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CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE LA HOSTELERÍA

CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE LA HOSTELER A2017-202123 CONVENIO COLECTIVO de Hosteleria 2017 / 2021 ContenidoCAPITULO I 6 ART CULO AMBITO TERRITORIAL Y PARTES QUE LO CONCIERTAN. 6 ART CULO AMBITO FUNCIONAL. 6 ART CULO AMBITO PERSONAL. 7 ART CULO VIGENCIA Y DURACI N. 7 ART CULO DENUNCIA. 8 ART CULO CONDICIONES MAS BENEFICIOSAS. 8 ART CULO 6 CLAUSULA DE ABSORCION Y COMPENSACION. 8 ART CULO PUBLICIDAD. 8 CAPITULO II. CONTRATACION- CESE- CATEGORIAS 9 ART CULO CONTRATACION 9 ART CULO MODELOS DE CONTRATO de trabajo 12 ART CULO CESE. 13 ART CULO CONTRATOS POR HORAS. 14 ART CULO AREAS FUNCIONALES, CLASIFICACION PROFESIONAL Y DEFINICION DE CATEGORIAS. 15 CAPITULO III. JORNADA- DESCANSOS- VACACIONES- PERMISOS- EXCEDENCIAS 15 ART CULO JORNADA de trabajo .

de trabajadores por riguroso orden de antigüedad. SUBROGACION DE EMPRESA: El cambio en la titularidad de la empresa, centro de trabajo, o de una unidad productiva autónoma de la misma, no extinguirá por si mismo la relación laboral, quedando el nuevo em-presario subrogado en los derechos y obligaciones laborales del ante-rior.

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  Colectivo, Trabajo, De trabajo

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1 CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE LA HOSTELER A2017-202123 CONVENIO COLECTIVO de Hosteleria 2017 / 2021 ContenidoCAPITULO I 6 ART CULO AMBITO TERRITORIAL Y PARTES QUE LO CONCIERTAN. 6 ART CULO AMBITO FUNCIONAL. 6 ART CULO AMBITO PERSONAL. 7 ART CULO VIGENCIA Y DURACI N. 7 ART CULO DENUNCIA. 8 ART CULO CONDICIONES MAS BENEFICIOSAS. 8 ART CULO 6 CLAUSULA DE ABSORCION Y COMPENSACION. 8 ART CULO PUBLICIDAD. 8 CAPITULO II. CONTRATACION- CESE- CATEGORIAS 9 ART CULO CONTRATACION 9 ART CULO MODELOS DE CONTRATO de trabajo 12 ART CULO CESE. 13 ART CULO CONTRATOS POR HORAS. 14 ART CULO AREAS FUNCIONALES, CLASIFICACION PROFESIONAL Y DEFINICION DE CATEGORIAS. 15 CAPITULO III. JORNADA- DESCANSOS- VACACIONES- PERMISOS- EXCEDENCIAS 15 ART CULO JORNADA de trabajo .

2 15 CONTRATACI N O SUBCONTRATACI N DE SERVICIOS 17 ART CULO TIEMPO DE DESCANSO. 17 ART CULO DESCANSOS SEMANALES. 18 ART CULO VACACIONES. 18 ART CULO FESTIVIDAD DE SANTA MARTA. 19 ART CULO DIAS DE LIBRE DISPOSICI N. 19 ART CULO LICENCIAS RETRIBUIDAS 19 ART CULO EXCEDENCIA VOLUNTARIA. 21 ART CULO EXCEDENCIA POR CUIDADO DE MENORES O PERSONAS DEPENDIENTES 214 Sindicato Unitario de CantabriaART CULO EXCEDENCIA FORZOSA. 21 ART CULO trabajo EN DIAS FESTIVOS. 21 ART CULO PERMANENCIA EN LA EMPRESA. 23 ART CULO JUBILACION. 23 ART CULO PROTECCION A LA TRABAJADORA EMBARAZADA 24 ART CULO PATERNIDAD 24 ART CULO INCAPACIDAD TEMPORAL.

3 25 ART CULO SEGURIDAD Y SALUD. 25 ART CULO SALARIOS 26 REVISION SALARIAL. 27 ART CULO TABLAS SALARIALES. 27 ART CULO GRATIFICACIONES EXTRAORDINARIAS. 27 ART CULO HORAS EXTRAORDINARIAS. 28 ART CULO SERVICIOS EXTRAS. 29 ART CULO MANUTENCION. 29 ART CULO ROPA de trabajo . 30 ART CULO COMPLEMENTO SALARIAL DE ANTIG EDAD Y PLUS PERSONAL DE ANTIG EDAD CONSOLIDADO Y NO ABSORBIBLE. 31 ART CULO PLUS DE FORMACION. 31 ART CULO DEL COMITE DE EMPRESA Y DELEGADOS DE PERSONAL. 33 ART CULO ACUMULACION DE HORAS POR REPRESENTACION DEL PERSONAL. 34 ART CULO SECCIONES SINDICALES. 34 ART CULO COMISION PARITARIA.

4 36 ART CULO SISTEMA DE RESOLUCION EXTRAJUDICIAL DE CONFLICTOS 37 DISPOSICION ADICIONAL 37 DISPOSICION ADICIONAL 38 DISPOSICION ADICIONAL 38 ANEXO I 385 CONVENIO COLECTIVO de Hosteleria 2017 / 20216 Sindicato Unitario de CantabriaCONVENIO COLECTIVO DE HOSTELERIA 2017-2021 CAPITULO IART CULO AMBITO TERRITORIAL Y PARTES QUE LO mbito de aplicaci n del presente CONVENIO se circunscribe a la Co-munidad Aut noma de presente CONVENIO COLECTIVO es suscrito en la parte social, por la FeS-MCde UGT y la Federaci n de Servicios de CCOO y en la parte Empresa-rial por la Asociaci n de Empresarios de Hosteler a de partes firmantes se reconocen expresamente la legitimaci n y re-presentatividad para la firma del presente CULO AMBITO acuerdo es de aplicaci n a las empresas y trabajadores del SECTOR de hosteler a.

5 Se incluyen en el SECTOR de hosteler a todas las empresas que independientemente de su titularidad y fines perseguidos, realicen en instalaciones fijas o m viles y tanto de manera permanente como ocasional, actividades de alojamiento en hoteles, hostales, residencias, 7 CONVENIO COLECTIVO de Hosteleria 2017 / 2021apartamentos que presten alg n servicio hostelero, balnearios, alber-gues, pensiones, moteles, alojamientos rurales, camping y todos aque-llos establecimientos que presten servicios de hospedaje en general; asimismo, se incluyen las empresas que presten servicios de productos listos para su consumo, tales como, restaurantes, establecimientos de Catering, colectividades , de comidas r pidas , pizzer as , hambur-gueser as, creper as, etc.

6 Caf s, bares, cafeter as, cervecer as, helade-r as, chocolater as, degustaciones, salones de t y similares, adem s de las salas de baile o discotecas, caf s teatro, tablaos y similares; as como los servicios de comidas y/o bebidas en casinos, bingos; asimis-mo, billares, salones recreativos, los Ciber Caf , as como los Salones de Maquinas de tipo B y las salas de mini parques citada relaci n no es exhaustiva, por lo que es susceptible de ser ampliada o complementada con actividades no incluidas en ella que figuren en la clasificaci n de actividades econ micas actual o inclusi n requerir dictamen previo de la comisi n paritaria de este CULO AMBITO presente acuerdo, es de aplicaci n a las relaciones laborales de las empresas y trabajadores que prestan sus servicios en aquellas me-diante contrato de trabajo .

7 Conforme dispone el Art culo del Texto refundido de la Ley del Estatuto de los CULO VIGENCIA Y DURACI presente CONVENIO entrar en vigor en su totalidad el 1 de JUNIO del 2017, finalizando el 31 de Diciembre de 2021, prorrog ndose en su totalidad por t cita reconducci n hasta que entre en vigor un nuevo Unitario de CantabriaART CULO los efectos oportunos, este CONVENIO se considera denunciado en tiempo y forma legales, con dos meses de antelaci n a la fecha de su vencimiento, comprometi ndose ambas partes a iniciar la negociaci n de un nuevo CONVENIO , un mes antes de finalizar su CULO CONDICIONES MAS todos los efectos, se respetar n las condiciones m s beneficiosas a los trabajadores que hayan venido disfrut ndolas a la fecha de la firma de este CULO 6 CLAUSULA DE ABSORCION Y disposiciones futuras emanadas de la negociaci n colectiva de m-bito superior al presente CONVENIO , que impliquen variaci n econ mica de alguno o algunos conceptos retributivos o supongan la modificaci n de las condiciones de trabajo , ser n absorbidas y compensadas con las disposiciones del presente CONVENIO COLECTIVO , consideradas en su conjunto y en c mputo a esta aplicaci n se deber reunir la Comisi n Paritaria del Con-venio.

8 ART CULO empresas pondr n a disposici n de los trabajadores, al menos un tabl n de anuncios con el fin de que stos puedan dar publicidad al CONVENIO , as como poder desarrollar otras actividades sindicales de 9 CONVENIO COLECTIVO de Hosteleria 2017 / 2021acuerdo con la Ley Org nica 11/1985 de 2 de agosto de Libertad II. CONTRATACION- CESE- CATEGORIASART CULO CONTRATACIONLa contrataci n de los trabajadores se ajustar a las disposiciones legales vigentes en cada momento y a lo establecido en el presente menos el noventa por ciento de los trabajadores que presten servicio en las empresas comprendidas en el mbito funcional de este CONVENIO , pertenecer n a las mismas y ser n contratados directamente por empresario entregara a la representaci n legal de los trabajadores una copia b sica de todos los contratos que deban celebrarse por escrito.

9 A excepci n de los contratos de relaci n laboral especial de alta direcci n sobre los que se establece el deber de notificaci n a la repre-sentaci n legal de los copia b sica contendr todos los datos del contrato a excepci n del n mero del DNI, el domicilio, el estado civil y cualquier otro que, de acuerdo con la Ley Org nica 1/82 de 5 de Mayo, sobre protecci n civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia ima-gen, pudiera afectar a la intimidad copia b sica se entregar por el empresario en un plazo no superior a diez d as desde la formalizaci n del contrato, a los representantes le-gales de los trabajadores, quienes la firmar n a efectos de acreditar que se ha producido la dicha copia se enviar a la Oficina de Empleo.

10 Cuando no exista representaci n legal de los trabajadores, tambi n deber for-malizarse copia b sica y remitirse a la oficina de Unitario de CantabriaEn los contratos sujetos a la obligaci n de registro en el INEM, la copia b sica se remitir junto con el contrato, a la Oficina de Empleo. En los restantes supuestos, se remitir exclusivamente la copia b empresario notificar a los representantes legales de los trabajadores las prorrogas de los contratos de trabajo a los que se refiere el n 1 de la Ley 2/91 de7 de Enero, sobre derechos de informaci n de los representantes de los trabajadores en materia de contrataci n, as como las denuncias correspondientes a los mismos, en el plazo de los diez d as siguientes a que tuviera representantes legales de los trabajadores, deber n recibir, al me-nos trimestralmente, informaci n acerca de las previsiones del empre-sario sobre celebraci n de nuevos contratos.


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