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CAPÍTULO I: MATRIMONIO Y DIVORCIO

1 CAP TULO I: MATRIMONIO Y DIVORCIO Dentro del primer apartado de este cap tulo, abordaremos las definiciones que se proporcionan sobre el MATRIMONIO en el mbito legal, doctrinal y personal, sus fines y requisitos. En cuanto a su concepci n legal, establecer lo dispuesto en el C digo Civil para el Distrito Federal (no existe ninguna disposici n en el C digo Civil Federal que establezca una definici n de MATRIMONIO ) y en el C digo Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla vigente al 2005 (para fines limitativos de esta tesis).

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1 1 CAP TULO I: MATRIMONIO Y DIVORCIO Dentro del primer apartado de este cap tulo, abordaremos las definiciones que se proporcionan sobre el MATRIMONIO en el mbito legal, doctrinal y personal, sus fines y requisitos. En cuanto a su concepci n legal, establecer lo dispuesto en el C digo Civil para el Distrito Federal (no existe ninguna disposici n en el C digo Civil Federal que establezca una definici n de MATRIMONIO ) y en el C digo Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla vigente al 2005 (para fines limitativos de esta tesis).

2 Por lo que respecta a su concepci n doctrinaria, fijar lo que han opinado distintos juristas expertos en la materia civil. Y por ltimo, dar mi concepci n personal del MATRIMONIO . Todo esto, con la finalidad de dejar por sentado que el MATRIMONIO es un contrato civil que requiere para su existencia la voluntad de las partes y explicar a los lectores el origen del DIVORCIO una vez constituida esta instituci n jur dica del MATRIMONIO ; con esto, no me refiero a que todos los matrimonios terminen en DIVORCIO , ya que ste no es la finalidad de la instituci n del MATRIMONIO , sino que existen ciertos factores sociales, personales, econ micos, emocionales, psicol gicos y culturales dentro de la relaci n creada por el MATRIMONIO que, como veremos , impiden continuarla.

3 Adem s se abordar en este mismo cap tulo, bajo un segundo apartado, lo relativo al DIVORCIO , sus distintas clases de acepciones, su origen legal y la justificaci n o necesidad de su existencia. 1. MATRIMONIO CONCEPTOS: Legal. En el Libro Primero De las Personas , T tulo Quinto Del MATRIMONIO , Cap tulo Segundo De los Requisitos para Contraer MATRIMONIO , art culo 146 del 2C digo Civil para el Distrito Federal, se define al MATRIMONIO como La uni n libre de un hombre y una mujer para realizar la comunidad de vida, en donde ambos se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua con la posibilidad de procrear hijos de manera libre, responsable e informada.

4 Debe celebrarse ante el juez del registro civil y con las formalidades que esta ley exige. En el Libro Segundo Familia , Cap tulo Segundo, art culo 294 del C digo Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla se establece la definici n de MATRIMONIO : El MATRIMONIO es un contrato civil, por el cual un solo hombre y una sola mujer, se unen en sociedad para perpetuar la especie y ayudarse en la lucha por la existencia. En cuanto a esta definici n, es innegable que los legisladores del Estado de Puebla conciben al MATRIMONIO como un contrato civil ya que contiene los requisitos de ste, independientemente de opiniones contrarias proporcionadas por los grandes juristas de nuestro pa s.

5 He de recordarles, en esta observaci n, que en cuanto a la jerarqu a de las fuentes del Derecho est por encima la ley sobre la doctrina. Doctrinal. Ricardo Couto public su Derecho Civil Mexicano1 dos a os despu s de que entrara en vigor la Ley de Relaciones Familiares. Era una obra que hab a preparado como comentario al C digo Civil de 1884 y que tuvo que actualizar insertando un ap ndice al Tomo Primero, sobre las personas, con la Ley de Relaciones Familiares y los comentarios correspondientes.

6 Couto entiende que el MATRIMONIO es un contrato civil especial y afirma que las relaciones jur dicas que 1 Couto, Ricardo. Derecho civil mexicano. M xico, 1919, 3ts. 3origina el MATRIMONIO no afectan en nada los intereses pecuniarios de los esposos, sino a sus intereses morales, y muy principalmente a los intereses de la sociedad, pero no saca de esta observaci n la consecuencia de que el MATRIMONIO sea m s bien un acto p blico que un contrato privado. Rafael Rojina Villegas, quiz el autor m s influyente en la doctrina civilista elaborada a partir del C digo de 1928, destina al MATRIMONIO varios cap tulos de su tratado titulado Derecho civil mexicano.

7 Rojina Villegas se ala como ha evolucionado el concepto de MATRIMONIO , concluyendo que en M xico, el articulo 130 de la Constituci n de 1917 ha establecido que el MATRIMONIO es un contrato civil y, por lo tanto, se regula exclusivamente por las leyes del 2 Tiene un cap tulo destinado especialmente a discernir la naturaleza jur dica del MATRIMONIO . En cuanto a la explicaci n de que el MATRIMONIO es un contrato, dice que esa ha sido la tesis tradicional desde que se separ el MATRIMONIO civil del religioso.

8 Luego transcribe p rrafos de Bonecasse y de Ruggiero que critican la tesis contractualista, afirmando que el MATRIMONIO es claramente diferente de los contratos, porque las partes del MATRIMONIO , a diferencia de las partes de un contrato, ni pueden modificar los derechos y obligaciones que surgen del consentimiento, ni pueden disolver el MATRIMONIO por s lo el mutuo disentimiento. Rojina Villegas declara: Que debe desecharse totalmente la tesis contractual del MATRIMONIO , pues adem s de las razones expuestas por Bonecasse, debe reconocerse que en el derecho de familia ha venido ganando terreno la idea de que el MATRIMONIO es un acto jur dico mixto en el cual participa en forma constitutiva del mismo, el Oficial del Registro En apoyo de esta tesis a ade que de acuerdo con el C digo, el MATRIMONIO requiere de la existencia del acta que elabora el mismo oficial.

9 2 Rojina Villegas, Rafael. Derecho civil mexicano, M xico, 1949, 3 ts. El MATRIMONIO se encuentra en el t. II, vol. 1, 3 dem, p. 344. 4 Explica que las leyes mexicanas e incluso la Constituci n han venido insistiendo en la naturaleza contractual del MATRIMONIO , pero eso lo hacen s lo para separar de manera radical el MATRIMONIO civil del religioso, es decir, negar el principio consagrado por el derecho can nico que dio car cter de sacramento al MATRIMONIO .

10 4 Cuando el art culo 130 constitucional afirma que el MATRIMONIO es un contrato, no fue la intenci n del legislador equipararlo a los dem s contratos, sino que su intenci n fue nicamente negar a la Iglesia toda ingerencia en la regulaci n jur dica del 5 Para Rojina, el MATRIMONIO es un acto jur dico, pero a la vez constitutivo de un estado jur dico, pues crea en los consortes una situaci n jur dica permanente . Rojina define al MATRIMONIO como una comunidad espiritual entre los consortes, por lo tanto, considera que ser a inmoral mantener una uni n en la que no hay afecto sino una repulsi n continua.


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