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Convenio Colectivo de Trabajo General del Sector …

Convenio Colectivode Trabajo Generaldel SectorP blico NacionalUPCN - UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIONLEY MARCO DE REGULACION DEL EMPLEO PUBLICO NACIONAL - DECRETO 1421/2002 UNION del PERSONAL CIVIL de la NACIONS eccional Capital Federal y Empleados P blicos NacionalesCONVENIO Colectivo DE Trabajo GENERALPARA LA ADMINISTRACI N P BLICA NACIONALPROLOGOLas partes signatarias del presente Convenio Colectivo de Tr a-bajo General por el que se regulan las relaciones laborales delpersonal alcanzado de la Administraci n P blica Nacional, de-claran que en su elaboraci n han tenido presente el compromi-so ineludible de asegurar a trav s de ellasa) la mejor y m s efectiva prestaci n de los servicios p blicosen favor de los habitantes de la Naci n.

convenio colectivo de trabajo general del sector publico nacional 333 upcn - union del personal civil de la nacion artÍculo 6°.- vigencia.

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  Convenio colectivo, Convenio, Colectivo

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1 Convenio Colectivode Trabajo Generaldel SectorP blico NacionalUPCN - UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIONLEY MARCO DE REGULACION DEL EMPLEO PUBLICO NACIONAL - DECRETO 1421/2002 UNION del PERSONAL CIVIL de la NACIONS eccional Capital Federal y Empleados P blicos NacionalesCONVENIO Colectivo DE Trabajo GENERALPARA LA ADMINISTRACI N P BLICA NACIONALPROLOGOLas partes signatarias del presente Convenio Colectivo de Tr a-bajo General por el que se regulan las relaciones laborales delpersonal alcanzado de la Administraci n P blica Nacional, de-claran que en su elaboraci n han tenido presente el compromi-so ineludible de asegurar a trav s de ellasa) la mejor y m s efectiva prestaci n de los servicios p blicosen favor de los habitantes de la Naci n, en especial de aqu -llos sectores m s postergados, contribuyendo a la recupera-ci n del Estado como factor central en la construcci n de unasociedad justa, equitativa, libre, armoniosa y )

2 El afianzamiento del cumplimiento de las leyes y dem s nor-mativa as como de los objetivos establecidos y de las activida-des orientadas por el Poder Ejecutivo el marco del fortalecimiento de la gobernabilidad democr -tica y de la calidad institucional del r gimen republicano esta-blecido en nuestra Constituci estas miras han considerado que, entre otros factores quehacen a la calidad y mejor actuaci n de la Administraci n P -blica Nacional en su conjunto, los miles de mujeres y hombresque componen el personal a su servicio configuran uno de losactores m s trascendentes en estas all que mediante el presente Convenio tambi n persiguenprofundizar: una cultura de Trabajo competente, honesto, austero y eficazque materialice la organizaci n y funcionamiento de una Admi-nistraci n P blica moderna y de calidad.

3 Relaciones laborales armoniosas y de mutuo respeto, en unambiente libre de violencia laboral y promotoras del principiode la no discriminaci n y de la igualdad de oportunidades ytrato, el desarrollo y aplicaci n de modernos reg menes de carreraadministrativa basados en el acceso, permanencia, capacita-ci n y desarrollo en el empleo p blico organizados para ase-gurar la idoneidad y la igualdad de oportunidades, conforme alart culo 16 de la Constituci n Nacional, y la profesionalizaci ny dignificaci n laboral de los trabajadores, as como, cuandocorresponda, de un r gimen de contrataci n de personal nopermanente acorde con esas tal sentido, reconocen las contribuciones de los ConveniosNros.

4 151 y 154 de la , de las Leyes Nros. y del primer Convenio que firmaran y homologado por DecretoN 66/99, como un primer paso en la democratizaci n de lasrelaciones de empleo y en el reconocimiento de los derechosde los trabajadores del Estado a la negociaci n colectiva. Eneste sentido ambas partes comprometen sus mejores esfuer-zos para profundizar y ampliar esta modalidad de di logo yacuerdo , las partes coinciden en la necesidad de afianzar ydesarrollar los mecanismos de negociaci n con las entidadesgremiales, incluyendo la consulta en aquellas cuestiones que,si bien no forman parte de las materias sujetas a Negociaci nColectiva.

5 Permiten rescatar el valor de los aportes que la leg -tima representaci n de los trabajadores ha realizado y realiza-r en el Colectivo DE Trabajo General DEL Sector PUBLICO NACIONALUPCN - UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION22222 Por todo ello, acuerdan que en la interpretaci n y aplicaci n delas cl usulas integrantes del presente Convenio deber n guar-dar relaci n con esta exposici n de principios y contribuir a surealizaci , se acuerda que los institutos de interpretaci n yaplicaci n del Convenio , al momento de elaborar sus dict me-nes tanto sobre lo regulado como de aquellos vac os a llenarpor v a interpretativa, deben partir de esta exposici n de princi-pios y tender a resolver las situaciones en sentido favorable aestos I MBITO DE APLICACI NCAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALESARTICULO 1.

6 - El presente Convenio Colectivo de Tr abajo Ge-neral ser de aplicaci n para todos los trabajadores bajo rela-ci n de dependencia laboral con las jurisdicciones y entidadesdescentralizadas detalladas en el Anexo I del personal regido por la Ley de Contrato de Tr abajo N ( y sus modificatorias- en adelante Ley de Contrato deTr abajo) le ser de aplicaci n las normas del presente conveniocon las salvedades que se formulen para cada Instituto en 2 .- El personal no incluido en el citado Anexo I,dependiente de otras jurisdicciones y entidades creadas o acrearse, podr ser incorporado al mbito del presente Conveniopor el PODER EJECUTIVO NACIONAL, previa consulta a la Co-misi n Negociadora del Convenio Colectivo , la exclusi n del personal por el PODER EJECUTIVONACIONAL, de conformidad con lo dispuesto por el inciso i)

7 Delart culo 3 de la Ley N , deber ser dispuesta previa con-sulta a la Comisi n Negociadora del Convenio Colectivo 3 .- Las cl usulas del presente Convenio quedanincorporadas a los contratos individuales existentes al momentode su entrada en vigencia y s lo podr n ser modificadas, conefecto en dichos contratos individuales, por acuerdo colectivode los signatarios del durante la vigencia del presente Convenio se dictaran leyes oactos administrativos, que alcancen a alg n Sector de trabajado-res comprendidos, y cuya aplicaci n resultara m s beneficiosapara dicho personal.

8 Las mismas podr n ser incorporadas al con-venio General o sectorial, seg n corresponda, previa consulta ala Comisi n Permanente de Aplicaci n y Relaciones Laborales(en adelante, ) establecida conforme al art culo 79 4 .- Queda convenido que las referencias a perso-nas efectuadas en g nero femenino o masculino tienen car ctery alcance indistintos. T odas las menciones en un g nero, a fin deevitar la sobrecarga gr fica, representan siempre a hombres CULO 5 .- Prevalencia del Convenio Colectivo General .

9 Entodos los supuestos de conflictos de normas entre el ConvenioColectivo General y los Convenios sectoriales, ser de aplica-ci n la norma vigente en el Convenio Colectivo General , al quese le reconoce jerarqu a Colectivo DE Trabajo General DEL Sector PUBLICO NACIONALUPCN - UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION33333 ART CULO 6 .- Vigencia. El cumplimiento de este Convenio esobligatorio en todo el territorio rase que ser de aplicaci n para el personal que, estandocomprendido en el presente, sea adscripto, destinado o trasla-dado a las representaciones de la Rep blica Argentina en elexterior, de conformidad con lo establecido en los art culos 97 y98 de la Ley N , quedando sujeto a los derechos y a lasobligaciones emergentes de la Ley del Servicio Exterior de laNaci n y de su Reglamentaci n.

10 Aprobada por el Decreto N y sus modificatorios o el que lo sustituya en el vigencia se extender por el t rmino de DOS (2) a os apartir del d a siguiente a su publicaci n en el Bolet n Oficial, deconformidad con lo normado en los Art culos 14 y 15 de la LeyN , salvo en aquellas materias o temas en los que laspartes acuerden un plazo de vigencia del plazo de SESENTA (60) d as corridos anteriores a suvencimiento, la Comisi n Negociadora deber constituirse apedido de cualquiera de las partes, para negociar su renova-ci Convenio sectorial tendr vigencia por el t rmino que seprevea en los mismos.


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