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Contribuyentes EMPRESARIO INDIVIDUAL - SII

Contribuyentes P gina 1 de 7 Este instructivo ha sido confeccionado de acuerdo con la normativa e instrucciones vigentes; las modificaciones posteriores deber n ser consideradas para la aplicaci n de la informaci n contenida en este documento. EMPRESARIO INDIVIDUAL Importante: esta informaci n que entrega el servicio de Impuestos Internos, es s lo una gu a de apoyo para los Contribuyentes . Es deber de todo contribuyente leer la normativa vigente del SII. C mo se define este contribuyente? Un EMPRESARIO INDIVIDUAL es una entidad integrada por el capital, dedicada a actividades industriales, mercantiles, y no esta organizada como una persona jur dica, si no que se encuentra formada por una sola persona natural, es decir, se trata de una empresa INDIVIDUAL , empresa unipersonal. Aspectos propios de este tipo de contribuyente Desde el punto tributario, son actividades que est n clasificadas en el comercio.

Importante: esta información que entrega el Servicio de Impuestos Internos, es sólo una guía de apoyo para los contribuyentes. Es deber de todo contribuyente leer la normativa vigente del SII. ¿Cómo se define este contribuyente? Un “empresario individual” es una entidad integrada por el capital, dedicada a actividades

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  Individuals, Grantee, Servicio, De servicio, Empresario individual, Empresario

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1 Contribuyentes P gina 1 de 7 Este instructivo ha sido confeccionado de acuerdo con la normativa e instrucciones vigentes; las modificaciones posteriores deber n ser consideradas para la aplicaci n de la informaci n contenida en este documento. EMPRESARIO INDIVIDUAL Importante: esta informaci n que entrega el servicio de Impuestos Internos, es s lo una gu a de apoyo para los Contribuyentes . Es deber de todo contribuyente leer la normativa vigente del SII. C mo se define este contribuyente? Un EMPRESARIO INDIVIDUAL es una entidad integrada por el capital, dedicada a actividades industriales, mercantiles, y no esta organizada como una persona jur dica, si no que se encuentra formada por una sola persona natural, es decir, se trata de una empresa INDIVIDUAL , empresa unipersonal. Aspectos propios de este tipo de contribuyente Desde el punto tributario, son actividades que est n clasificadas en el comercio.

2 Tributan en la 1 Categor a, en base a rentas efectivas. La responsabilidad del EMPRESARIO INDIVIDUAL es ilimitada, puede llegar a responder con sus bienes personales de las obligaciones o deudas contra das por la empresa. Temas de ayuda para el EMPRESARIO INDIVIDUAL : 1. C mo Inicio mis actividades como EMPRESARIO INDIVIDUAL ? 2. Qu debo hacer luego del inicio de mis actividades? 3. C mo efectuar Modificaciones y Actualizaci n de la Informaci n? 4. C mo tramitar solicitudes administrativas? 5. C mo dar aviso sobre p rdida de Documentos y registros? 6. Qu declaraciones de impuestos debo hacer como EMPRESARIO INDIVIDUAL ? 7. Qu pasa si no declar o la informaci n de mi declaraci n no cuadra con la del SII? 8. Qu pasa si cometo una infracci n tributaria o el SII determina que tengo diferencias de impuestos?

3 9. C mo solicitar condonaci n de intereses y multas? 10. C mo solicitar una revisi n de la actuaci n fiscalizadora (RAF)? 11. C mo efectuar formalmente un Reclamo de impuestos al SII? 12. C mo termino tributariamente mis actividades como EMPRESARIO INDIVIDUAL ? 13. Qu leyes o normativas son del inter s del EMPRESARIO INDIVIDUAL ? 1. C mo Inicio mis actividades como EMPRESARIO INDIVIDUAL ? Para realizar el tr mite del aviso de Inicio de Actividades como EMPRESARIO INDIVIDUAL , tiene las siguientes modalidades: a).- A trav s del sitio web del servicio de Impuestos Internos, men Registro de Contribuyentes , opci n Inicio de Actividades (personas naturales), desde la cual podr presentar electr nicamente este aviso. b).- A trav s del tr mite denominado Inicio de Actividades, en las unidades del servicio de Impuestos Internos correspondiente al domicilio del contribuyente.

4 Contribuyentes P gina 2 de 7 Desde el men C mo se hace para? en el sitio web del SII ( ), usted podr acceder a una descripci n paso a paso Inicio de Actividades personas naturales. Formulario 4415, disponible en la opci n Formularios de en el sitio web del SII. 2. Qu debo hacer luego del inicio de mis actividades? El Contribuyente debe esperar que un funcionario del SII verifique su domicilio y actividad, en el domicilio indicado en su iniciaci n de actividades (Casa Matriz), se le indicar entre qu fechas puede ocurrir este evento. Verificado positivamente, el contribuyente puede concurrir a timbrar documentos. Desde el men C mo se hace para? en sitio web del SII ( ), usted podr acceder a una descripci n paso a paso de Timbraje de Documentos. Formulario 3230, Timbraje de documentos y registros, disponible en la opci n Formularios en el sitio web del SII.

5 3. C mo efectuar Modificaciones y Actualizaci n de la Informaci n? Para realizar el tr mite de Modificaciones y Actualizaci n e la informaci n los Contribuyentes disponen de los siguientes medios: Mediante aplicaci n electr nica disponible en el sitio web del SII, men Registro de Contribuyentes , opci n Modificaciones y Avisos. Completando el formulario 3239 de Modificar y actualizar la Informaci n, y entreg ndolo en la unidad del SII correspondiente a su domicilio, con los antecedentes que sustenten la declaraci n. A continuaci n se entrega informaci n adicional: Desde el men C mo se hace en el sitio web del SII ( ), usted podr acceder a una descripci n paso a paso Modificaci n y Actualizaci n de Informaci n. Formulario 3239, de Modificaciones y actualizaci n de la Informaci n, disponible en la opci n Formularios en el sitio web del SII.

6 4. C mo tramitar solicitudes administrativas? Presentando ante la unidad del servicio , del domicilio del contribuyente, el formulario 2117, con los antecedentes que sustentan la solicitud. A continuaci n se entrega informaci n adicional: Desde el men C mo se hace para? en el sitio web del SII ( ) usted podr acceder a la opci n Presentar Solicitudes Administrativas y obtener una completa n mina de los diferentes tr mites de car cter administrativo que el contribuyente puede efectuar en el servicio de Impuestos Internos. Formulario 2117, de Solicitudes, disponible en la opci n Formularios en el sitio web del SII. Contribuyentes P gina 3 de 7 5. C mo dar aviso sobre p rdida de Documentos y registros? Completando el formulario 3238 de declarar la P rdida de documentos o inutilizar libros contables, y entreg ndolo en la unidad del SII correspondiente a su domicilio.

7 A continuaci n se entrega informaci n adicional: Desde el men C mo se hace para? en el sitio web del SII ( ), usted podr acceder a una descripci n paso a paso de P rdida de Documentos o inutilizaci n de libros contables. Formulario 3238, Aviso-Informe P rdida de Documentos, disponible en la opci n Formularios en el sitio web del SII. 6. Qu declaraciones de impuestos debo hacer como EMPRESARIO INDIVIDUAL ? Los Contribuyentes deben tener presente las siguientes declaraciones de impuestos, que deber n presentar en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias: Impuestos mensuales: Declarar IVA, PPM, y retenciones Declarar en Formulario 50 Calendario de IVA (Formulario 29) Impuestos anuales: Declarar Renta 7. Qu pasa si no declar o la informaci n de mi declaraci n no cuadra con la del SII?

8 A continuaci n se entrega la informaci n segmentada seg n el impuesto en cuesti n, seleccione la opci n de su inter s: Qu pasa si no declar IVA o la informaci n de mi declaraci n no cuadra con la del SII? Si no declar el IVA y est obligado a hacerlo, se encuentra como No Declarante por lo que ser notificado por el servicio por dicho incumplimiento, y deber declarar dentro del plazo se alado en la notificaci n. De no regularizar su situaci n se le generar una anotaci n por Inconcurrente a Operaci n IVA , la cual, le impedir realizar algunos tr mites importantes con el servicio . Los medios disponibles para declarar fuera de plazo son: a. Declarar por Internet a trav s de la aplicaci n de Declaraci n Formulario Electr nico . Para esto, requiere contar con clave, la que puede obtener en Obtenci n de Clave Secreta.

9 Si declara por este medio deber contar con un convenio con el banco para cargo autom tico en cuenta corriente, o bien poseer una cuenta corriente o tarjeta de cr dito para realizar pagos en l nea. El sistema le calcula en forma autom tica los recargos legales. b. Dirigirse a la unidad del servicio correspondiente a su domicilio al rea de Operaci n IVA y solicitar declarar fuera de plazo el per odo faltante. All le emitir n un giro con los impuestos y/o multas dependiendo del tipo de declaraci n presentada. Autom ticamente se le generar una anotaci n producto de la presentaci n fuera de plazo, la que ser anulada en la unidad una vez que el giro sea pagado. Esta anotaci n tambi n le impedir realizar algunos tr mites importantes con el servicio . Contribuyentes P gina 4 de 7 El hecho de no haber presentado su declaraci n dentro del plazo legal, generar reajustes, intereses y multas.

10 Si su informaci n no cuadra con la del SII y existen diferencias producto de alg n error u omisi n y por ello su declaraci n ha sido observada, usted deber regularizar su situaci n dentro del plazo se alado en la carta de Operaci n IVA, rectificando su declaraci n C mo hacerlo? Puede seguir las instrucciones presentes en la opci n Rectificar IVA (F29) en el men de Contribuyentes C mo se hace para? . De no regularizar su situaci n en el plazo se alado, se le generar una anotaci n por Inconcurrente a Operaci n IVA , la cual, le impedir realizar algunos tr mites importantes con el servicio . Formulario 29 de IVA mensual Qu pasa si no declar Renta o la informaci n de mi declaraci n no cuadra con la del SII? Si usted no declar rentas y estaba obligado a hacerlo, ser citado a las unidades del SII.


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