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CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO …

C DIGO DE. PROCEDIMIENTO . ADMINISTRATIVO Y DE. LO contencioso . ADMINISTRATIVO . LEY 1437 DE 2011. C SAR AUGUSTO DUARTE ACOSTA. Bogot , , 5 de septiembre de 2012. AGENDA. INTRODUCCI N. I. Finalidad, mbito de aplicaci n y principios II. Derechos, deberes, prohibiciones, impedimentos y recusaciones III. Derecho de petici n ante autoridades IV. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO General V. Mecanismos de consulta previa VI. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO sancionatorio AGENDA. VII. Utilizaci n medios electr nicos en el PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO VIII. Publicaciones, citaciones, comunicaciones y notificaciones.

LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LEY 1437 DE 2011 CÉSAR AUGUSTO DUARTE ACOSTA Bogotá, D.C., 5 de septiembre de 2012. AGENDA

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  De los, Administrativos, Contencioso, Lo contencioso administrativo

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1 C DIGO DE. PROCEDIMIENTO . ADMINISTRATIVO Y DE. LO contencioso . ADMINISTRATIVO . LEY 1437 DE 2011. C SAR AUGUSTO DUARTE ACOSTA. Bogot , , 5 de septiembre de 2012. AGENDA. INTRODUCCI N. I. Finalidad, mbito de aplicaci n y principios II. Derechos, deberes, prohibiciones, impedimentos y recusaciones III. Derecho de petici n ante autoridades IV. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO General V. Mecanismos de consulta previa VI. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO sancionatorio AGENDA. VII. Utilizaci n medios electr nicos en el PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO VIII. Publicaciones, citaciones, comunicaciones y notificaciones.

2 IX. Recursos X. Conclusi n del PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO XI. Revocaci n directa de los actos administrativos XII. Extensi n de la jurisprudencia unificadora del Consejo de Estado I. FINALIDAD, AMBITO DE APLICACI N Y PRINCIPIOS. Finalidad Pr Fu Ob y n s Su Cu Gar Pri j m E D. D I O F f E. y G J E D P. L e I. MBITO DE APLICACI N. Art. 2. 1. 2. 3. rganos Particulares Ramas del Aut nomos que cumplen poder p blico Funciones e independien administrativas tes I. PRINCIPIOS. Art. 3. C digo anterior Nuevo y Econom a Econom a Celeridad Celeridad Eficacia Eficacia Imparcialidad Imparcialidad Publicidad Publicidad (Contradicci n) Debido proceso Igualdad Buena fe Moralidad participaci n responsabilidad Transparencia Coordinaci n Constituci n Pol tica Leyes especiales I.

3 FORMAS DE INICIAR ACTUACIONES. ADMINISTRATIVAS. Inter s General Inter s particular Obligaci n o Deber legal Autoridades, oficiosamente II. Derechos, deberes, prohibiciones, impedimentos y recusaciones DERECHOS DE LAS PERSONAS ANTE LAS. AUTORIDADES. Presentar peticiones Conocer estado actual actuaci n Obtener respuesta Ser tratado con respeto y dignidad Formular alegaciones Cualquier otro previsto en la II. Derechos, deberes, prohibiciones, impedimentos y recusaciones DEBERES DE LAS PERSONAS.. Acatar la Constituci n y las leyes . Obrar conforme al principio de la buena fe.

4 Ejercer con responsabilidad sus derechos . Trato respetuoso a los servidores II. Derechos, deberes, prohibiciones, impedimentos y recusaciones DEBERES. DE LAS AUTORIDADES EN LA ATENCI N AL P BLICO.. Trato respetuoso, considerado y diligente . Atenci n m nimo 40 horas semanales . Atender a los que hubieren ingresado a las oficinas dentro del horario de atenci n . Turnos . Carta trato digno al usuario y medios a disposici n . Tramitar peticiones enviadas v a fax o medios electr nicos . Dependencias especializadas para atender quejas, reclamos y orientaci n.

5 Adoptar medios tecnol gicos . Habilitar espacios adecuados para revisar expedientes y atenci n c moda y ordenada del p blico II. Derechos, deberes, prohibiciones, impedimentos y recusaciones PROHIBICIONES. DE LAS AUTORIDADES.. Negarse a recibir peticiones . Exigir presentaci n personal de peticiones, recursos o documentos cuando la ley no lo exija.. Asignar la presentaci n y atenci n del ciudadano a personal no capacitado.. No dar traslado de los documentos recibidos a quien deba hacerlo, dentro del termino legal.. Dilatar o entrabar el cumplimiento de decisiones en firme o de las providencias judiciales.

6 Intimidar de alguna manera a quienes quieran acudir ante la jurisdicci n de lo contencioso ADMINISTRATIVO para el control de sus actos. DEBER DE APLICACI N UNIFORME DE LAS. NORMAS Y JURISPRUDENCIA. Imposici n (Art. 10). Sentencias de unificaci n del Consejo de Estado. Sent. C-816/11 de 1 de noviembre, , Dr. Mauricio Gonz lez Cuervo CONFLICTOS DE INTERESES Y CAUSALES DE IMPEDIMENTO Y. RECUSACI N. Conflicto de intereses Incluy 16 causales de impedimento y recusaci n III. DERECHO DE PETICI N. Sent. C-818/11, Nov. 1, Jorge Ignacio Pretelt Chaljub.

7 REGLAS GENERALES. Toda actuaci n que inicie cualquier persona implica el derecho de petici n. CLASES. Solicitar reconocimiento de un derecho Se resuelva una situaci n jur dica Que se le preste un servicio Pedir informaci n, consultar, examinar y requerir copias Formular consultas, quejas, denuncias y reclamos e interponer recursos Solicitar la extensi n de la jurisprudencia del Consejo de Estado, entre otras T RMINOS PARA RESOLVER. 1. T rmino general Dentro de los 15 d as siguientes a su recepci n. 2. T rmino especial . Peticiones de documentos 10 d as.

8 Consecuencia.. Consultas 30 d as . Extensi n de la jurisprudencia del C. de E. 30 d as . Recursos 2 meses Imposibilidad resolver en t rmino No puede exceder doble. III. DERECHO DE PETICI N. CONTENIDO. 1) Designaci n autoridad 2) Nombres y apellidos 3) Objeto de la petici n 4) Razones que fundamenta la petici n 5) Relaci n de requisitos exigidos por la ley y de documentos 6) Firma peticionario Autoridad debe examinarla. En ning n caso ser incompleta por falta de documentos no incluidos en el marco legal y que no sean necesarios para resolver.

9 III. DERECHO DE PETICI N. PETICI N INCOMPLETA Y DESISTIMIENTO T CITO Y. EXPRESO, PETICIONES REITERATIVAS, ATENCI N. PRIORITARIA. 1) Requerimiento dentro de los 10 d as siguientes, para que en un mes la complete. Puede pedir pr rroga. Caso contrario desistimiento t cito. 2) Un mes si tiene que hacer el peticionario alguna gesti n de tr mite. 3) Desistimiento expreso. Puede continuar de oficio. 4) Peticiones irrespetuosas, oscuras o reiterativas. 5) Atenci n prioritaria de las peticiones de reconocimiento de un derecho fundamental, para evitar perjuicio irremediable.

10 Probar sumariamente titularidad y riesgo de perjuicio. III. DERECHO DE PETICI N. INFORMACI NES Y DOCUMENTOS RESERVADOS. INAPLICABILIDAD RESERVA. 1) Protegidos por secreto comercial o industrial. 2) Defensa o seguridad nacionales 3) Amparados por el secreto profesional 4) Hojas de vida, historia laboral, expedientes pensionales, historia cl nica, salvo que . 5) Condiciones financieras de operaciones de cr dito p blico y tesorer a, activos de la Naci n. Se levanta a los seis meses despu s de realizada la operaci n. III. DERECHO DE PETICI N.


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