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Convenios colectivos sectoriales de ámbito de …

Actualizado el 15/03/2019 Convenios colectivos sectoriales de mbito de Territorio Hist rico de Bizkaia. Se presentan ordenados alfab ticamente y las fechas hacen referencia a la publicaci n en el Bolet n Oficial del Territorio Hist rico de Bizkaia convenio mbito Fechas de publicaci n Ambulancias Las disposiciones del presente convenio obligan a todas las empresas y sus trabajadores dedicados a la actividad del transporte sanitario de enfermos y accidentados dentro del Territorio Hist rico de Bizkaia. 13/06/2014 10/06/2016(Modificaci n art. 38) Artes gr ficas, manipulados de papel y de cart n y editoriales La aplicaci n del convenio ser obligatoria para todas las empresas, Entidades o Instituciones P blicas o Privadas, y para los trabajadores de las mismas, cuando aqu llas se dediquen a las actividades de Artes Gr ficas y sus Industrias Auxiliares, Manipulados de Papel y Cart n y Editoriales.

Actualizado el 03/07/2018 Comercio de alimentación El presente Convenio Colectivo Provincial afecta a todas las empresas y trabajadores dedicados a Comercio de

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  Provincial, Convenio, Comercio, De comercio

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1 Actualizado el 15/03/2019 Convenios colectivos sectoriales de mbito de Territorio Hist rico de Bizkaia. Se presentan ordenados alfab ticamente y las fechas hacen referencia a la publicaci n en el Bolet n Oficial del Territorio Hist rico de Bizkaia convenio mbito Fechas de publicaci n Ambulancias Las disposiciones del presente convenio obligan a todas las empresas y sus trabajadores dedicados a la actividad del transporte sanitario de enfermos y accidentados dentro del Territorio Hist rico de Bizkaia. 13/06/2014 10/06/2016(Modificaci n art. 38) Artes gr ficas, manipulados de papel y de cart n y editoriales La aplicaci n del convenio ser obligatoria para todas las empresas, Entidades o Instituciones P blicas o Privadas, y para los trabajadores de las mismas, cuando aqu llas se dediquen a las actividades de Artes Gr ficas y sus Industrias Auxiliares, Manipulados de Papel y Cart n y Editoriales.

2 I. Se entiende por Industrias de Artes Gr ficas y Auxiliares en general, las que se dediquen, junta o separadamente, a la composici n, reproducci n, grabado o impresi n en uno o m s colores y por cualquier sistema, sobre papel, cart n, tela, pl stico, pel culas o cualquier otra materia, de toda clase de caracteres, dibujos o im genes en general 02/02/2011 25/03/2011: Revisi n salarial 08/052014: Sentencia TSJ de la relativa al convenio colectivo Autoescuelas El presente convenio Colectivo afecta a todos los centros de trabajo que impartan la ense anza especializada denominada auto-escuelas-escuelas de conductores/as en todo el territorio de Bizkaia. 13/02/2009 (p g.)

3 39-59) 01/03/2010: Revisi n salarial (p g 111-113) Actualizado el 15/03/2019 Autoridad portuaria de Bilbao El presente convenio regula las relaciones de trabajo que se originan con motivo de la realizaci n de las labores portuarias que integran el servicio p blico de estiba y desestiba de buques especificadas en el art culo 2 del Real Decreto Ley 2/86, de 23 de mayo. Ambas partes incluyen dentro del mbito funcional las siguientes labores que ser n realizadas por los estibadores portuarios: 1. Las de carga, estiba, desestiba, descarga y transbordo de mercanc as de todas clases relacionadas con los buques de todo tipo de transporte mar timo 23/06/2003 (p g.

4 30-80) Ayuda a domicilio Este convenio regular las condiciones de trabajo de todas las Empresas, cualquiera que sea su forma jur dica, dedicadas a la prestaci n del Servicio de Ayuda Domiciliaria. 20/05/2014 14/04/2015 Revisi n salarial para 2015 12/12/2016: Acuerdo de la Comisi n Paritaria Bingos El presente convenio ser de aplicaci n a la totalidad de las empresas organizadoras del Juego del Bingo de Bizkaia, actualmente en funcionamiento, as como a las que en el futuro se constituyan. 16/11/2007 13/03/2008: Tabla salarial para 2008 (p g. 53-54) Cambio y bolsa - agentes 07/08/89 Centros de la Tercera Edad Este convenio Colectivo es de aplicaci n para todas las empresas del mbito funcional y todo el personal que preste sus labores en el Territorio Hist rico de Bizkaia, independientemente del lugar en el que la empresa tenga establecido su domicilio.

5 El presente convenio Colectivo ser de aplicaci n para todo el personal que preste sus servicios por cuenta ajena en cualquiera de las empresas con actividad en el sector. Quedan excluidos del presente convenio Colectivo el personal de alta direcci n o que desempe en labores de Direcci n-Gerencia o equivalentes. Queda excluido de su aplicaci n el personal que preste sus servicios en empresas y establecimientos cuya titularidad y gesti n corresponda a la administraci n p blica, as como el personal del sector de Ayuda a Domicilio, que cuenta con un marco propio. 09/02/2018 Actualizado el 15/03/2019 comercio de alimentaci n El presente convenio Colectivo provincial afecta a todas las empresas y trabajadores dedicados a comercio de Alimentaci n, tanto mayoristas como minoristas, as como a las empresas de Merchandisin, y sus trabajadores, entendiendo por tales aquellas que tengan como actividad la promoci n, y la exhibici n, demostraci n, degustaci n y reposici n de productos en empresas dedicadas total o parcialmente a la distribuci n de productos de alimentaci n.

6 Tambi n se aplicar a las empresas de vending de productos de alimentaci n, entendiendo por tal aquellas que mediante m quinas expendedoras distribuyen mayoritariamente productos de alimentaci n (alimentos o bebidas, fr as o calientes, preparados o envasados). 03/02/2017 03/02/2017 (Revisi n Salarial) 28/02/2018 Revisi n Salarial ) comercio de droguer as y perfumer as Pasa a comercio en general 07/09/01 comercio de la piel y calzado Los acuerdos adoptados por el presente convenio regular n las relaciones, empresarios-trabajadores propias del comercio de la Piel y Calzado, en cualquiera de los centros de trabajo de la empresa, incluidas las sucursales, delegaciones y oficinas.

7 Afectar n estos acuerdos a la totalidad del personal que presta sus servicios en la empresa. Este convenio Colectivo obliga a todas las empresas del sector de comercio de la Piel y el Calzado y aquellas que a n interviniendo otras actividades sea la piel la que predomine. 31/01/2007 (p g. 37-50) 16/05/2007: Revisi n salarial 2004-2007 (p g. 90-92) 22/07/2013: Acta de acuerdo comercio de metal Este convenio Colectivo Sindical obliga a todas las empresas del Sector de comercio del Metal, tanto a las del comercio industrial con las agrupaciones de: chatarra; almacenistas de hierros; almacenistas de aceros finos; almacenistas de tuber as y accesorios; almacenistas de ferreter a; comerciantes de art culos y aparatos profesionales; m quinas herramientas; maquinaria industrial y accesorios; maquinaria agr cola y accesorios; importadores y comerciantes de m quinas y mobiliario de oficina; materiales de saneamiento.

8 Almacenistas de metales no f rricos y maquinaria el ctrica, como a los del comercio p blico con las agrupaciones de: almacenistas-detallistas de ferreter as; comerciantes de cuchiller a con taller de vaciado; armer as y art culos de deporte; importadores y comerciantes de relojes; importadores de autom viles, camiones y motocicletas; vendedores de autom viles, camiones y motocicletas; repuestos de automoci n; joyer a y plater a; bisuter a y similares; venta de material inform tico; venta de telefon a m vil; material el ctrico y aparatos electrodom sticos; venta y alquiler de maquinar a de construcci n; que les es de aplicaci n la Ordenanza 23/07/2018 Actualizado el 15/03/2019 Laboral de Trabajo de comercio de fecha de 24 de julio de 1971.

9 comercio del mueble a) Los acuerdos adoptados en el presente convenio regular n las relaciones laborales entre las empresas de comercio del mueble y su personal, en cualesquiera de los centros de trabajo de cada empresa, incluidas las sucursales, delegaciones y oficinas enclavadas en el Territorio Hist rico de Bizkaia. b) Afectar n estos acuerdos a la totalidad del personal que preste sus servicios en la empresa, quedando excluidos nicamente los miembros del Consejo de Administraci n y alta Direcci n. c) Este convenio obliga a todas las empresas del sector del mueble, tanto del comercio mayorista como detallista. 09/08/2018 08/03/2019 Revisi n Salarial comercio del vidrio y cer mica Pasa a comercio en general (07/09/01) (p g.

10 39-46) comercio en General A) Los acuerdos adoptados en el presente convenio Colectivo, regular n las relaciones, empresas y trabajadores de los Sectores de: comercio de la Construcci n. comercio , Flores y Plantas, herborister as, hierbas medicinales y Ortopedias. comercio de Art culos Religiosos. Carboner as. comercio de Cereales, Piensos y Forrajes. comercio de Fertilizantes. comercio de Marcos y Molduras. Jugueter as. pticas. Mayoristas e Importadores de Productos Qu micos e Industriales. Mayoristas e Importadores de Materiales Cient ficos. Mayoristas e Importadores de Materias Primas Farmac uticas. Materiales de Laboratorio. Objetos de Regalo.


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