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COMISIÓN ECONÓMICA PARA EUROPA División de …

comisi N ECON MICA para EUROPA divisi n de Transporte (versiones consolidadas en 2006) NACIONES UNIDAS Nueva York y Ginebra, 2007 Descargo de Responsabilidad La presente publicaci n, que contiene las versiones consolidadas de la Convenci n de Viena sobre la circulaci n vial y el Acuerdo Europeo que la complementa, se ha preparado con fines de informaci n y referencia. No se trata de un documento jur dico y no se pretende que sustituya a los textos oficiales de la Convenci n y del Acuerdo o a sus enmiendas. En la p gina ix de la presente publicaci n se facilitan las signaturas de los textos oficiales. ECE/TRANS/195 PUBLICACI N DE LAS NACIONES UNIDAS N de venta: ISBN: 978-92-1-339041-2 iii Pr logo Como usuarios de las v as de circulaci n en nuestra vida cotidiana, tendemos a dar por sentada la existencia de un sistema de normas y se alizaci n viales que se ha elaborado para regular el tr fico y evitar accidentes.

vii Antecedentes Los orígenes de la legislación vial internacional se remontan a la Convención internacional sobre la circulación de vehículos a motor, concluida en París el 11 de octubre de 1909. En esa Convención ya se abordaban, en lo esencial, los …

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1 comisi N ECON MICA para EUROPA divisi n de Transporte (versiones consolidadas en 2006) NACIONES UNIDAS Nueva York y Ginebra, 2007 Descargo de Responsabilidad La presente publicaci n, que contiene las versiones consolidadas de la Convenci n de Viena sobre la circulaci n vial y el Acuerdo Europeo que la complementa, se ha preparado con fines de informaci n y referencia. No se trata de un documento jur dico y no se pretende que sustituya a los textos oficiales de la Convenci n y del Acuerdo o a sus enmiendas. En la p gina ix de la presente publicaci n se facilitan las signaturas de los textos oficiales. ECE/TRANS/195 PUBLICACI N DE LAS NACIONES UNIDAS N de venta: ISBN: 978-92-1-339041-2 iii Pr logo Como usuarios de las v as de circulaci n en nuestra vida cotidiana, tendemos a dar por sentada la existencia de un sistema de normas y se alizaci n viales que se ha elaborado para regular el tr fico y evitar accidentes.

2 Sin embargo, se ha invertido una considerable cantidad de recursos de investigaci n y planificaci n en ese sistema, que se ha ido desarrollando gradualmente desde los comienzos de la motorizaci n en los primeros a os del siglo XX, y de una forma m s acelerada desde la segunda guerra mundial. para que el tr fico sea eficiente, seguro y sostenible se precisan unas normas apropiadas para la construcci n de las carreteras, la fabricaci n de los veh culos y la circulaci n por los viales. Dada la dimensi n transfronteriza del tr fico por carretera, es esencial que esas normas se armonicen en el plano internacional sobre la base de unos instrumentos internacionalmente acordados.

3 La CEPE ha venido elaborando, desde su creaci n en 1947, normas internacionales sobre los diversos componentes del tr fico: la v a, el veh culo y el usuario. Esas normas, incorporadas en convenios y acuerdos jur dicamente vinculantes, se actualizan peri dicamente para que se mantengan a la par con las mejores pr cticas y las mejores tecnolog as disponibles. La aplicaci n de esos convenios y acuerdos en los pa ses de la CEPE ha contribuido en gran medida a reducir el n mero de personas fallecidas en las carreteras, a pesar del fuerte incremento del tr fico. No obstante, aunque esa tendencia es alentadora, no hay lugar para la complacencia. En 2004, m s de personas perdieron la vida y cerca de 5 millones m s resultaron heridas en accidentes de tr fico en la regi n de la CEPE.

4 A nivel mundial las cifras son aterradoras: cerca de 1,2 millones de personas mueren y entre 20 y 40 millones m s resultan heridas cada a o en accidentes de tr fico, cerca del 80% de ellas en pa ses de ingresos bajos y medios. Se estima que los accidentes de tr fico, adem s de las tragedias personales y el terrible sufrimiento humano que conllevan, cuestan a la sociedad en torno a los millones de d lares de los en todo el mundo. Un requisito b sico para reducir dr sticamente esas cifras es la promulgaci n de una legislaci n vial apropiada basada en los convenios internacionales pertinentes. La Asamblea General de las Naciones Unidas, en su resoluci n A/RES/60/5, alent a los Estados Miembros a que se adhiriesen a las Convenciones sobre la circulaci n vial y sobre la se alizaci n vial, a fin de asegurar un alto nivel de seguridad vial en sus pa ses, y tambi n los alent a que procurasen disminuir el n mero de muertos y heridos en accidentes de tr fico con miras a alcanzar los objetivos de desarrollo del Milenio.

5 La presente publicaci n contiene versiones consolidadas de la Convenci n de Viena sobre circulaci n vial y del Acuerdo Europeo que la complementa en las que se han incorporado todas las enmiendas redactadas y aprobadas por el Grupo de Trabajo sobre la seguridad vial ( ) de la CEPE con el fin de hacer m s estrictas sus disposiciones relativas a la seguridad. iv Creo que, si se aplican, esos instrumentos jur dicos contribuir n a evitar muchas muertes y lesiones en las carreteras de todo el mundo y aliento a todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas que a n no lo hayan hecho a que se adhieran a ellas y las apliquen lo antes posible. Se dice con frecuencia que el tiempo es oro.

6 En esta cuesti n, el tiempo son tambi n vidas humanas. Actuemos con rapidez para salvar muchas vidas. Marek Belka Secretario Ejecutivo comisi n Econ mica para EUROPA de las Naciones Unidasv NDICE P gina Descargo de responsabilidad .. ii Pr logo .. iii Antecedentes .. vii Parte I Convenci n sobre la circulaci n vial, de 1968 (Convenci n de Viena) .. 1 Cap tulo I Generalidades (art culos 1 a 4).. 3 Cap tulo II Reglas aplicables a la circulaci n vial (art culos 5 a 34).. 9 Cap tulo III Condiciones que han de reunir los autom viles y los remolques para ser admitidos en circulaci n internacional (art culos 35 a 40) .. 33 Cap tulo IV Conductores de autom viles (art culos 41 a 43).

7 36 Cap tulo V Condiciones que han de reunir los ciclos y los ciclomotores para ser admitidos en circulaci n internacional (art culo 44) .. 40 Cap tulo VI Disposiciones finales (art culos 45 a 56) .. 41 Anexos 1. Excepciones a la obligaci n de admitir en circulaci n internacional a los autom viles y a los remolques .. 49 2. N mero y placa de matr cula de los autom viles y de los remolques en circulaci n internacional .. 51 3. Signo distintivo de los autom viles y de los remolques en circulaci n 52 4. Marcas de identificaci n de los autom viles y sus remolques en circulaci n 54 5. Condiciones t cnicas relativas a los autom viles y a los remolques .. 55 Ap ndice: Definici n de los filtros de color para la obtenci n de los colores mencionados en el presente anexo (coordenadas tricrom ticas).

8 68 6. Permiso nacional para conducir .. 69 7. Permiso internacional para 74 vi NDICE (continuaci n) P gina Parte II Acuerdo Europeo que complementa la Convenci n sobre la circulaci n vial de 1968 .. 81 Texto del Acuerdo Europeo .. 83 Anexo del Acuerdo 89 Parte III Lista de signos distintivos utilizados en los veh culos en circulaci n 107 Parte IV Lista de las Partes Contratantes en la Convenci n sobre la circulaci n vial de 1968 .. 113 Declaraciones y reservas .. 118 Parte V Lista de las Partes Contratantes en el Acuerdo Europeo que complementa la Convenci n sobre la circulaci n vial de 1968 .. 129 ndice alfab tico de la Convenci n de Viena sobre la circulaci n vial y el Acuerdo Europeo que la complementa.

9 133 vii Antecedentes Los or genes de la legislaci n vial internacional se remontan a la Convenci n internacional sobre la circulaci n de veh culos a motor, concluida en Par s el 11 de octubre de 1909. En esa Convenci n ya se abordaban, en lo esencial, los problemas relacionados con la fabricaci n de autom viles, la admisi n al tr fico internacional y la se alizaci n. La expansi n de la circulaci n de autom viles condujo a la conclusi n en Par s, el 24 de abril de 1926, de dos nuevas convenciones mediante las que se pretend a enmendar y ampliar la Convenci n de 1909: la Convenci n internacional relativa a la circulaci n de veh culos automotores y la Convenci n internacional relativa a la circulaci n por carretera.

10 Como base para la elaboraci n de esas convenciones se utilizaron varios textos, especialmente el proyecto preparado por el Comit especial de estudio de la circulaci n por carretera de la Liga de las Naciones, un proyecto preparado por el Gobierno de Francia y un proyecto preparado por el Gobierno de Suecia en el que se contemplaba principalmente la normalizaci n de algunas se ales de advertencia de peligro. En la Convenci n de 1926 no se abordaba de forma exhaustiva la cuesti n de la se alizaci n. para cubrir esa laguna, el 30 de marzo de 1931 se concluy en Ginebra la Convenci n sobre la unificaci n del sistema de se ales en las carreteras.


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