Example: tourism industry

C Convenios OLECTIVOS - impo.com.uy

1 Grupo 8 - Subgrupo 05 - Cap tulo I - Talleres mec nicos, chapa y pintura ConveniosCOLECTIVOSG rupo 8 - Industria de Productos Met licos,Maquinarias y EquipoSubgrupo 05 - Talleres mec nicos, chapa y pintura yempresas de auxilio mec nico tulo I - Talleres mec nicos, chapa y pinturaDecreto N 626/008 de fecha 15/12/2008 Rep blica Oriental del Uruguay2 Convenios ColectivosPRESIDENTE DE LA REPUBLICADr. Tabar V zquezMINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZASCr. Alvaro Garc aMINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIALDr. Eduardo BonomiDIRECTOR NACIONAL DE TRABAJOSr. Julio BaraibarDIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION NACIONAL DEIMPRESIONES Y PUBLICACIONES OFICIALESSr. Alvaro P rez Monza3 Grupo 8 - Subgrupo 05 - Cap tulo I - Talleres mec nicos, chapa y pinturaDecreto 626/008 MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIALMINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZASM ontevideo, 15 de Diciembre de 2008 VISTO: El acuerdo logrado en el Grupo de Consejos de Salarios GrupoN 8 "Industria de Productos Met licos, Maquinarias y Equipo, etc.

Grupo 8 - Subgrupo 05 - Capítulo I - Talleres mecánicos, chapa y pintura 3 Decreto 626/008 MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Tags:

  Impo

Information

Domain:

Source:

Link to this page:

Please notify us if you found a problem with this document:

Other abuse

Transcription of C Convenios OLECTIVOS - impo.com.uy

1 1 Grupo 8 - Subgrupo 05 - Cap tulo I - Talleres mec nicos, chapa y pintura ConveniosCOLECTIVOSG rupo 8 - Industria de Productos Met licos,Maquinarias y EquipoSubgrupo 05 - Talleres mec nicos, chapa y pintura yempresas de auxilio mec nico tulo I - Talleres mec nicos, chapa y pinturaDecreto N 626/008 de fecha 15/12/2008 Rep blica Oriental del Uruguay2 Convenios ColectivosPRESIDENTE DE LA REPUBLICADr. Tabar V zquezMINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZASCr. Alvaro Garc aMINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIALDr. Eduardo BonomiDIRECTOR NACIONAL DE TRABAJOSr. Julio BaraibarDIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION NACIONAL DEIMPRESIONES Y PUBLICACIONES OFICIALESSr. Alvaro P rez Monza3 Grupo 8 - Subgrupo 05 - Cap tulo I - Talleres mec nicos, chapa y pinturaDecreto 626/008 MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIALMINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZASM ontevideo, 15 de Diciembre de 2008 VISTO: El acuerdo logrado en el Grupo de Consejos de Salarios GrupoN 8 "Industria de Productos Met licos, Maquinarias y Equipo, etc.

2 ",Subgrupo 05 Cap tulo I "Talleres mec nicos, chapa y pintura", convocadospor Decreto 105/005, de 7 de marzo de : Que el referido Consejo de Salarios alcanz un acuerdosuscripto en Convenio Colectivo de fecha 11 de noviembre de : Que a los efectos de asegurar el cumplimiento integralde lo acordado en todo el sector corresponde utilizar los mecanismosestablecidos en el Decreto Ley de 8 de junio de : A los fundamentos expuestos y a lo preceptuado en el Art culo1 del Decreto Ley de 8 de junio de PRESIDENTE DE LA REPUBLICADECRETA:1 ARTICULO 1 .- Establ cese que el Convenio Colectivo suscripto el 11de noviembre de 2008 en el Grupo N 8 "Industria de Productos Met licos,Maquinarias y Equipo, etc.

3 " Subgrupo 05, Cap tulo I: "Talleres mec nicos,chapa y pintura", que se publica como anexo al presente Decreto, rigecon car cter nacional, a partir del 1 de julio de 2008, para todas lasempresas y trabajadores comprendidos en dicho 2 .- Comun quese, publ quese, TABARE VAZQUEZ, Presidente de la Rep blica; EDUARDOBONOMI; ALVARO En la ciudad de Montevideo, el d a once de noviembre de dosmil ocho, reunido el Consejo de Salario del Grupo 8 "Industria deProductos Met licos, Maquinarias y Equipo, etc." Subgrupo N 05, Cap tuloI "Talleres Mec nicos, Chapa y Pintura", integrado por: Delegados delPoder Ejecutivo: Dras. Laura Bajac, Andrea Custodio, Marisa Arizeta yNora Calvo y Soc.

4 Maite Ciarniello; Delegados Empresariales: los ColectivosMarcos Maneiro, Marino Besinday y Norberto Franciulli, en representaci ndel Centro de Talleres Mec nicos de Autom viles (CTMA) y el Sr. JulioGuevara en representaci n de la C mara de Comercio; Delegaci n de losTrabajadores: la Sra. Alba Colombo y los Sres. Alejandro Rodr guez,Clodomiro S nchez y Carlos Clavijo en representaci n de la Uni n Nacionalde Trabajadores del Metal y Ramas Afines (UNTMRA); quienes convienendejar constancia de lo siguiente:PRIMERO: En el d a de la fecha, se suscribi un CONVENIOCOLECTIVO en el seno de este Consejo de Salarios Grupo 8 Sub grupo05 Cap tulo I, entre los delegados de los trabajadores y empleadores, queregir entre las partes entre el 1 de julio de 2008 al 31 de diciembre : Las partes presentan el Convenio en este mbito del Consejode Salarios y solicitan su extensi n por parte del Poder Ejecutivo,dict ndose el Decreto suscriben cinco ejemplares de igual tenor, en el lugar y COLECTIVO: En la ciudad de Montevideo, el d a once denoviembre de 2008, entre: Por una parte: los Sres.

5 Marcos Maneiro, JulioGuevara, Marino Besinday y Norberto Franciulli, representantes del sectorempleador; Y por otra parte: la Sra. Alba Colombo y los Sres. AlejandroRodr guez, Clodomiro S nchez y Carlos Clavijo representantes de la Uni nNacional de Trabajadores del Metal y Ramas Afines; ambas partes encalidad de delegados y en nombre y representaci n de las empresas ytrabajadores que componen el Subgrupo N 05, Cap tulo I "Talleresmec nicos, chapa y pintura" del Consejo de Salarios del Grupo N 8"Industria de Productos met licos, maquinaria y equipos" quienesconvienen celebrar el presente convenio colectivo que regular lascondiciones laborales de la actividad del sector, conforme los siguientest rminos:PRIMERO: Vigencia y oportunidad de los ajustes salariales.

6 Elpresente convenio abarcar el per odo comprendido entre el 1 de juliodel a o 2008 y el 31 de diciembre del a o 2010, disponi ndose que seefectuar n ajustes semestrales el 1 de julio del a o 2008; el 1 de enerode 2009, el 1 de julio de 2009, el 1 de enero de 2010 y el 1 de julio : mbito de aplicaci n: Las normas del presente Acuerdotienen car cter nacional, regulando las relaciones laborales entre lostrabajadores y empresas comprendidos en el presente Subgrupo, Cap tulo5 Grupo 8 - Subgrupo 05 - Cap tulo I - Talleres mec nicos, chapa y pinturaI: Talleres Mec nicos, Chapa y Pintura que comprende a las siguientesactividades: Talleres Mec nicos en general, con o sin venta de repuestos,Talleres de Rectificado y Ajuste de motores, Talleres de reparaciones engeneral, Talleres Mec nicos de precisi n, Talleres de rodados, Talleresde chapa y pintura, de autos y camiones.

7 Talleres de radiadores, Talleresde tapicer a de autos y veh culos, Talleres de alineaci n de : Nuevas categor as y su descripci n, con vigencia apartir del 1 de julio de 2008: Se acuerda realizar algunasmodificaciones a la categorizaci n, descripci n y an lisis de cargosvigentes, dando como resultado que a partir del 1 de julio de 2008regir la descripci n que est contenida en el anexo adjunto y es parteintegrante del presente : Salarios m nimos. Los salarios m nimos contenidos en latabla que a continuaci n se incluyen, podr n integrarse con las partidasno gravadas a que hace referencia el art culo 167 de la Ley N 16713. Nose consideran comprendidas, las partidas que el trabajador pueda estarpercibiendo por los conceptos de antig edad o presentismo.

8 De estarpercibiendo alguna retribuci n por el ltimo de los conceptos referidos,las partes declaran su conformidad en el sentido de que las mismas nopodr n dejar de ser abonadas por el hecho de ausencias que respondana paro de actividades dispuesto por la central obrera de trabajadores y/opor UNTMRA. Salarios m nimos por categor a vigentes a partir del 1 dejulio de 2008:"Ver cuadro con informaci n adicional en el Diario Oficial impreso o enla imagen electr nica del mismo."6 Convenios Colectivos7 Grupo 8 - Subgrupo 05 - Cap tulo I - Talleres mec nicos, chapa y pintura8 Convenios ColectivosQUINTO: Ajuste salarial del 1 de julio de 2008: Todo trabajadorpercibir un aumento del 7% sobre su salario nominal vigente al 30 dejunio de 2008, que surge de la acumulaci n de los siguientes tems:a) Por concepto de correctivo: 2,13%;b) Por concepto de inflaci n esperada (promedio entre la mediana delas expectativa de inflaci n de los analistas privados para julio -diciembre2008 y centro de la banda del Banco Central del Uruguay para el pr ximosemestre): 2,69%;c) Por concepto de crecimiento, 2,02%.

9 SEXTO: Ajustes salariales:Cap tulo A: Ajustes salariales para los salarios m nimos por categor A partir del 1 de enero de 2009, los salarios m nimos incluidos enel cuadro previsto en la cl usula 4 , ser n ajustados seg n surge de laacumulaci n de los siguientes tems:a) Por concepto de correctivo, las diferencias en m s o en menos entrela inflaci n proyectada para el per odo 1 /07/08 - 31/12/08 y la variaci nreal del IPC del mismo per ) Por concepto de inflaci n esperada, el promedio entre la meta m nimay m xima de inflaci n (centro de la banda) del Banco Central del Uruguay,correspondiente al per odo 1 de enero de 2009 al 31 de diciembre de2009;c) Por concepto de crecimiento, 2,5%.

10 A partir del 1 de julio de 2009, los salarios m nimos ser n ajustadosen un 2,5% por concepto de A partir del 1 de enero de 2010, los salarios m nimos, ser najustados seg n surge de la acumulaci n de los siguientes tems:a) Por concepto de correctivo, las diferencias en m s o en menos entrela inflaci n proyectada para el per odo 1 /1/09 - 31/12/09 y la variaci nreal del IPC del mismo per ) Por concepto de inflaci n esperada, el promedio entre la metam nima y m xima de inflaci n (centro de la banda) del Banco Central delUruguay, correspondiente al per odo 1 de enero de 2010 al 31 de diciembrede 2010;c) Por concepto de crecimiento: 2,5%. A partir del 1 de julio de 2010, los salarios m nimos ser n ajustadosen un 2,5% por concepto de tulo B: Ajustes salariales para todos los trabajadores queperciban salarios superiores a los m nimos hasta los $ A partir del 1 de enero de 2009, los salarios ser n ajustados seg nsurge de la acumulaci n de los siguientes tems.


Related search queries