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CONVENIO OOficinas de Farmaciaficinas de Farmacia

CONVENIOCONVENIOO ficinas de FarmaciaOficinas de FarmaciaXXIV XXIV federaci n de sanidady sectores sociosanitariosDise o y maquetaci n: rea de Comunicaci n de la Federaci n de Sanidady Sectores Sociosanitarios de CCOO (FSS-CCOO)Plza Cristino Martos, 4, 2 planta. 28015. MADRID 91 540 92 85 , 2014 PRESENTACI TULO PRIMERO mbitos de aplicaci n y principios TULO SEGUNDO Clasificaci n Profesional .. 11 CAP TULO TERCERO Contrataci TULO CUARTOA scensos y promoci n TULO QUINTOT iempo de TULO SEXTOP ermisos, suspensiones, excedencias y TULO S TULO OCTAVOF ormaci n TULO NOVENOP revenci n de Riesgos TULO D CIMOAcci n TULO UND CIMOR gimen TULO DUOD CIMOD erechos I. II. Grupos y subgrupos III. Cat logo de los facto-res de promoci NDICEXXIV CONVENIO Oficinas de Farmacia .

XXIV Conenio Ocinas de armacia. SS-CCOO -5-Estimada compañera: Estimado compañero: Tienes en tus manos el texto del XXIV Convenio de Oficinas de Farmacia.

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1 CONVENIOCONVENIOO ficinas de FarmaciaOficinas de FarmaciaXXIV XXIV federaci n de sanidady sectores sociosanitariosDise o y maquetaci n: rea de Comunicaci n de la Federaci n de Sanidady Sectores Sociosanitarios de CCOO (FSS-CCOO)Plza Cristino Martos, 4, 2 planta. 28015. MADRID 91 540 92 85 , 2014 PRESENTACI TULO PRIMERO mbitos de aplicaci n y principios TULO SEGUNDO Clasificaci n Profesional .. 11 CAP TULO TERCERO Contrataci TULO CUARTOA scensos y promoci n TULO QUINTOT iempo de TULO SEXTOP ermisos, suspensiones, excedencias y TULO S TULO OCTAVOF ormaci n TULO NOVENOP revenci n de Riesgos TULO D CIMOAcci n TULO UND CIMOR gimen TULO DUOD CIMOD erechos I. II. Grupos y subgrupos III. Cat logo de los facto-res de promoci NDICEXXIV CONVENIO Oficinas de Farmacia .

2 FSS-CCOO -5-Estimada compa era:Estimado compa ero:Tienes en tus manos el texto del XXIV CONVENIO de Oficinas de Farmacia . Lo-grar que en 2014 exista una regulaci n legal de las condiciones de trabajo y salariales de quienes trabaj is en las Farmacias no ha sido tarea f cil. Desde que finaliz el anterior CONVENIO e ini-ciamos las negociaciones en enero de 2010, el mundo laboral ha sufrido im-portantes modificaciones, fundamen-talmente a trav s de la Reforma Laboral y de la Negociaci n modificaciones no han supuesto un avance para mejorar nuestras condi-ciones, m s bien todo lo contrario. Han incrementado el poder empresarial, las decisiones unilaterales y el desequilibrio en la negociaci n colectiva. Por ello, tener una regulaci n en las Oficinas de Farmacia adquiere un valor estrat gico, no solamente de presente, sino tam-bi n de , has seguido con inte-r s las negociaciones del CONVENIO y sus avatares en estos m s de 3 a os.

3 Desde CCOO hemos elaborado hojas informativas permanentemente. Habr s comprobado las pretensiones de los Titulares de la Farmacia y su prioridad, la desaparici n del CONVENIO y as indi-vidualizar la relaci n laboral con cada uno de vosotros y conduciros a la regu-laci n b sica del Estatuto de los Traba-jadores y el Salario M nimo Interprofe-sional. Lo han escrito, tanto FEFE como FENOFAR, a trav s de sus constancia y argumentos de CCOO han influido para que tengamos conve-nio y los empresarios no hayan alcan-zado su objetivo. No se consigui en la negociaci n directa, tuvimos que ago-tar todas las v as hasta lograr un arbi-traje en CONVENIO es el producto del Laudo Arbitral, significar el equilibrio demostra-do por el rbitro con respecto a las pre-tensiones de ambas partes.

4 Debemos felicitarnos, sobre todo, por disponer de un CONVENIO y que sea ultraactivo, es decir, habr CONVENIO siempre, hasta que sea sustituido por otro; tambi n por los incrementos salariales para 2014, 2015 y 2016; por no tener que devol-ver nada de lo percibido en el per odo 2010-13 como pretend an y siguen pretendiendo los empresarios; por-que al finalizar el CONVENIO si no existe acuerdo, y mientras duren las negocia-PRESENTACI NFSS-CCOO. XXIV CONVENIO Oficinas de Farmacia -6-ciones, anualmente se incrementar n los salarios en un 2%; y, finalmente, por conservar avances logrados despu s de muchos a os de negociaci n, que algunos pretend an tirar por la borda, como son los complementos de car c-ter personal, de adjunt a o la desapari-ci n de invito a que leas el CONVENIO , lo di-fundas entre tus compa eras y compa- eros, que defend is su aplicaci n en vuestra oficina de Farmacia .

5 Para ello, te brindo el asesoramiento y apoyo de CCOO y te invito a que te afilies al sin-dicato para defender en mejores condi-ciones tus CabreraSecretario General FSS-CCOOCCOOXXIV CONVENIO Oficinas de Farmacia . FSS-CCOO -7- mbitos de aplicaci n y principios generalesArt culo mbitos personal y fun-cionalEl presente CONVENIO se aplicar en el Sector de Oficinas de Farmacia a todo el personal empleado por cuenta ajena en aqu llas, de conformidad con el Art -culo 1 del Estatuto de los culo mbito territorialEl presente CONVENIO ser de aplicaci n a todo el territorio del Estado Espa culo mbito El presente CONVENIO Colectivo en-trar en vigor el 1 de enero de 2014 y tendr vigencia hasta el 31 de diciem-bre de 2016, siendo sus efectos eco-n micos desde el 1 de enero de El abono de las diferencias salaria-les que se originen por la aplicaci n del presente CONVENIO se realizar en la n -mina del mes siguiente a su publicaci n en el BOE.

6 Devengando las mismas a partir de esa fecha el 10 por 100 de in-ter s de demora que marca la El CONVENIO quedar autom tica-mente denunciado el 1 de junio de 2016, debiendo iniciarse las negocia-ciones del siguiente CONVENIO a partir del 1 de julio de Denunciado el CONVENIO , en tanto no se llegue a un acuerdo expreso sobre el nuevo, se entender que su contenido normativo se prorroga autom ticamen-te, increment ndose anualmente, en el mes de enero, los conceptos salariales incluidos en las tablas de retribuciones a cuenta del nuevo CONVENIO Colectivo en un 2 por 100 en el caso de que el PIB del a o anterior hubiera aumentado m s del 1 por culo Vinculaci n a la totali-dadLas condiciones pactadas en este Con-venio forman un todo org nico e indi-visible y por ello en el caso de que la Jurisdicci n competente anulara algu-no de sus pactos, la Comisi n Negocia-dora, en el plazo de dos meses a partir de la firmeza de la resoluci n judicial, proceder a la renegociaci n del con-tenido de la parte anulada, quedando vigente, en todo caso.

7 El resto del Con-venio hasta que se llegue a un nuevo culo Condiciones m nimas y respeto de condiciones contractua-lesLos contenidos del presente Conve-nio tendr n el car cter de m nimos y, en consecuencia, respetar n las con-diciones m s beneficiosas que viniera disfrutando el personal contratado a la entrada en vigor del mismo, en virtud de pactos individuales suscritos entre la empresa y su TULO PRIMEROCCOOFSS-CCOO. XXIV CONVENIO Oficinas de Farmacia -8-Art culo Igualdad de Las partes se comprometen a de-fender y promover en la contrataci n y en las condiciones de trabajo el prin-cipio de igualdad de trato y la lucha contra la discriminaci n por raz n de nacimiento, raza, religi n, opini n o cualquier otra condici n o circunstancia personal o En el marco del presente CONVENIO Colectivo se constituir la Comisi n Pa-ritaria de igualdad en el Trabajo, que es-tar integrada por seis miembros, dos por la representatividad empresarial y otros cuatro en representaci n de las organizaciones sindicales solicitantes del presente laudo arbitral:- Por la parte empresarial: FEFE (1) y FENOFAR (1)- Por la parte sindical.

8 UTF (1), FSP-UGT (1), FSS-CCOO (1) y FETRAFA (1) El voto de los miembros de la Co-misi n Paritaria ser , tanto del lado empresarial como social, proporcional a su representatividad en la Comisi n La Comisi n Paritaria de Igualdad en el Trabajo tendr las siguientes fun-ciones:a) Obtener, mediante encuestas u otros medios, informaci n anual sectorial de las medidas implantadas en las diferen-tes empresas en tema de igualdad de ) Asesorar a las empresas que lo soli-citen sobre los derechos y obligaciones en materia de igualdad de ) Mediar y, en su caso, arbitrar en aquellos casos que, voluntaria y con-juntamente, les sean sometidos por las partes en materia de ) Recabar informaci n de las empre-sas acerca de las dificultades e inciden-cias que pueda generar la aplicaci n de la normativa sobre La Comisi n Paritaria de Igualdad en el Trabajo elaborar antes del 31 de diciembre de 2016 un Plan de Igualdad para el Sector de Oficinas de FarmaciaArt culo Comisi n La Comisi n Negociadora del pr xi-mo CONVENIO Colectivo se constituir de acuerdo con lo dispuesto en el Ar-t culo 88 del Estatuto de los La Comisi n Negociadora deber constituirse antes del 1 de julio de Actuar n de Presidente y Secretario de dicha Comisi n Negociadora quie-nes sean designados por la mayor a de cada una de las culo Comisi n La Comisi n Paritaria estar inte-grada por seis miembros.

9 Dos por la re-presentaci n empresarial y otros cuatro en representaci n de las organizacio-nes sindicales solicitantes del presente laudo arbitral, debiendo designar en su seno un Presidente y un Secretario:CCOOXXIV CONVENIO Oficinas de Farmacia . FSS-CCOO -9-- Por la parte empresarial: FEFE (1) y FENOFAR (1).- Por la parte sindical: UTF (1), FSP-UGT (1), FSS-CCOO (1) Y FETRAFA (1). Cada una de las partes de la Comi-si n Paritaria podr designar libremente los asesores, ocasionales o permanen-tes, que tengan por El domicilio de la Comisi n Paritaria, a efectos de registro y notificaciones, ser UGT. Avenida Am rica n 25 3 Planta. La Comisi n Paritaria tendr las si-guientes funciones:a) El conocimiento y resoluci n de las cuestiones derivadas de la aplicaci n e interpretaci n del CONVENIO Colectivo cuando, a instancias de las partes afec-tadas, se planteen consultas o conflic-tos jur ) La actuaci n en los procedimientos de inaplicaci n del CONVENIO Colectivo, de acuerdo con lo dispuesto en el Art -culo del Estatuto de los ) Las funciones atribuidas a la Comi-si n Paritaria de Igualdad en el Trabajo en el art culo 6 de este CONVENIO Co-lectivod) Las funciones atribuidas al Observa-torio del sector de Oficinas de Farmacia en el art culo 9 de este CONVENIO ) Las funciones atribuidas a la Comi-si n Paritaria de Formaci n y Promo-ci n Profesional en el art culo 41 de este CONVENIO Colectivof)

10 Las funciones atribuidas a la Comi-si n Paritaria sectorial de seguridad y Salud Laboral en el art culo 44 de este CONVENIO Colectivog) Cuantas otras les atribuyan las orga-nizaciones empresariales y sindicales solicitantes del presente laudo La Comisi n Paritaria se reunir en sesiones ordinarias cada trimestre na-tural, preferentemente en la ltima quin-cena del mismo. Siempre que lo solicite cualquiera de las representaciones, po-dr n celebrarse reuniones extraordina-rias o urgentes. Las reuniones extraor-dinarias se celebrar n dentro de los diez d as h biles siguientes al requeri-miento y las de car cter urgente dentro de los dos d as h biles siguientes. Las reuniones de la Comisi n Paritaria para realizar las funciones atribuidas en el CONVENIO Colectivo en materia de igual-dad en el trabajo, de formaci n y pro-moci n profesional, en seguridad y sa-lud laboral y en el Observatorio tendr n la consideraci n de Las reuniones se convocar n por escrito, por el Secretario y Presidente, al menos con diez d as h biles de an-telaci n, salvo las urgentes, debiendo incluir la citaci n necesariamente el or-den del d Los acuerdos se adoptar n por mayor a simple de ambas representa-ciones.


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