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CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL - …

C DIGO ORG NICO INTEGRAL PENAL A o I N 180 Quito, lunes 10 de febrero de 2014 Valor: US$ + IVA ING. HUGO ENRIQUE DEL POZO BARREZUETA DIRECTOR Quito: Avenida 12 de Octubre N 23 990 y Wilson Edificio 12 de Octubre Segundo Piso Direcci n: Telf. 2901 629 Oficinas centrales y ventas: Telf. 2234 540 Distribuci n (Almac n): Ma osca N 201 y Av. 10 de Agosto Telf. 2430 110 Sucursal Guayaquil: Malec n N 1606 y Av. 10 de Agosto Telf. 2527 107 Suscripci n anual: US$ 400 + IVA para la ciudad de Quito US$ 450 + IVA para el resto del pa s Impreso en Editora Nacional 144 p ginas Al servicio del pa s desde el 1 de julio de 1895 S U P L E M E N T O 2 -- Suplemento -- Registro Oficial N 180 -- Lunes 10 de febrero de 2014 REP BLICA del ecuador ASAMBLEA NACIONAL Oficio No.

2 -- Suplemento -- Registro Oficial Nº 180 -- Lunes 10 de febrero de 2014 REPÚBLICA DEL ECUADOR ASAMBLEA NACIONAL Oficio No. SAN-2014-0138

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  Ecuador, Del ecuador

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1 C DIGO ORG NICO INTEGRAL PENAL A o I N 180 Quito, lunes 10 de febrero de 2014 Valor: US$ + IVA ING. HUGO ENRIQUE DEL POZO BARREZUETA DIRECTOR Quito: Avenida 12 de Octubre N 23 990 y Wilson Edificio 12 de Octubre Segundo Piso Direcci n: Telf. 2901 629 Oficinas centrales y ventas: Telf. 2234 540 Distribuci n (Almac n): Ma osca N 201 y Av. 10 de Agosto Telf. 2430 110 Sucursal Guayaquil: Malec n N 1606 y Av. 10 de Agosto Telf. 2527 107 Suscripci n anual: US$ 400 + IVA para la ciudad de Quito US$ 450 + IVA para el resto del pa s Impreso en Editora Nacional 144 p ginas Al servicio del pa s desde el 1 de julio de 1895 S U P L E M E N T O 2 -- Suplemento -- Registro Oficial N 180 -- Lunes 10 de febrero de 2014 REP BLICA del ecuador ASAMBLEA NACIONAL Oficio No.

2 SAN-2014-0138 Quito, 03 de febrero de 2014 Ingeniero Hugo Del Pozo Barrezueta DIRECTOR DEL REGISTRO OFICIAL De mis consideraciones: La Asamblea Nacional, de conformidad con las atribuciones que le confiere la Constituci n de la Rep blica del ecuador y la Ley Org nica de la Funci n Legislativa, discuti y aprob el CODIGO ORGANICO INTEGRAL PENAL . En sesi n del 28 de enero del 2014, el Pleno de la Asamblea Nacional conoci y se pronunci sobre la objeci n parcial del C digo Org nico INTEGRAL PENAL enviada por el se or Presidente Constitucional de la Rep blica. Por lo expuesto, y de acuerdo al Art culo 407 de la Constituci n de la Rep blica del ecuador y al Art culo 49 de la Ley Org nica de la Funci n Legislativa, acompa o el texto del C DIGO ORG NICO INTEGRAL PENAL , para que se sirva publicarlo en el Registro Oficial.

3 Atentamente, f.) DRA. LIBIA RIVAS ORD EZ, Secretaria General. REP BLICA del ecuador ASAMBLEA NACIONAL CERTIFICACI N En mi calidad de Secretaria General de la Asamblea Nacional, me permito CERTIFICAR que el Pleno de la Asamblea Nacional discuti y aprob el C DIGO ORG NICO INTEGRAL PENAL , en las siguientes fechas: PRIMER DEBATE: 28 de junio del 2012 03 de julio del 2012 04 de julio del 2012 05 de julio del 2012 10 de julio del 2012 11 de julio del 2012 12 de julio del 2012 17 de julio del 2012 SEGUNDO DEBATE: 09 de octubre del 2013 10 de octubre del 2013 11 de octubre del 2013 13 de octubre del 2013 05 de noviembre del 2013 11 de noviembre del 2013 17 de noviembre del 2013 OBJECI N PARCIAL.

4 28 de enero del 2014 Quito, 3 de febrero de 2014 f.) DRA. LIBIA RIVAS ORD EZ, Secretaria General. REP BLICA del ecuador ASAMBLEA NACIONAL EXPOSICI N DE MOTIVOS En las ltimas d cadas, el ecuador ha sufrido profundas transformaciones econ micas, sociales y pol ticas. La Constituci n del 2008, aprobada en las urnas, impone obligaciones inaplazables y urgentes como la revisi n del sistema jur dico para cumplir con el imperativo de justicia y certidumbre. La heterogeneidad de los componentes del sistema PENAL ecuatoriano, incluida la coexistencia de varios cuerpos legales dif ciles de acoplar en la pr ctica, ha generado una percepci n de impunidad y desconfianza.

5 Para configurar un verdadero cuerpo legal INTEGRAL se han considerado los siguientes aspectos: 1. Dimensi n hist rica En el ecuador -desde su poca republicana- se han promulgado cinco C digos Penales (1837, 1872, 1889, 1906 y 1938). La legislaci n PENAL vigente es una codificaci n m s y tiene una fuerte influencia del C digo italiano de 1930 (conocido como C digo Rocco ), argentino de 1922, belga de 1867 y -este a su vez- del franc s de 1810 ( C digo Napole nico ). En suma, tenemos un C digo de hace dos siglos con la influencia tr gica del siglo XX, que es la Ley PENAL del fascismo italiano.

6 El C digo PENAL vigente, antiguo, incompleto, disperso y retocado, ha sido permanentemente modificado. La codificaci n de 1971 ha soportado, en casi cuarenta a os -desde octubre de 1971 hasta la producida en mayo del 2010- cuarenta y seis reformas. A esto hay que sumar m s de doscientas normas no penales que tipifican infracciones. En materia de procedimiento PENAL ecuador ha tenido m s de cinco leyes. El C digo de Procedimiento PENAL vigente desde el a o 2000, introdujo un cambio fundamental en Suplemento -- Registro Oficial N 180 -- Lunes 10 de febrero de 2014 -- 3 relaci n con el procedimiento de 1983: el sistema acusatorio.

7 Sin embargo, no fue de f cil aplicaci n y sufri m ltiples modificaciones. En total, el C digo se ha reformado catorce veces. Estas reformas no tomaron en cuenta las normas penales sustantivas y pretendieron cambiar el sistema PENAL , modificando solamente una parte aislada. En relaci n con el C digo de Ejecuci n de Penas, este cuerpo legal se public por primera vez en 1982 y se ha reformado diez veces. Las normas penales de ejecuci n vigentes, elaboradas sin considerar las normas sustantivas y procesales, son inaplicables por su inconsistencia. T cnicamente no se puede rehabilitar a una persona que nunca ha sido habilitada , ni reinsertarla en una sociedad que tampoco es ideal para la reinserci n.

8 Adem s, el sistema funciona solo si cuenta con la voluntad de las personas condenadas. Esto ha generado, en definitiva, espacios propicios para la violencia y la corrupci n. Es evidente que las normas sustantivas, procesales y ejecutivas penales vigentes no responden a una sola l nea de pensamiento. Sus contextos hist ricos son muy diversos. Las finalidades y estructuras son distintas, sin coordinaci n alguna, inclusive contienen normas contradictorias. Esto se traduce en un sistema PENAL incoherente, poco pr ctico y disperso. 2. Imperativo constitucional La Constituci n al declarar al Estado como constitucional de derechos y justicia, define un nuevo orden de funcionamiento jur dico, pol tico y administrativo.

9 La fuerza normativa directa, los principios y normas incluidos en su texto y en el Bloque de Constitucionalidad confieren mayor legitimidad al C digo Org nico INTEGRAL PENAL , porque las disposiciones constitucionales no requieren la intermediaci n de la ley para que sean aplicables directamente por los jueces. Toda autoridad p blica que posee competencia para normar tiene la obligaci n de adecuar, formal y materialmente, las leyes y dem s normas jur dicas a los derechos previstos en la Constituci n y a los tratados internacionales que sean necesarios para garantizar la dignidad del ser humano o de las comunidades, pueblos y nacionalidades.

10 En ning n caso, las leyes, otras normas jur dicas, ni los actos del poder p blico atentar n contra los derechos que reconoce la Constituci n (art culo 84). Seg n el art culo 424 de la Constituci n de la Rep blica del ecuador , las normas y los actos del poder p blico deben mantener conformidad con las disposiciones constitucionales; caso contrario carecer n de eficacia jur dica. Desde este mandato, surge la necesidad de adecuar y actualizar el derecho PENAL , con todos sus componentes (sustantivo, adjetivo y ejecutivo), al nuevo est ndar constitucional. En consecuencia es indispensable determinar la correspondencia constitucional de los bienes jur dicos protegidos y las garant as de quienes se someten a un proceso PENAL en calidad de v ctimas o procesados para que est n adecuadamente regulados y protegidos.


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