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CRITERIOS Y METODOLOGÍA DE PRIORIZACIÓN DE CASOS Y …

CRITERIOS Y METODOLOG A DE PRIORIZACI N DE. CASOS Y SITUACIONES. EN LA SALA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD, DE RESPONSABILIDAD Y. DE DETERMINACI N DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS. JURISDICCI N ESPECIAL PARA LA PAZ. Bogot , 28 de junio de 2018. CONTENIDO DEL DOCUMENTO. I. INTRODUCCI N .. 3. II. EL PROCESO DE PRIORIZACI N EN LA SRVR .. 5. A. Alcance de la priorizaci n y su diferencia con la selecci n .. 6. B. Agrupaci n y Concentraci 9. C. CRITERIOS de priorizaci 10. D. Metodolog a para la aplicaci n de los CRITERIOS de priorizaci n .. 15. III. CONSIDERACIONES FINALES .. 22. IV. PLANES PERI DICOS Y AGENDAS CONCRETAS DE PRIORIZACI 22. 2. I. INTRODUCCI N. 1. Este documento de pol tica1 plantea los lineamientos b sicos que gu an el proceso de priorizaci n de CASOS y situaciones al interior de la Sala de Reconocimiento de Verdad, Responsabilidad, y de Determinaci n de los Hechos y Conductas (en adelante, SRVR).

incidentes específicos durante los cuales uno o más crímenes dentro de la jurisdicción de la Corte Penal Internacional parecen haber sido cometidos por uno o más sospechosos. Esta definición de situación y caso es a su vez diferente de la

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1 CRITERIOS Y METODOLOG A DE PRIORIZACI N DE. CASOS Y SITUACIONES. EN LA SALA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD, DE RESPONSABILIDAD Y. DE DETERMINACI N DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS. JURISDICCI N ESPECIAL PARA LA PAZ. Bogot , 28 de junio de 2018. CONTENIDO DEL DOCUMENTO. I. INTRODUCCI N .. 3. II. EL PROCESO DE PRIORIZACI N EN LA SRVR .. 5. A. Alcance de la priorizaci n y su diferencia con la selecci n .. 6. B. Agrupaci n y Concentraci 9. C. CRITERIOS de priorizaci 10. D. Metodolog a para la aplicaci n de los CRITERIOS de priorizaci n .. 15. III. CONSIDERACIONES FINALES .. 22. IV. PLANES PERI DICOS Y AGENDAS CONCRETAS DE PRIORIZACI 22. 2. I. INTRODUCCI N. 1. Este documento de pol tica1 plantea los lineamientos b sicos que gu an el proceso de priorizaci n de CASOS y situaciones al interior de la Sala de Reconocimiento de Verdad, Responsabilidad, y de Determinaci n de los Hechos y Conductas (en adelante, SRVR).

2 En ese sentido, y en ejercicio de la facultad constitucional que tiene la SRVR para desarrollar su trabajo con base en CRITERIOS de priorizaci n2, esta gu a plantea unos CRITERIOS iniciales y presenta una metodolog a de aplicaci n y definici n de prioridades. 2. Para efectos del trabajo de la SRVR las situaciones est n definidas en t rminos de par metros temporales y territoriales, y de estas pueden emerger CASOS a medida que se avanza en la investigaci n. Los CASOS est n definidos en t rminos de par metros personales, asociando a individuos y a grupos de individuos la responsabilidad por los planes, pol ticas y patrones de macro-criminalidad competencia de la SRVR. 3. 3. La adopci n de esta pol tica de priorizaci n al interior de la SRVR es coherente con el mandato constitucional de la JEP de: i.

3 Satisfacer el derecho de las v ctimas a la justicia;. ii. ofrecer verdad a la sociedad colombiana;. iii. proteger los derechos de las v ctimas;. iv. contribuir al logro de una paz estable y duradera; y v. adoptar decisiones que otorguen plena seguridad jur dica a quienes participaron de manera directa o indirecta en el conflicto armado interno4. 4. Con este prop sito, dentro de su procedimiento, la SRVR recibe los informes de los hechos relacionados con el conflicto, as como los reconocimientos de responsabilidad 1.. Este documento no pretende adoptar ninguna norma jur dica ni de car cter procesal ni de car cter sustantivo. La SRVR. de Reconocimiento no tendr a competencia para ello. A partir del marco legal vigente, estos CRITERIOS y metodolog a de priorizaci n son una herramienta de gesti n del trabajo de la SRVR que no crean nuevos derechos ni obligaciones para v ctimas o comparecientes.

4 Se trata de CRITERIOS previos, objetivos y claros para clasificar, organizar y definir un orden para la atenci n de los asuntos competencia de la SRVR. 2. Constituci n Pol tica de Colombia. T tulo transitorio. Art culo transitorio 7 . ( ) Salas que desarrollar n su trabajo conforme a CRITERIOS de priorizaci n elaborados a partir de la gravedad y representatividad de los delitos y del grado de responsabilidad en los mismos ( ) . Igualmente, para la definici n de los CRITERIOS de priorizaci n la SRVR acudi al Acuerdo, al Proyecto de Ley Estatutaria y al estudio de otras experiencias de priorizaci n, especialmente, de la Corte Penal Internacional (CPI) y la Fiscal a General de la Naci n (FGN). 3. En este punto se traza una diferencia frente a la Corte Penal Internacional, que tambi n ha diferenciado entre situaciones y CASOS .

5 Ante la CPI las situaciones generalmente est n definidas en t rminos de par metros temporales, territoriales, pero tambi n algunas veces personales. El par metro territorial es el pa s. Ello implica los procedimientos contemplados en el Estatuto de Roma para determinar si una situaci n particular deber a generar una investigaci n criminal, as como a una investigaci n como tal. Por su parte, los CASOS tienen un mayor nivel de especificidad que las situaciones, implican incidentes espec ficos durante los cuales uno o m s cr menes dentro de la jurisdicci n de la Corte Penal Internacional parecen haber sido cometidos por uno o m s sospechosos. Esta definici n de situaci n y caso es a su vez diferente de la adoptada por la Fiscal a General de la Naci n. Para esta entidad, una situaci n es un conjunto de CASOS relacionados por elementos comunes, asociados anal ticamente para adelantar una investigaci n integral.

6 El objetivo es evitar una comprensi n equivocada de los hechos como aislados, y la FGN insiste que las situaciones no configuran necesariamente fen menos dogm ticos del derecho penal o del derecho procesal como los delitos masa, los delitos continuados o las conexidades procesales. (Fiscal a General de la Naci n (FGN), Caja de Herramientas Gu a Pr ctica para la Priorizaci n, Cartilla , Bogot 2016. ) La SRVR construye sus definiciones de caso y situaci n a partir de la experiencia de la CPI y la FGN, adaptada a la labor de la SRVR. 4. Constituci n Pol tica de Colombia. T tulo transitorio. Art culo transitorio 5 . 3. por parte autores, part cipes o encubridores de las conductas punibles de competencia de la JEP5. Los comparecientes tienen la obligaci n de aportar verdad plena, contribuir a la reparaci n de las v ctimas, y a la garant a de la no repetici 5.

7 En el marco de los principios de la justicia restaurativa y centralidad de las v ctimas, la SRVR, cuando corresponda, adoptar las medidas que estime oportunas e id neas para promover la construcci n dial gica de la verdad entre los sujetos procesales e intervinientes. Estas medidas deben propender por la armonizaci n y sanaci n individual, colectiva y territorial, aplicando CRITERIOS de razonabilidad y proporcionalidad, en todas las fases del procedimiento. 6. Ejercer el mandato de hacer justicia respecto de cr menes internacionales y violaciones graves a los derechos humanos, supone alejarse de las visiones tradicionales de administraci n de justicia que pretenden perseguir penalmente una a una las conductas punibles, para abrir paso a enfoques que permitan dar respuesta a contextos de violencia generalizada y cr menes de sistema7.

8 Tambi n requiere la adopci n de pol ticas y lineamientos claros de gesti n y autonom a frente a esa carga de trabajo. Justamente por esta raz n, la SRVR adopta CRITERIOS previos, objetivos y claros del manejo de los CASOS y situaciones de su competencia y la distribuci n de sus recursos, que asegure los principios de justicia transicional inherentes al Acuerdo y al Acto Legislativo 01 de 2017. 7. A trav s de la implementaci n de CRITERIOS de priorizaci n, la SRVR busca caracterizar peri dicamente su carga de trabajo para definir y organizar la atenci n de los CASOS y situaciones de su competencia, as como tomar decisiones de gesti n de recursos que permitan satisfacer, progresivamente, los derechos de las v ctimas y los intereses de la sociedad. Adem s, estas decisiones deben salvaguardar el debido proceso y el principio de seguridad jur dica para los comparecientes.

9 8. Para la SRVR es de especial importancia garantizar la participaci n equitativa e incluyente de las v ctimas, principio rector del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparaci n y No Repetici n. Conforme a la ley, la participaci n de las v ctimas, sus organizaciones y las organizaciones tnicas y de derechos humanos colombianas se concreta a trav s de diversos mecanismos y escenarios, tales como la presentaci n de informes ante la SRVR, su intervenci n especial a lo largo del proceso mismo, la participaci n en mesas tem ticas, foros regionales y locales y audiencias p blicas, entre otros mecanismos. 5. Constituci n Pol tica de Colombia. T tulo transitorio. Art culo transitorio 23. 6. Acuerdo Final para la Terminaci n del Conflicto y la Construcci n de una Paz Estable y Duradera.

10 P g. 154, P rr. 48. 7. Naciones Unidas, Asamblea General, Consejo de Derechos Humanos. Informe del Relator Especial sobre la promoci n de la verdad, la justicia, la reparaci n y las garant as de no repetici n, Pablo de Greiff, 2014. Documento A/HRC/27/56. Se ala el Relator que [a]l actuar caso por caso se hace dif cil establecer nexos entre los diferentes CASOS , detectar patrones y determinar las cadenas de mando, todos ellos elementos esenciales precisamente cuando las transgresiones no son ocurrencias aisladas, sino que se inscriben en un sistema de perpetraci n de cr menes. Por lo tanto, no se trata de un medio eficaz para desarticular las estructuras que permitieron que se perpetraran las transgresiones, uno de los objetivos m s urgentes de una estrategia de priorizaci n para el procesamiento en un contexto de transici n.


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