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Condiciones generales comunes aplicables a Condiciones ...

CONDICIONESMARCOGENERALESVERSI NN BS08 generales comunes aplicables generales espec ficas aplicables al contrato generales espec ficas aplicables a los servicios deTARJETASDECR DITOYD generales espec ficas aplicables a laL NEAEXPANSI generales aplicables a generales espec ficas aplicables al contrato de Sabadell, S. A., (en adelante, "el Banco" o "Banco Sabadell"), con domicilio social en Alicante, Av. scar Espl , 37, con NIFA08000143, inscrito en el Registro Mercantil de Alicante, tomo 4070, folio 1 y hoja A-156980, es una entidad de cr dito sujeta a lasupervisi n del Banco de Espa a e inscrita en el registro administrativo especial con el n mero 0081.

E. Condiciones generales aplicables a los SERVICIOS DE PAGO. F. Condiciones generales específicas aplicables al contrato de BANCA A DISTANCIA y SERVICIO DE AVISOS. Banco de Sabadell, S. A., (en adelante, "el Banco" o "Banco Sabadell"), con domicilio social en Alicante, Av. Óscar Esplá, 37, con NIF

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1 CONDICIONESMARCOGENERALESVERSI NN BS08 generales comunes aplicables generales espec ficas aplicables al contrato generales espec ficas aplicables a los servicios deTARJETASDECR DITOYD generales espec ficas aplicables a laL NEAEXPANSI generales aplicables a generales espec ficas aplicables al contrato de Sabadell, S. A., (en adelante, "el Banco" o "Banco Sabadell"), con domicilio social en Alicante, Av. scar Espl , 37, con NIFA08000143, inscrito en el Registro Mercantil de Alicante, tomo 4070, folio 1 y hoja A-156980, es una entidad de cr dito sujeta a lasupervisi n del Banco de Espa a e inscrita en el registro administrativo especial con el n mero 0081.

2 La sede del Banco de Espa a est enMadrid, en calle Alcal , 48, 28014 Madrid. Direcci n de internet: direcci n de correo electr nico del Banco es se contrate con el Banco un producto o servicio que incorpore las presentes Condiciones generales predispuestas (en adelante, "CG"o " Condiciones generales "), estas ser n de aplicaci n al contrato que se formalice, pasando a formar parte integrante del mismo, previaaceptaci n expresa de los Titulares, sin perjuicio de las normas particulares y complementarias que puedan establecerse, las cuales, en casode discrepancia, regir n con car cter preferente a las Condiciones que a continuaci n se caso de que cualquiera de estas Condiciones generales sean declaradas o devengan ilegales, inv lidas o inaplicables conforme a la ley,ello no afectar la legalidad, la validez o el cumplimiento de las restantes Condiciones generales .

3 O las que las sustituyan en el futuro, est n a disposici n de todos los Titulares en formato papel en las oficinasdel Banco, y en formato digital en la p gina web del Banco. Los Titulares tienen derecho a solicitar estas CG en un soporte duradero encualquier momento, a trav s de su rdidaosustracci , ndeRiesgos(CIR). gimendeprotecci adeDep la persona a cuyo nombre est la cuenta, producto o servicio contratado con el Banco. Podr n ser Titulares (en adelante, "losTitulares", aunque sea solo uno) de los productos y servicios del Banco, previa conformidad del mismo, cualquier persona f sica ojur dica, organismo o Titulares pueden autorizar a una o a varias personas (de aqu en adelante, "los Autorizados", aunque solo sea uno), para que opereny dispongan del saldo de la cuenta o realicen la operativa propia del producto o servicio, con las facultades y l mites establecidos por # !

4 #DVC3907#P gina 1 / 32171103104720-50280043851884733110 Las autorizaciones otorgadas por los Titulares, o por un solo Titular en caso de que el tipo de firma de la cuenta, producto o servicio seaindistinta, ser n v lidas y vigentes en tanto el Banco no reciba notificaci n por escrito de su revocaci n por parte de cualquiera de caso de pluralidad de Titulares, estos podr n disponer y actuar con relaci n a los productos y/o servicios contratados de formaindistinta o conjunta, seg n la modalidad establecida en el contrato del producto o servicio o seg n haya establecido el Banco para elproducto contratado.

5 En el caso de que no se indique expresamente, las facultades se considerar n indistintas a todos los Cuando las facultades de la cuenta sean indistintas (solidarias), los Titulares o Autorizados podr n disponer, saldar la cuenta,ordenar modificaciones y actuar individualmente, sin necesidad de comunicarlo el Banco al resto de Titulares. Estos se autorizanrec procamente para que cualesquiera de ellos, en forma indistinta, por cuenta y riesgo de la totalidad de Titulares, pueda ordenaral Banco la realizaci n de todo tipo de operaciones sin exclusi Cuando las facultades de la cuenta sean conjuntas (mancomunadas)

6 , los Titulares o Autorizados deber n disponer y actuarconjuntamente en la forma a tal efecto prevista y utilizar nicamente aquellos servicios que permiten la concurrencia de firmas,c digos, claves, tarjetas, y dem s instrumentos establecidos al menores de edad, los sujetos a tutela o los sometidos a cualquier otra limitaci n, tienen la obligaci n de exhibir los documentos envirtud de los cuales les est permitido la apertura y el uso de la cuenta o la contrataci n de productos y servicios con el Banco. Si nomanifiestan cualquier impedimento que pudiera existir, el Banco no ser caso de fallecimiento de alguno de los Titulares, los Titulares supervivientes o cualquiera de los autorizados si los hubiera, deber ninformar al Banco tan pronto como sea posible, incurriendo en las responsabilidades a que hubiera lugar en derecho en caso de nohacerlo.

7 Las rdenes realizadas desde la defunci n hasta el momento en que esta se haya puesto de manifiesto al Banco ser nresponsabilidad exclusiva del Titulares de las cuentas o de los productos/servicios responder n solidariamente y con renuncia a los beneficios de orden, excusi ny divisi n del pago de los saldos deudores o importes deudores que resulten a favor del Banco seg n los libros de este, debiendoproceder inmediatamente al reembolso, sin necesidad de que el Banco efect e reclamaci n cuenta que se utilice para la ejecuci n de las operaciones de pago (denominada en adelante "cuenta de pago") que soporte laoperaci n o servicio de pago determinar la condici n de "consumidor" o "no consumidor" de los el caso de que los Titulares no sean "Consumidores" (son consumidores las personas f sicas que act an con fines ajenos a suactividad econ mica, comercial o profesional, as como las personas jur dicas y las entidades sin personalidad jur dica que act en sin nimo de lucro en un mbito ajeno a una actividad comercial o empresarial), se conviene expresamente lo siguiente.

8 - Que no les resultar de aplicaci n el t tulo III de la Ley de Servicios de Pago (en adelante, "LSP"), ni los preceptos que recoge elart culo 23, apartado primero, de la misma; ni la Orden EHA/1608/2010, de 14 de junio, sobre transparencia de las Condiciones yrequisitos de informaci n aplicables a los servicios de Que podr n disponer del importe ingresado el d a h bil siguiente a la recepci n de los fondos y, en este caso, la fecha de valor delingreso es la del d a siguiente a su realizaci Que no les ser de aplicaci n el importe m ximo de responsabilidad del ordenante en caso de operaciones de pago no autorizadasestablecido en el art culo 32, apartado primero.

9 De la Que el Banco podr modificar las Condiciones del contrato comunic ndolo a los Titulares con un plazo de treinta (30) d as deantelaci En caso de disconformidad con las nuevas Condiciones , podr procederse a la resoluci n del contrato sin coste alguno si seefect a dentro de los citados treinta d as y a la liquidaci n de los importes pendientes por cualquier concepto de acuerdo con las ltimas Condiciones aceptadas por los Titulares, o a la formalizaci n de un nuevo contrato donde se recojan las Condiciones quedeber n regir desde aquel momento. En cualquier caso, si las modificaciones, incluso en los tipos de inter s o de cambio,implicasen un beneficio para los Titulares, el Banco las podr aplicar inmediatamente sin previo Que se podr n resolver los contratos y cancelar las cuentas, por parte del Banco o de los Titulares, con un simple aviso por escritocon una antelaci n de diez (10)

10 D as, como m nimo, no teniendo los Titulares derecho al reembolso por parte del Banco de losgastos y comisiones que se cobren peri dicamente por los servicios y que se hayan pagado por Que el Banco podr solicitar conformidad de cargo por cualquier medio y los Titulares no tendr n derecho a solicitar la devoluci nde la cantidad correspondiente a las operaciones de pago directamente autorizadas por ellos las cuales una vez ejecutadas seentienden firmes e irrevocables. En caso de disconformidad, tendr n que dirigirse directamente al Beneficiario de la operaci n depago (si es un adeudo), sin que quepa ninguna reclamaci n al Banco.


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