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CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO - …

CONVENCI N SOBRE LOS DERECHOS DEL NI O Junio de 2006 UNICEF COMIT ESPA OL Mauricio Legendre, 36. 28046 MadridTel fonos: 91 378 95 55/6 Fax: 91 314 74 DE PORTADA UNICEF/HQ04-0604/Giacomo PirozziDISE O Y PRODUCCI NRex MediaIMPRENTAN uevo SigloDep sito Legal: DL-M-26132-2006 Publicaci n impresa en papel 100% recicladoPuede realizarse la reproducci n total o parcial de esta publicaci nsiempre que se cite la fuente. unicef"No hay causa que merezcam s alta prioridad que laprotecci n y el desarrollo delni o, de quien dependen lasupervivencia, la estabilidad yel progreso de todas lasnaciones y, de hecho, de lacivilizaci n humana".Plan de Acci n de la Cumbre Mundial a favorde la Infancia, 30 de septiembre de 1990. CONVENCI N SOBRE LOS DERECHOS DEL NI O20 DE NOVIEMBRE DE 1989 Los DERECHOS de la infanciaest n plena-mente estipulados en la Convenci n so-bre los DERECHOS del Ni o.

Los derechos de la infanciaestán plena- mente estipulados en la Convención so-bre los Derechos del Niño. Elaborada du-rante 10 años con las aportaciones de re-

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1 CONVENCI N SOBRE LOS DERECHOS DEL NI O Junio de 2006 UNICEF COMIT ESPA OL Mauricio Legendre, 36. 28046 MadridTel fonos: 91 378 95 55/6 Fax: 91 314 74 DE PORTADA UNICEF/HQ04-0604/Giacomo PirozziDISE O Y PRODUCCI NRex MediaIMPRENTAN uevo SigloDep sito Legal: DL-M-26132-2006 Publicaci n impresa en papel 100% recicladoPuede realizarse la reproducci n total o parcial de esta publicaci nsiempre que se cite la fuente. unicef"No hay causa que merezcam s alta prioridad que laprotecci n y el desarrollo delni o, de quien dependen lasupervivencia, la estabilidad yel progreso de todas lasnaciones y, de hecho, de lacivilizaci n humana".Plan de Acci n de la Cumbre Mundial a favorde la Infancia, 30 de septiembre de 1990. CONVENCI N SOBRE LOS DERECHOS DEL NI O20 DE NOVIEMBRE DE 1989 Los DERECHOS de la infanciaest n plena-mente estipulados en la Convenci n so-bre los DERECHOS del Ni o.

2 Elaborada du-rante 10 a os con las aportaciones de re-presentantes de diversas sociedades,culturas y religiones, la Convenci n fueaprobada como tratado internacional dederechos humanos el 20 de noviembrede 1989. La Convenci n, a lo largo de sus 54 art -culos, reconoce que los ni os (seres hu-manos menores de 18 a os) son indivi-duos con derecho de pleno desarrollo f si-co, mental y social, y con derecho a ex-presar libremente sus opiniones. Adem sla Convenci n es tambi n un modelo pa-ra la salud, la supervivencia y el progresode toda la sociedad humana. La Convenci n, como primera ley interna-cional SOBRE los DERECHOS de los ni os yni as, es de car cter obligatorio para losEstados firmantes. Estos pa ses informanal Comit de los DERECHOS del Ni o sobrelos pasos que han adoptado para aplicarlo establecido en la Convenci n. Es tambi n obligaci n del Estado adoptarlas medidas necesarias para dar efectivi-dad a todos los DERECHOS reconocidos enla Convenci n.

3 Una Convenci n SOBRE los DERECHOS delni o era necesaria porque a n cuandomuchos pa ses ten an leyes que proteg ana la infancia, algunos no las los ni os esto significaba con fre-cuencia pobreza, acceso desigual a laeducaci n, abandono. Unos problemasque afectaban tanto a los ni os de los pa- ses ricos como pobres. En este sentido, la aceptaci n de la Con-venci n por parte de un n mero tan ele-vado de pa ses ha reforzado el reconoci-miento de la dignidad humana fundamen-tal de la infancia as como la necesidad degarantizar su protecci n y Convenci n SOBRE los DERECHOS delNi o se ha utilizado en todo el mundopara promover y proteger los derechosde la infancia. Desde su aprobaci n, enel mundo, se han producido avancesconsiderables en el cumplimiento de losderechos de la infancia a la superviven-cia, la salud y la educaci n, a trav s dela prestaci n de bienes y servicios esen-ciales; as como un reconocimiento cada6/ Convenci n SOBRE los DERECHOS del Ni o UNICEF Comit Espa olINTRODUCCI NCONVENCI N SOBRE LOS DERECHOS DEL NI O vez mayor de la necesidad de establecerun entorno protector que defienda a losni os y ni as de la explotaci n, los ma-los tratos y la violencia.

4 Prueba de elloes la entrada en vigor en 2002 de dosProtocolos Facultativos, uno relativo a laventa de ni os, la prostituci n infantil yla utilizaci n de ni os en la pornograf a,y el relativo a la participaci n de ni osen los conflictos embargo, todav a queda mucho porhacer para crear un mundo apropiado pa-ra la infancia. Los progresos han sido de-siguales, y algunos pa ses se encuentranm s retrasados que otros en la obligaci nde dar a los DERECHOS de la infancia la im-portancia que merecen. Y en varias regio-nes y pa ses, algunos de los avances pa-recen estar en peligro de retroceso debi-do a las amenazas que suponen la pobre-za, los conflictos armados y el y cada uno de nosotros tenemosuna funci n que desempe ar para asegu-rar que todos los ni os y ni as disfrutende su misi n de UNICEF consiste en protegerlos DERECHOS de ni os y ni as, para con-tribuir a resolver sus necesidades b sicasy ampliar sus oportunidades a fin de quealcancen su pleno potencial.

5 Para ello,UNICEF se rige bajo las disposiciones yprincipios de la Convenci n SOBRE los De-rechos del Ni una nueva perspectiva de avancedel cumplimiento de los DERECHOS de lainfancia, a trav s de los Objetivos de De-sarrollo para el Milenio que 189 EstadosMiembros de Naciones Unidas firmaronen el a o 2000 y que suponen un reno-vado compromiso colectivo de la comu-nidad internacional para avanzar haciael desarrollo humano de los pa de los ocho Objetivos de Desarrollopara el Milenio pueden lograrse mejor sise protegen los DERECHOS de la infanciaa la salud, la educaci n, la protecci n yla igualdad. De esta manera, el compro-miso de UNICEF a favor de la infancia,desde sus 60 a os de existencia, asumenecesariamente una funci n central parahacer realidad estos objetivos y transfor-mar el mundo en un lugar mejor ESPA OLConvenci n SOBRE los DERECHOS del Ni o UNICEF Comit Espa ol /7 unicef Resumen no oficial de lasdisposiciones principalesPRE MBULOEl Pre mbulo recuerda losprincipios fundamentales delas Naciones Unidas y lasdisposiciones precisas dealgunos tratados ydeclaraciones relativos a losderechos del hombre;reafirma la necesidad deproporcionar a los ni oscuidado y asistenciaespeciales en raz n de suvulnerabilidad.

6 Subraya demanera especial laresponsabilidad primordial dela familia por lo que respectaa la protecci n y laasistencia, la necesidad deuna protecci n jur dica y nojur dica del ni o antes ydespu s del nacimiento, laimportancia del respeto delos valores culturales de lacomunidad del ni o y el papelcrucial de la cooperaci ninternacional para que losderechos del ni o se Convenci n SOBRE los DERECHOS del Ni o UNICEF Comit Espa olPRE MBULOLos Estados Partes en la presente Convenci n, Considerando que, de conformidad con los principiosproclamados en la Carta de las Naciones Unidas, la li-bertad, la justicia y la paz en el mundo se basan en elreconocimiento de la dignidad intr nseca y de los dere-chos iguales e inalienables de todos los miembros de lafamilia humana, Teniendo presente que los pueblos de las Naciones Uni-das han reafirmado en la Carta su fe en los derechosfundamentales del hombre y en la dignidad y el valorde la persona humana, y que han decidido promover elprogreso social y elevar el nivel de vida dentro de unconcepto m s amplio de la libertad, Reconociendo que las Naciones Unidas han proclama-do y acordado en la Declaraci n Universal de Dere-chos Humanos y en los pactos internacionales de de-rechos humanos, que toda persona tiene todos los de-rechos y libertades enunciados en ellos, sin distinci nalguna, por motivos de raza, color, sexo, idioma, reli-gi n, opini n pol tica o de otra ndole, origen nacionalo social, posici n econ mica, nacimiento o cualquierotra condici n.

7 Recordando que en la Declaraci n Universal de Dere-chos Humanos las Naciones Unidas proclamaron quela infancia tiene derecho a cuidados y asistencia es-peciales, Convencidos de que la familia, como grupo fundamen-tal de la sociedad y medio natural para el crecimiento yel bienestar de todos sus miembros, y en particular delos ni os, debe recibir la protecci n y asistencia necesa-rias para poder asumir plenamente sus responsabilida-des dentro de la comunidad, Reconociendo que el ni o, para el pleno y armoniosodesarrollo de su personalidad, debe crecer en el senode la familia, en un ambiente de felicidad, amor ycomprensi n, Considerando que el ni o debe estar plenamente pre-parado para una vida independiente en sociedad y sereducado en el esp ritu de los ideales proclamados en Convenci n SOBRE los DERECHOS del Ni o UNICEF Comit Espa ol /9la Carta de las Naciones Unidas y, en particular, en unesp ritu de paz, dignidad, tolerancia, libertad, igualdady solidaridad, Teniendo presente que la necesidad de proporcionar alni o una protecci n especial ha sido enunciada en laDeclaraci n de Ginebra de 1924 SOBRE los Derechosdel Ni o y en la Declaraci n de los DERECHOS del Ni oadoptada por la Asamblea General el 20 de noviembrede 1959, y reconocida en la Declaraci n Universal deDerechos Humanos, en el Pacto Internacional de Dere-chos Civiles y Pol ticos (en particular, en los art culos23 y 24)

8 , en el Pacto Internacional de DERECHOS Econ -micos, Sociales y Culturales (en particular, en el art cu-lo 10) y en los estatutos e instrumentos pertinentes delos organismos especializados y de las organizacionesinternacionales que se interesan en el bienestar del ni- o, Teniendo presente que, como se indica en la Declara-ci n de los DERECHOS del Ni o, "el ni o, por su falta demadurez f sica y mental, necesita protecci n y cuidadoespeciales, incluso la debida protecci n legal, tanto an-tes como despu s del nacimiento", Recordando lo dispuesto en la Declaraci n SOBRE losprincipios sociales y jur dicos relativos a la protecci n yel bienestar de los ni os, con particular referencia a laadopci n y la colocaci n en hogares de guarda, en losplanos nacional e internacional; las Reglas m nimas delas Naciones Unidas para la administraci n de la justi-cia de menores (Reglas de Beijing).

9 Y la Declaraci n so-bre la protecci n de la mujer y el ni o en estados deemergencia o de conflicto armado, Reconociendo que en todos los pa ses del mundo hayni os que viven en condiciones excepcionalmente dif -ciles y que esos ni os necesitan especial consideraci n, Teniendo debidamente en cuenta la importancia de lastradiciones y los valores culturales de cada pueblo parala protecci n y el desarrollo armonioso del ni o, Reconociendo la importancia de la cooperaci n interna-cional para el mejoramiento de las condiciones de vidade los ni os en todos los pa ses, en particular en los pa- ses en desarrollo, Han convenido en lo siguiente: PARTE IArt culo 1 Para los efectos de la presente Convenci n, se entiendepor ni o todo ser humano menor de dieciocho a os deedad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable,haya alcanzado antes la mayor a de edad. Art culo 21. Los Estados Partes respetar n los DERECHOS enuncia-dos en la presente Convenci n y asegurar n su aplica-ci n a cada ni o sujeto a su jurisdicci n, sin distinci nalguna, independientemente de la raza, el color, el sexo,el idioma, la religi n, la opini n pol tica o de otra ndo-le, el origen nacional, tnico o social, la posici n econ -mica, los impedimentos f sicos, el nacimiento o cual-quier otra condici n del ni o, de sus padres o de sus re-presentantes legales.

10 2. Los Estados Partes tomar n todas las medidas apro-piadas para garantizar que el ni o se vea protegidocontra toda forma de discriminaci n o castigo por cau-sa de la condici n, las actividades, las opiniones ex-presadas o las creencias de sus padres, o sus tutores ode sus culo 31. En todas las medidas concernientes a los ni os quetomen las instituciones p blicas o privadas de bienestarsocial, los tribunales, las autoridades administrativas olos rganos legislativos, una consideraci n primordial aque se atender ser el inter s superior del ni o. 2. Los Estados Partes se comprometen a asegurar al ni- o la protecci n y el cuidado que sean necesarios parasu bienestar, teniendo en cuenta los DERECHOS y deberesde sus padres, tutores u otras personas responsablesde l ante la ley y, con ese fin, tomar n todas las medi-das legislativas y administrativas adecuadas. 3. Los Estados Partes se asegurar n de que las insti-tuciones, servicios y establecimientos encargados del cuidado o la protecci n de los ni os cumplan las normas establecidas por las autoridades compe-tentes, especialmente en materia de seguridad, sani-DEFINICI N DE NI OSe entiende por ni o todo serhumano desde su nacimientohasta los 18 a os de edad,salvo que haya alcanzadoantes la mayor a de DISCRIMINACI NTodos los DERECHOS deben seraplicados a todos los ni os,sin excepci n alguna, y esobligaci n del Estado tomarlas medidas necesarias paraproteger al ni o de toda formade discriminaci S SUPERIOR DEL NI OTodas las medidas respectodel ni o deben estar basadasen la consideraci n delinter s superior del al Estadoasegurar una adecuadaprotecci n y cuidado, cuandolos padres y madres, u otraspersonas responsables.


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