceso presupuestario. Teniendo presente la Ley Org nica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que ha venido a desarrollar el mandato 4 contenido en el art culo 135 de la Constituci n Espa ola, reformado el 27 de septiembre de 2011, y a dar cumplimiento al Tratado de Estabilidad, Coordinaci n y Gobernanza en la Uni n Econ mica y Monetaria de 2 de marzo de 2012, garantizando una adaptaci n continua y autom tica a la normativa europea, en los presentes Presupuestos Generales del Estado se persigue continuar con el mismo objetivo que en ejercicios anteriores de garantizar la sostenibilidad financiera de todas las Administraciones P blicas, fortalecer la confianza en la estabilidad de la econom a espa ola.

7 Y reforzar el compromiso de Espa a con la Uni n Europea en materia de estabilidad presupuestaria. El logro de estos tres objetivos permite consolidar el marco de una pol tica econ mica orientada al crecimiento econ mico y la creaci n del empleo. En esta l nea, los Presupuestos Generales del Estado para 2018 contin an con la misi n de seguir reduciendo el d ficit p blico y cumplir los compromisos de consolidaci n fiscal con la Uni n Europea, en un contexto de firme crecimiento econ mico, de incremento de los recursos tributarios y de confianza de los mercados en Espa a, gracias a este mismo compromiso y a las medidas adoptadas por el Gobierno en los ltimos a os. En este contexto de crecimiento econ mico, respecto a los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda p blica para el per odo 2018-2020, se siguen manteniendo los objetivos de d ficit, de tal manera que en 2020 todas las Administraciones P blicas, salvo la Seguridad Social, alcanzar n el equilibrio presupuestario.

8 Estos objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda p blica fijados por Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de julio de 2017, revisado en lo que se refiere al objetivo de estabilidad de las Comunidades Aut nomas y Seguridad Social por Acuerdo de 7 de julio de 2017, se aprobaron por el Pleno del Congreso el 11 de julio de 2017 y por el Pleno del Senado el 12 de julio. Este Acuerdo establece el objetivo de d ficit para el conjunto de las Administraciones P blicas en el 2,2 por ciento del PIB, desglos ndose del siguiente modo: el Estado tendr un d ficit del 0,7 5 por ciento; la Seguridad Social del 1,1 por ciento; las Comunidades Aut nomas del 0,4 por ciento; mientras que las Corporaciones Locales cerrar n el pr ximo a o con d ficit cero. El objetivo de deuda p blica queda fijado para la Administraci n Central y Seguridad Social en un 70,8 por ciento del PIB en 2018.

9 El l mite de gasto no financiero del Presupuesto del Estado para 2018 se fija en millones de euros, un 1,3 por 100 m s respecto al Presupuesto de 2017, increment ndose el nivel de gasto respecto al presupuesto de 2017 en millones de euros. II La parte esencial de la Ley de Presupuestos se recoge en el T tulo I, De la aprobaci n de los Presupuestos y de sus modificaciones , por cuanto que en su Cap tulo I, bajo la r brica Cr ditos iniciales y financiaci n de los mismos se aprueban la totalidad de los estados de ingresos y gastos del sector p blico estatal y se consigna el importe de los beneficios fiscales que afectan a los tributos del Estado. En este Cap tulo I se define el mbito de los Presupuestos Generales del Estado teniendo en cuenta la clasificaci n que realiza la Ley 40/2015, de 1 de octubre de R gimen Jur dico del Sector P blico, clasificaci n que se hace presente en el resto de la Ley.

10 El mbito de los Presupuestos Generales del Estado se completa con el presupuesto de gastos de funcionamiento e inversiones del Banco de Espa a, que, de acuerdo con su legislaci n espec fica, no se consolida con los restantes presupuestos del sector p blico estatal. El Cap tulo II contiene las normas de modificaci n y ejecuci n de cr ditos presupuestarios, las limitaciones presupuestarias, las competencias espec ficas en materia de modificaciones presupuestarias y los cr ditos vinculantes 6 que han de operar durante la vigencia de la Ley, as como las ampliaciones e incorporaciones de cr dito que se relacionan en los Anexos de la Ley. El Cap tulo III, De la Seguridad Social regula la financiaci n de la asistencia sanitaria. III El T tulo II de la Ley de Presupuestos, relativo a la Gesti n Presupuestaria , se estructura en tres cap tulos.


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