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Capítulo primero Introducción al derecho sucesorio y la ...

185 Cap tulo primeroIntroducci n al derecho sucesorioy la sucesi n testamentariaEn el derecho , la sucesi n implica que una persona, el testador o de cujus, traspase a otra, heredero o legatario. La herencia es la sucesi n de todos los bienes del difunto y de todos los derechos y obligaciones, que no se extinguen por la muerte. Puede ser vacante, yacente, aceptada y divisa. el testamento es un acto personal simo, revocable y libre, por medio del cual una persona capaz transmite y/ o dispone de sus bienes y derechos, declara o cumple deberes para despu s de su muerteI. Concepto de sucesi nLa sucesi n es el medio por el que una persona ocupa en derechos el lugar de otra; es decir, lleva impl cita la sustituci n de una persona, por cuanto a su titularidad de derechos y obligaciones, por otra que los adquirir a falta de la la muerte del testador o de cujus estamos frente a la sucesi n here-ditaria, y puede hacerse sobre todos los bienes del testador o de cujus, a lo que se denomina herencia, o bien sobre bienes determinados, a lo que se llama La sucesi n hereditaria

El testamento es un acto personalísimo, revocable y libre, por medio del cual una persona capaz, transmite y/o dispone de sus bienes y derechos, declara o cumple deberes para después de su muerte. El testador es la persona capaz que dispone de sus bienes y derechos a través de un testamento, en los términos de ley.

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1 185 Cap tulo primeroIntroducci n al derecho sucesorioy la sucesi n testamentariaEn el derecho , la sucesi n implica que una persona, el testador o de cujus, traspase a otra, heredero o legatario. La herencia es la sucesi n de todos los bienes del difunto y de todos los derechos y obligaciones, que no se extinguen por la muerte. Puede ser vacante, yacente, aceptada y divisa. el testamento es un acto personal simo, revocable y libre, por medio del cual una persona capaz transmite y/ o dispone de sus bienes y derechos, declara o cumple deberes para despu s de su muerteI. Concepto de sucesi nLa sucesi n es el medio por el que una persona ocupa en derechos el lugar de otra; es decir, lleva impl cita la sustituci n de una persona, por cuanto a su titularidad de derechos y obligaciones, por otra que los adquirir a falta de la la muerte del testador o de cujus estamos frente a la sucesi n here-ditaria, y puede hacerse sobre todos los bienes del testador o de cujus, a lo que se denomina herencia, o bien sobre bienes determinados, a lo que se llama La sucesi n hereditariaEn el derecho , la sucesi n hereditaria implica que una persona, el testador o de cujus, traspase a otra, heredero o legatario, su patrimonio.

2 Estos lti-mos ser n fundamentalmente sus familiares, transfiri ndoles la titularidad derecho DE FAMILIA Y SUCESIONES 18514/5/10 10:31:54 libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jur dica Virtual del Instituto de Investigaciones Jur dicas de la UNAM de familia y sucesiones186de bienes, derechos y obligaciones. Tambi n puede hacerlo a personas sin parentesco e inclusive instituciones p blicas o privadas. La herencia es la sucesi n en todos los bienes del difunto y en todos los derechos y obligaciones que no se extinguen por la herencia de conformidad a la parte del proceso sucesorio en que se encuentre puede estar:a) Vacante: a la muerte del de cujus, pero antes de saberse qui nes son los herederos o legatarios, o bien cuando identificado o identificados no la ) Yacente: es el estado en que se encuentra desde la muerte del cujus hasta la adjudicaci n de los bienes a los herederos o ) Aceptada: cuando los herederos o legatarios expresa o t citamente la ) Divisa.

3 Cuando ya se ha hecho la partici n de los bienes respecto de los herederos y legatarios y es posible realizar la adjudicaci n tanto del todo como de las partes que integran la masa hereditaria a cada uno de ellos, de acuerdo con la voluntad del testador puede disponer de sus bienes en todo, a t tulo universal, o en parte, a t tulo heredero adquiere a t tulo universal y responde de las cargas de la heren- cia hasta donde alcance el valor de los bienes que adquiere con la legatario adquiere a t tulo particular y s lo puede tener las cargas que el testador le imponga. Puede ser que toda la herencia se distribuya en legados, en este caso a los legatarios se les considerar la muerte del testador los herederos adquieren derecho al conjunto de bienes que integran la herencia o masa hereditaria como un patrimonio com n, mientras no se haga la partici n.

4 El heredero no puede disponer ni enajenar de las cosas que forman la sucesi n hereditaria sino hasta la muer-te del testador y siempre que se haya hecho la partici n y adjudicaci n de los el caso de los legatarios, stos adquieren derecho al legado en lo par-ticular, puro y simple, desde el momento de la muerte del de cujus y s lo podr n enajenar el o los bienes del legado hasta la muerte del principio de commoriencia es el que se aplica en el discernimiento del derecho de los herederos o de los legatarios a la sucesi n del de cujus, derecho DE FAMILIA Y SUCESIONES 18614/5/10 10:31:54 libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jur dica Virtual del Instituto de Investigaciones Jur dicas de la UNAM ste y aqu llos mueren al mismo tiempo.

5 En este sentido, cuando el autor de la herencia y sus herederos o legatarios mueren en el mismo evento, o en el mismo d a, sin que se pueda determinar qui n o qui nes murieron primero , se tendr n todos por muertos al mismo tiempo, y no habr lugar entre ellos a la transmisi n de la herencia o disposici n de los bienes que integran la masa hereditaria, en los t rminos antes mencionados, tanto por los herederos como por los le-gatarios, s lo puede hacerse a la muerte del de cujus. Para ello ste, es decir, el testador, expresar libremente su voluntad de transmitir y repartir sus bienes en un testamento . Cuando no lo establece en un testamento , es la ley la que determina qui nes son los herederos y en qu orden de el primer caso nos encontramos frente a la sucesi n testamentaria o voluntaria, y en el segundo, en la sucesi n leg tima, intestada o forzosa; stos son los dos sistemas para testar que existen.

6 Existe la posibilidad de que coexistan ambos sistemas en casos concretos, ya que el testador puede, como ya vimos, disponer en todo o en parte de sus bienes, pero la parte de que no disponga quedar regida por la sucesi n leg La sucesi n testamentariaEl testamento es un acto personal simo, revocable y libre, por medio del cual una persona capaz, transmite y/ o dispone de sus bienes y derechos, declara o cumple deberes para despu s de su testador es la persona capaz que dispone de sus bienes y derechos a trav s de un testamento , en los t rminos de 3 elementos a considerar en una sucesi n testamentaria por el testador:1) El derecho del testador a disponer, mientras se encuentra con vida, sobre la transmisi n de sus bienes para despu s de su ) El deber del testador de dar cumplimiento a las obligaciones y de-beres que guarda con respecto a su c nyuge, hijos y otros familiares con quien los tenga por disposici n de la ) Dar cumplimiento a cualquier otra obligaci n frente a terceros o que tenga con arreglo a la n al derecho sucesorio y la sucesi n testamentariaDERECHO DE FAMILIA Y SUCESIONES 18714/5/10 10:31.

7 54 libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jur dica Virtual del Instituto de Investigaciones Jur dicas de la UNAM de familia y sucesiones188 Respecto a las disposiciones del testamento , se pueden se alar como reglas de interpretaci n las siguientes:1) La disposici n hecha en t rminos vagos a favor de los parientes del testador se entender que se refiere a los parientes m s pr ximos, se-g n el orden de la sucesi n leg ) Toda disposici n testamentaria deber entenderse en el sentido literal de las palabras, a no ser que aparezca con notoria claridad que fue otra la voluntad del ) En caso de duda sobre la inteligencia o la interpretaci n de una dis-posici n testamentaria, se observar lo que parezca m s conforme a la intenci n del testador, seg n lo estipulado en el testamento y alguna prueba auxiliar que presenten los en caso de que un testamento se pierda o sea escondido, los interesados podr n exigir su cumplimiento si demuestran fehacientemente tales hechos, el contenido del testamento y que en su otorgamiento se lle-naron todas las formalidades legales.

8 1. Capacidad para testarPueden testar todos aquellos que no se encuentran impedidos por la ley para hacerlo. Se encuentran impedidos para testar:a) Los menores que no han cumplido diecis is a os de edad, ya se trate de varones o ) Los incapaces que habitual o accidentalmente no se encuentren en su sano juicio. La excepci n a este ltimo caso es el de aquellos dementes que hayan hecho un testamento en un periodo de lucidez ante notario p blico, siempre que el tutor y en defecto de ste la familia del incapaz hayan presentado por escrito una solicitud ante el juez competente para este fin. En este caso, el juez debe nombrar dos m dicos, de preferencia especialistas en la materia, para que examinen al incapaz y dictaminen sobre su estado mental.

9 El juez derecho DE FAMILIA Y SUCESIONES 18814/5/10 10:31:54 libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jur dica Virtual del Instituto de Investigaciones Jur dicas de la UNAM asistir al examen m dico y podr hacer todas las preguntas que estime convenientes para asegurarse del estado de lucidez del enfermo. Esta dili-gencia y sus resultados se deben hacer constar por La capacidad para heredarLa regla general es que puede heredar cualquier persona, de cualquier edad, y no pueden ser privados de ella por ning n excepci n a esta regla es que pueden perder la capacidad para heredar, con respecto a ciertas personas y ciertos bienes, por las siguientes causas:a) Falta de personalidad: es el caso de aquellos que no est n concebidos al tiempo de la muerte del testador, o los concebidos cuando no sean viables.

10 Recordemos que para efectos legales, se considera viable al producto desprendido enteramente del seno materno que vive vein-ticuatro horas o es presentado vivo al juez del registro que recordar que para efectos de sucesiones, nuestro derecho establece una excepci n a esta disposici n al crear una ficci n jur di-ca en la que los concebidos se tienen por nacidos y pueden heredar, siempre que cuando nazcan est n vivos, vivan veinticuatro horas o sean presentados vivos al juez del registro ) Delito: se refiere a los casos en los que se haya condenado por haber dado, mandado o intentar dar muerte al testador o a los parientes de ste, como el c nyuge, los hijos, los padres y los caso de haber sido condenado por delito, que merezca pena de prisi n, contra la persona del testador o los parientes ya se una persona haya hecho contra la persona del testador o sus parientes acusaci n de delito que merezca pena de prisi n, aun cuando sea fundada, cuando quien haga la acusaci n sea su ascendien-te, descendiente, c nyuge o hermano, salvo que lo haya tenido que hacer para salvar su vida, su honra, la de sus ascendientes, descendien-tes.


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