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CAPÍTULO XX-X NORMAS SOBRE LA GESTIÓN Y …

RECOPILACION ACTUALIZADA DE NORMAS Cap tulo XX-X Hoja 1 Circular N CAP TULO XX-X NORMAS SOBRE LA GESTI N Y POSICI N DE LIQUIDEZ I. consideraciones GENERALES El presente Cap tulo establece las disposiciones que las empresas bancarias deben considerar en relaci n con sus procesos de gesti n del riesgo de liquidez. Estas disposiciones han sido establecidas en concordancia con las recomendaciones internacionales SOBRE la materia y con las disposiciones impartidas en el Cap tulo del Compendio de NORMAS Financieras del Banco Central de Chile. En ese contexto, estas NORMAS establecen los principios y lineamientos b sicos que las empresas bancarias deben aplicar en sus procesos de gesti n del riesgo de liquidez, las precisiones o instrucciones complementarias para dar cumplimiento a los l mites y mediciones establecidos en el referido Cap tulo , y los elementos que deben tener en cuenta para la entrega de informaci n al p blico y a esta Superintendencia.

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1 RECOPILACION ACTUALIZADA DE NORMAS Cap tulo XX-X Hoja 1 Circular N CAP TULO XX-X NORMAS SOBRE LA GESTI N Y POSICI N DE LIQUIDEZ I. consideraciones GENERALES El presente Cap tulo establece las disposiciones que las empresas bancarias deben considerar en relaci n con sus procesos de gesti n del riesgo de liquidez. Estas disposiciones han sido establecidas en concordancia con las recomendaciones internacionales SOBRE la materia y con las disposiciones impartidas en el Cap tulo del Compendio de NORMAS Financieras del Banco Central de Chile. En ese contexto, estas NORMAS establecen los principios y lineamientos b sicos que las empresas bancarias deben aplicar en sus procesos de gesti n del riesgo de liquidez, las precisiones o instrucciones complementarias para dar cumplimiento a los l mites y mediciones establecidos en el referido Cap tulo , y los elementos que deben tener en cuenta para la entrega de informaci n al p blico y a esta Superintendencia.

2 II. PROCESO DE GESTI N DEL RIESGO DE LIQUIDEZ 1. Principios b sicos Las empresas bancarias son responsables de la adecuada administraci n de su riesgo de liquidez. Para ello, deben establecer un marco de gesti n robusto, orientado a mantener liquidez suficiente para hacer frente a sus compromisos, tanto en escenarios normales como ante situaciones de tensi n o de contingencia. Dicho marco debe atender a la estructura, el volumen y complejidad de los negocios de la instituci n; y considerar la gesti n activa de sus posiciones y riesgos, tanto de cierre como intra-d a, contribuyendo as al normal funcionamiento de los sistemas de pago, liquidaci n y compensaci n. RECOPILACION ACTUALIZADA DE NORMAS Cap tulo XX-X Hoja 2 Circular N El proceso de gesti n del riesgo de liquidez debe considerar de manera integrada cada una de las etapas que lo conforman, esto es, su identificaci n, cuantificaci n, limitaci n y control.

3 En este proceso es esencial la estructura interna de que dispone el banco para gestionar integralmente sus posiciones y riesgos de liquidez; y que debe estar sustentada en el rol del Directorio y la alta administraci n; en las instancias espec ficas de comit y las pol ticas relacionadas con la gesti n de la liquidez; en la existencia de funciones independientes encargadas de la medici n y monitoreo de los riesgos; en las actividades y herramientas para la cuantificaci n y monitoreo de riesgos, en condiciones normales y de tensi n, y en un marco de l mites que acoten estos riesgos; y en los planes dispuestos para hacer frente a contingencias. Para efectos de la presente normativa, las filiales en el exterior de bancos establecidos en Chile deber n desarrollar procesos de gesti n de liquidez independientes.

4 En este sentido, cada filial debe ser autosuficiente en su gesti n de liquidez, y por tanto, su administraci n no debe descansar en recursos de su casa matriz ni de otras filiales del grupo bancario. La adecuada adhesi n a las mejores pr cticas de gesti n que a continuaci n se describen ser parte de la evaluaci n de Gesti n que realiza este Organismo, seg n lo estipulado en el Cap tulo 1-13 de esta Recopilaci n. 2. Rol del Directorio y de la alta administraci n SOBRE el rol del Directorio El Directorio es el responsable del riesgo de liquidez asumido por el banco y de la prudencia en su gesti n. Por ello, debe asegurar que la entidad mantenga un marco de gesti n adecuado, acorde con el nivel, complejidad y volumen de sus actividades, y que le permita identificar, cuantificar, monitorear, limitar y controlar todas sus fuentes de riesgo de liquidez.

5 El Directorio debe asegurar que la entidad cuente con una Pol tica de Administraci n de Liquidez (PAL) y establecer los niveles de tolerancia espec ficos a este riesgo. A lo menos una vez al a o, el Directorio debe pronunciarse respecto de la Pol tica y de los niveles de tolerancia antes mencionados, dejando constancia de cualquier acuerdo adoptado en esta materia en el acta de la sesi n correspondiente. RECOPILACION ACTUALIZADA DE NORMAS Cap tulo XX-X Hoja 3 Circular N El nivel de tolerancia al riesgo establecido por el Directorio deber expresarse mediante una estructura de l mites comprensiva y consistente con los factores de riesgo espec ficos a la entidad. La definici n del nivel de tolerancia al riesgo de liquidez, deber adecuarse a la estrategia de negocio del banco, reflejando su situaci n financiera y su capacidad de financiamiento.

6 El Directorio debe conocer y comprender las distintas fuentes de riesgo de liquidez, el nivel de riesgo asumido y la eficacia de los l mites y controles dise ados para mantener este riesgo dentro de los niveles de tolerancia establecidos. Por consiguiente, debe efectuar un monitoreo permanente de la evoluci n de la situaci n de liquidez del banco y sus empresas filiales; y del cumplimiento de la pol tica aprobada y de las medidas adoptadas o que prevean adoptar los dem s rganos de la administraci n cuando la situaci n de liquidez se aparte, o pueda apartarse, de la pol tica aprobada y ponga en riesgo el oportuno cumplimiento de las obligaciones de la instituci n. Adem s, debe revisar los resultados de las pruebas de tensi n de liquidez con una periodicidad m nima trimestral.

7 El Directorio debe asegurar que la entidad est organizada para abordar integralmente la gesti n del riesgo de liquidez. En particular, que todos los niveles de la administraci n tengan un buen entendimiento del nivel de riesgo que el banco est dispuesto a asumir y de las pol ticas que regulan su gesti n. SOBRE el rol de la alta administraci n La administraci n del banco es responsable de proponer al Directorio las pol ticas para la administraci n de liquidez compatibles con la naturaleza, escala y complejidad de los negocios y la tolerancia al riesgo del banco. Asimismo debe apoyarlo en su tarea de definir el mecanismo de supervisi n de todas las filiales, en cada una de las jurisdicciones en las que el banco este presente.

8 La alta administraci n debe desarrollar estrategias y pr cticas para gestionar este riesgo, teniendo en cuenta las necesidades de liquidez tanto en condiciones normales como en periodos de tensi n; su estructura corporativa; sus productos y l neas de negocio relevantes; el desarrollo y profundidad de los mercados en que opera; y el marco regulatorio que rija en las jurisdicciones en que opere. Asimismo, deber analizar continuamente informaci n SOBRE la evoluci n de la liquidez del banco, notificando peri dicamente al Directorio. La administraci n debe revisar y evaluar la composici n, caracter sticas y diversificaci n de los activos y fuentes de financiamiento del banco, as como las estrategias de financiamiento en virtud de cualquier cambio en las condiciones financieras locales o externas.

9 RECOPILACION ACTUALIZADA DE NORMAS Cap tulo XX-X Hoja 4 Circular N La alta administraci n es responsable de integrar los resultados de las pruebas de tensi n a los procesos de planificaci n estrat gica del banco, a los planes de contingencia y a las pr cticas cotidianas de administraci n de riesgo. Asimismo, debe asegurarse de que las pruebas de tensi n y los planes de contingencia son los apropiados para la entidad bancaria; y que los activos l quidos mantenidos constituyen un resguardo efectivo para cubrir eventuales d ficits de efectivo cuando existan dificultades para acceder a fuentes de financiamiento no garantizado. La alta administraci n debe disponer una organizaci n funcional apropiada para la gesti n de la liquidez, con instancias de Comit de alta gerencia y funciones de administraci n y control independiente.

10 La alta administraci n debe constituir un Comit espec fico para la gesti n de activos y pasivos, para el an lisis de la situaci n de liquidez de la entidad y la determinaci n de las estrategias a seguir en el financiamiento de sus actividades. La composici n del Comit deber observar la representaci n de las diversas funciones que pueden influir directamente en el perfil de riesgo de liquidez de la entidad. Esta instancia deber reunirse con una periodicidad acorde a dicho perfil, dejando en acta todos los acuerdos tomados. Entre las funciones de este Comit estar n la definici n del marco de pol ticas y l mites para la gesti n del riesgo de liquidez; la aprobaci n de las metodolog as para la cuantificaci n de los riesgos; el an lisis de las estrategias comerciales y financieras y la evaluaci n de su impacto en la situaci n de liquidez del banco; el monitoreo del cumplimiento de los l mites internos establecidos para acotar los riesgos; la revisi n de la idoneidad y los resultados de las pruebas de tensi n y de la vigencia y suficiencia de los planes de contingencia; entre otros.


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