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CODIGO ORGANICO ADMINISTRATIVOLey 0 Registro Oficial Suplemento 31 de : VigenteNOTA GENERAL:El C digo Org nico ADMINISTRATIVO entrar en vigencia luego de transcurridos doce meses, contadosa partir de su publicaci n en el Registro Oficial. Dado por Disposici n Final, publicada en Ley No. 0de Registro Oficial Suplemento 31 de 7 de Julio del 2017 .ASAMBLEA NACIONAL REPUBLICA DEL ECUADORO ficio No. SAN 2017-0403 Quito, 03 de julio del 2017 IngenieroHugo del Pozo BarrezuetaDirector Del Registro OficialEn su mis consideraciones:La Asamblea Nacional, de conformidad con las atribuciones que le confiere la Constituci n de laRep blica del Ecuador y la Ley Org nica de la Funci n Legislativa, discuti y aprob el PROYECTODE CODIGO ORGANICO ADMINISTRATIVO sesi n de 20 de junio de 2017, el Pleno de la Asamblea Nacional conoci y se pronunci sobre laobjeci n parcial presentada por el se or ex Presidente Constitucional de la Rep lo expuesto, y, tal como dispone el art culo 138 de la Constituci n de la Rep blica del Ecuador yal Art culo 64 de la Ley Org nica de la Funci n Legislativa, acompa o el texto

CODIGO ORGANICO ADMINISTRATIVO Ley 0 Registro Oficial Suplemento 31 de 07-jul.-2017 Estado: Vigente NOTA GENERAL: El Código Orgánico Administrativo entrará en vigencia luego de transcurridos doce meses, contados

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1 CODIGO ORGANICO ADMINISTRATIVOLey 0 Registro Oficial Suplemento 31 de : VigenteNOTA GENERAL:El C digo Org nico ADMINISTRATIVO entrar en vigencia luego de transcurridos doce meses, contadosa partir de su publicaci n en el Registro Oficial. Dado por Disposici n Final, publicada en Ley No. 0de Registro Oficial Suplemento 31 de 7 de Julio del 2017 .ASAMBLEA NACIONAL REPUBLICA DEL ECUADORO ficio No. SAN 2017-0403 Quito, 03 de julio del 2017 IngenieroHugo del Pozo BarrezuetaDirector Del Registro OficialEn su mis consideraciones:La Asamblea Nacional, de conformidad con las atribuciones que le confiere la Constituci n de laRep blica del Ecuador y la Ley Org nica de la Funci n Legislativa, discuti y aprob el PROYECTODE CODIGO ORGANICO ADMINISTRATIVO sesi n de 20 de junio de 2017, el Pleno de la Asamblea Nacional conoci y se pronunci sobre laobjeci n parcial presentada por el se or ex Presidente Constitucional de la Rep lo expuesto, y, tal como dispone el art culo 138 de la Constituci n de la Rep blica del Ecuador yal Art culo 64 de la Ley Org nica de la Funci n Legislativa, acompa o el texto del CODIGOORGANICO ADMINISTRATIVO COA, para que se sirva publicarlo en el Registro ,f.

2 DRA. LIBIA RIVAS ORDO EZSecretaria GeneralASAMBLEA NACIONAL REPUBLICA DEL ECUADORCERTIFICACIONEn mi calidad de Secretaria General de la Asamblea Nacional, me permito CERTIFICAR que laAsamblea Nacional discuti el "PROYECTO DE CODIGO ORGANICO ADMINISTRATIVO COA", enprimer debate el 25 y 30 de agosto de 2016; y, se discuti en segundo debate el 5 y 19 de enero; seaprob el 10 de mayo de 2017; y, se pronunci cobre la objeci n parcial del ex PresidenteConstitucional de la Rep blica el 20 de junio de , 3 de julio de 2017f.) DRA. LIBIA RIVAS ORDO EZSecretaria GeneralREPUBLICA DEL ECUADOR ASAMBLEA NACIONALCODIGO ORGANICO ADMINISTRATIVO - P gina 1 LEXIS FINDER - PLENOC onsiderandoQue, el art culo 1 de la Constituci n de la Rep blica del Ecuador consagra al Estado comoconstitucional de derechos y justicia, por lo que es necesario realizar cambios normativos querespondan a su esp ritu;Que, la administraci n p blica constituye un servicio a la colectividad y se rige por los principiosproclamados expresamente en el art culo 227 de la Constituci n de la Rep blica del Ecuador.

3 Que, el ejercicio de la funci n administrativa exige coordinar acciones para el cumplimiento de losfines de las instituciones del Estado sus organismos y dependencias para hacer efectivo el goce yejercicio de los derechos reconocidos en la Constituci n de la Rep blica de acuerdo con el art culo226;Que, la profesionalizaci n del servicio p blico, garantizada en el art culo 234 de la Constituci n, atrav s de la formaci n y capacitaci n continua, requiere instrumentos simplificados y de f cilaplicaci n;Que, es necesario simplificar los tr mites que deben efectuar los ciudadanos ante lasadministraciones p blicas con el fin de desarrollar actividades productivas y tornar eficientes losmismos; y,En ejercicio de las atribuciones que le confieren el numeral 6 del art culo 120 de la Constituci n de laRep blica y el numeral 6 del art culo 9 de la Ley Org nica de la Funci n Legislativa, expide digo Org nico AdministrativoCOALIBRO PRELIMINAR NORMAS RECTORASTITULO I PRELIMINARArt.

4 Este C digo regula el ejercicio de la funci n administrativa de los organismos queconforman el sector p PRIMERO PRINCIPIOS GENERALESArt. Aplicaci n de los principios generales. En esta materia se aplicar n los principios previstosen la Constituci n, en los instrumentos internacionales y en este C Principio de eficacia. Las actuaciones administrativas se realizan en funci n del cumplimientode los fines previstos para cada rgano o entidad p blica, en el mbito de sus Principio de eficiencia. Las actuaciones administrativas aplicar n las medidas que faciliten elejercicio de los derechos de las personas. Se proh ben las dilaciones o retardos injustificados y laexigencia de requisitos puramente Principio de calidad.

5 Las administraciones p blicas deben satisfacer oportuna yadecuadamente las necesidades y expectativas de las personas, con criterios de objetividad yeficiencia, en el uso de los recursos p Principio de jerarqu a. Los organismos que conforman el Estado se estructuran y organizande manera escalonada. Los rganos superiores dirigen y controlan la labor de sus subordinados yresuelven los conflictos entre los ORGANICO ADMINISTRATIVO - P gina 2 LEXIS FINDER - Principio de desconcentraci n. La funci n administrativa se desarrolla bajo el criterio dedistribuci n objetiva de funciones, privilegia la delegaci n de la repartici n de funciones entre los rganos de una misma administraci n p blica, para descongestionar y acercar las administracionesa las Principio de descentralizaci n.

6 Los organismos del Estado propenden a la instauraci n de ladivisi n objetiva de funciones y la divisi n subjetiva de rganos, entre las diferentes administracionesp Principio de coordinaci n. Las administraciones p blicas desarrollan sus competencias deforma racional y ordenada, evitan las duplicidades y las Principio de participaci n. Las personas deben estar presentes e influir en las cuestiones deinter s general a trav s de los mecanismos previstos en el ordenamiento jur Principio de planificaci n. Las actuaciones administrativas se llevan a cabo sobre la base dela definici n de objetivos, ordenaci n de recursos, determinaci n de m todos y mecanismos deorganizaci Principio de transparencia. Las personas acceder n a la informaci n p blica y de inter sgeneral, a los registros, expedientes y archivos administrativos, en la forma prevista en este C digo yla Principio de evaluaci n.

7 Las administraciones p blicas deben crear y propiciar canalespermanentes de evaluaci n de la satisfacci n de las personas frente al servicio p blico Principio de juridicidad. La actuaci n administrativa se somete a la Constituci n, a losinstrumentos internacionales, a la ley, a los principios, a la jurisprudencia aplicable y al presenteC potestad discrecional se utilizar conforme a Principio de responsabilidad. El Estado responder por los da os como consecuencia de lafalta o deficiencia en la prestaci n de los servicios p blicos o las acciones u omisiones de susservidores p blicos o los sujetos de derecho privado que act an en ejercicio de una potestad p blicapor delegaci n del Estado y sus dependientes, controlados o Estado har efectiva la responsabilidad de la o el servidor p blico por actos u omisiones dolosos oculposos.

8 No hay servidor p blico exento de Principio de proporcionalidad. Las decisiones administrativas se adec an al fin previsto enel ordenamiento jur dico y se adoptan en un marco del justo equilibrio entre los diferentes se limitar el ejercicio de los derechos de las personas a trav s de la imposici n de cargas ograv menes que resulten desmedidos, en relaci n con el objetivo previsto en el ordenamientojur Principio de buena fe. Se presume que los servidores p blicos y las personas mantienen uncomportamiento legal y adecuado en el ejercicio de sus competencias, derechos y SEGUNDOPRINCIPIOS DE LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA EN RELACIONCON LAS PERSONASArt. Principio de interdicci n de la arbitrariedad. Los organismos que conforman el sectorCODIGO ORGANICO ADMINISTRATIVO - P gina 3 LEXIS FINDER - blico, deber n emitir sus actos conforme a los principios de juridicidad e igualdad y no podr nrealizar interpretaciones ejercicio de las potestades discrecionales, observar los derechos individuales, el deber demotivaci n y la debida Principio de imparcialidad e servidores p blicos evitar n resolver por afectos o desafectos que supongan un conflicto deintereses o generen actuaciones incompatibles con el inter s servidores p blicos tomar n sus resoluciones de manera aut Principio de control.

9 Los rganos que conforman el sector p blico y entidades p blicascompetentes velar n por el respeto del principio de juridicidad, sin que esta actividad impliqueafectaci n o menoscabo en el ejercicio de las competencias asignadas a los rganos y entidades acargo de los asuntos sometidos a rganos y entidades p blicas, con competencias de control, no podr n sustituir a aquellossometidos a dicho control, en el ejercicio de las competencias a su personas participar n en el control de la actividad administrativa a trav s de los Principio de tica y probidad. Los servidores p blicos, as como las personas que serelacionan con las administraciones p blicas, actuar n con rectitud, lealtad y las administraciones p blicas se promover la misi n de servicio, probidad, honradez, integridad,imparcialidad, buena fe, confianza mutua, solidaridad, transparencia, dedicaci n al trabajo, en elmarco de los m s altos est ndares profesionales; el respeto a las personas, la diligencia y laprimac a del inter s general, sobre el Principios de seguridad jur dica y confianza leg tima.

10 Las administraciones p blicasactuar n bajo los criterios de certeza y actuaci n administrativa ser respetuosa con las expectativas que razonablemente hayagenerado la propia administraci n p blica en el pasado. La aplicaci n del principio de confianzaleg tima no impide que las administraciones puedan cambiar, de forma motivada, la pol tica o elcriterio que emplear n en el derechos de las personas no se afectar n por errores u omisiones de los servidores p blicos enlos procedimientos administrativos, salvo que el error u omisi n haya sido inducido por culpa grave odolo de la persona Principio de racionalidad. La decisi n de las administraciones p blicas debe estar Principio de protecci n de la intimidad.


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