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BOE núm. 276 Martes 18 noviembre 2003 40505

BOE n m. 276 Martes 18 noviembre 200340505 Disposici n transitoria de servidumbreac tanto no se aprueben el mapa ac stico o las ser-vidumbres ac sticas procedentes de cada una de lasinfraestructuras de competencia de la Administraci nGeneral del Estado, se entender por zona de servidum-bre ac stica de las mismas el territorio incluido en elentorno de la infraestructura delimitado por los puntosdel territorio, o curva is fona, en los que se midan losobjetivos de calidad ac stica que sean de aplicaci n alas reas ac sticas n derogatoria n derogadas cuantas disposiciones de igual omenor rango se opongan a lo dispuesto en esta n final constitucionaly car cter b ley se dicta al amparo de las competencias exclu-sivas que al Estado otorga el art culo la Constituci n, en materia de bases y coordinaci ngeneral de la sanidad y de legislaci n b sica sobre pro-tecci n del medio ambiente.

40506 Martes 18 noviembre 2003 BOE núm. 276 forma directa en un incremento de los niveles de eficiencia y eficacia en la gestión del gasto público subvencional.

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1 BOE n m. 276 Martes 18 noviembre 200340505 Disposici n transitoria de servidumbreac tanto no se aprueben el mapa ac stico o las ser-vidumbres ac sticas procedentes de cada una de lasinfraestructuras de competencia de la Administraci nGeneral del Estado, se entender por zona de servidum-bre ac stica de las mismas el territorio incluido en elentorno de la infraestructura delimitado por los puntosdel territorio, o curva is fona, en los que se midan losobjetivos de calidad ac stica que sean de aplicaci n alas reas ac sticas n derogatoria n derogadas cuantas disposiciones de igual omenor rango se opongan a lo dispuesto en esta n final constitucionaly car cter b ley se dicta al amparo de las competencias exclu-sivas que al Estado otorga el art culo la Constituci n, en materia de bases y coordinaci ngeneral de la sanidad y de legislaci n b sica sobre pro-tecci n del medio ambiente.

2 Se except an de lo anteriorla disposici n adicional quinta, que se dicta al amparodel art culo , la disposici n adicional sexta, quese fundamenta en el art culo los apartados 2y 3 del art culo 4, las disposiciones adicionales segunday tercera y la disposici n transitoria tercera que se dictande acuerdo con el art culo , , n final Gobierno, en el mbito de sus competencias, dic-tar las normas de desarrollo que requiera esta n final n de Gobierno podr , mediante real decreto, actualizarel importe de las sanciones pecuniarias tipificadas enel art culo , de acuerdo con la variaci n anual delIndice de Precios al tanto,Mando a todos los espa oles, particulares y auto-ridades, que guarden y hagan guardar esta , 17 de noviembre de CARLOS Presidente del Gobierno,JOS MAR A AZNAR L PEZ20977 LEY 38/2003, de 17 de noviembre , Generalde CARLOS IREY DE ESPA AA todos los que la presente vieren y.

3 Que las Cortes Generales han aprobado y Yovengo en sancionar la siguiente N DE MOTIVOSIUna parte importante de la actividad financiera delsector p blico se canaliza a trav s de subvenciones, conel objeto de dar respuesta, con medidas de apoyo finan-ciero, a demandas sociales y econ micas de personasy entidades p blicas o la perspectiva econ mica, las subvenciones sonuna modalidad importante de gasto p blico y, por tanto,deben ajustarse a las directrices de la pol tica presupues-taria. La pol tica presupuestaria actual est orientada porlos criterios de estabilidad y crecimiento econ mico pac-tados por los pa ses de la Uni n Europea, que, adem s,en Espa a han encontrado expresi n normativa en lasleyes de estabilidad presupuestaria.

4 Esta orientaci n dela pol tica presupuestaria ha seguido un proceso de con-solidaci n de las cuentas p blicas hasta la eliminaci ndel d ficit p blico y se propone mantener, en lo sucesivo,el equilibrio proceso de consolidaci n presupuestaria no s loha tenido unos efectos vigorizantes sobre nuestro cre-cimiento, sino que, adem s, ha fortalecido nuestros fun-damentos econ Ley de Estabilidad Presupuestaria vino a otorgarseguridad jur dica y continuidad en la aplicaci n a losprincipios inspiradores de la consolidaci n presupues-taria, definiendo la envolvente de la actividad financieradel sector p blico e introduciendo cambios en el pro-cedimiento presupuestario que han mejorado sustancial-mente tanto la transparencia en la elaboraci n, ejecuci ny control del presupuesto como la asignaci n y gesti nde los recursos presupuestarios en un horizonte pluria-nual orientado por los principios de eficacia, eficienciay calidad de las finanzas p austeridad en el gasto corriente, la mejor selecci nde las pol ticas p blicas poniendo el nfasis en las prio-ridades de gasto, as como el incremento del controly de la evaluaci n.

5 Han reducido paulatinamente las nece-sidades de financiaci n del sector p blico y han ampliadolas posibilidades financieras del sector privado, con efec-tos dinamizadores sobre la actividad, el crecimiento ydesarrollo econ mico, y sobre la creaci n de el marco general del equilibrio presupues-tario y, en particular, establecido un techo de gasto parael Estado que le impide gastar m s y le impele a gastarmejor , es necesario descender a una esfera microe-con mica para trasladar los principios rectores de la Leyde Estabilidad Presupuestaria a los distintos componen-tes del Ley General de Subvenciones tiene en cuenta estaorientaci n y supone un paso m s en el proceso deperfeccionamiento y racionalizaci n de nuestro sistemaecon mico, incardin ndose en el conjunto de medidasy reformas que se ha venido instrumentando desde quese iniciara el proceso de apertura y liberalizaci n de laeconom a espa este sentido, cabe se alar que las reformas estruc-turales de los sectores m s oligopolizados.

6 Las pol ticaspara la estabilizaci n macroecon mica y la moderniza-ci n del sector p blico espa ol incluida la privatizaci nparcial del sector p blico empresarial han sido todasellas medidas garantes de la eliminaci n de mercadoscautivos, creando un entorno de libre, visible y sana com-petencia, con los grandes beneficios que sta generapara todos los de los principios que va a regir la nueva LeyGeneral de Subvenciones, que como ya se ha se aladoest n inspirados en los de la Ley de Estabilidad Pre-supuestaria, es el de la transparencia. Con este objeto,las Administraciones deber n hacer p blicas las subven-ciones que concedan, y, a la vez, la ley establece laobligaci n de formar una base de datos de mbito nacio-nal que contendr informaci n relevante sobre todas lassubvenciones mayor transparencia, junto con la gran variedadde instrumentos que se articulan en la ley, redunda de40506 Martes 18 noviembre 2003 BOE n m.

7 276forma directa en un incremento de los niveles de eficienciay eficacia en la gesti n del gasto p blico este sentido, una mayor informaci n acerca de lassubvenciones har posible eliminar las distorsiones e inter-ferencias que pudieran afectar al mercado, adem s defacilitar la complementariedad y coherencia de las actua-ciones de las distintas Administraciones p blicas evitandocualquier tipo de esta l nea de mejora de la eficacia, la ley estableceigualmente la necesidad de elaborar un plan estrat gicode subvenciones, que introduzca una conexi n entre losobjetivos y efectos que se pretenden conseguir, con loscostes previsibles y sus fuentes de financiaci n, con elobjeto de adecuar las necesidades p blicas a cubrir atrav s de las subvenciones con las previsiones de recur-sos disponibles, con car cter previo a su nacimiento yde forma elemento esencial de cierre de este proceso,la ley establece un sistema de seguimiento a trav s delcontrol y evaluaci n de objetivos, que debe permitir queaquellas l neas de subvenciones que no alcancen el nivelde consecuci n de objetivos deseado o que resulte ade-cuado al nivel de recursos invertidos puedan ser modi-ficadas o sustituidas por otras m s eficaces y eficientes,o, en su caso.

8 La perspectiva administrativa, las subvencionesson una t cnica de fomento de determinados compor-tamientos considerados de inter s general e incluso unprocedimiento de colaboraci n entre la Administraci np blica y los particulares para la gesti n de actividadesde inter s p una gran diversidad de subvenciones de dis-tinta naturaleza, que se conceden mediante procedimien-tos complejos, y, por lo tanto, deben ser objeto de unseguimiento y control recursos econ micos destinados a las subven-ciones en Espa a han ido creciendo paulatinamente enlos ltimos a os en los presupuestos de las distintasAdministraciones p blicas.

9 Adem s, gran parte de lasrelaciones financieras entre Espa a y la Uni n Europease instrumentan mediante subvenciones financiadas,total o parcialmente, con fondos comunitarios, que exi-gen, por tanto, la necesaria coordinaci n. Por otra parte,es igualmente necesario observar las directrices ema-nadas de los rganos de la Uni n Europea en materiade ayudas p blicas estatales y sus efectos en el mercadoy la mejora de la gesti n y el seguimiento de las sub-venciones, la correcci n de las insuficiencias normativasy el control de las conductas fraudulentas que se puedendar en este mbito son esenciales para conseguir asig-naciones eficaces y eficientes desde esta modalidad degasto y hacer compatible la creciente importancia delas pol ticas de subvenciones con la actual orientaci nde la pol tica la actualidad, esta materia.

10 Cuyo r gimen jur dicofue modificado ampliamente por la Ley 31/1990, de 27de diciembre, de Presupuestos Generales del Estadopara 1991, y otras modificaciones posteriores, encuentrasu regulaci n en los art culos 81 y 82 del texto refundidode la Ley General Presupuestaria, aprobado por el RealDecreto Legislativo 1091/1988, de 23 de dichas modificaciones se trat de paliar, al menosen parte, la dispersi n y la existencia de lagunas en aspec-tos muy relevantes que tradicionalmente han caracterizadola legislaci n espa ola sobre su vez, el Tribunal de Cuentas y un creciente sectorde la doctrina han venido propugnando la elaboraci nde una ley general de subvenciones que resuelva defi-nitivamente la situaci n de inseguridad jur dica y las lagu-nas que todav a tanto, existe una clara conciencia de la necesidadde dotar a este importante mbito de actividad admi-nistrativa de un r gimen jur dico propio y espec fico quepermita superar las insuficiencias del que viene a sustituiry contemple instrumentos y procedimientos que asegu-r


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