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CRONOGRAMA PARA CUMPLIR CON LA OBLIGATORIEDAD …

CRONOGRAMA PARA CUMPLIR CON LA OBLIGATORIEDAD . DEL GRABADO DE AUTOPARTES EN LA CIUDAD AUTONOMA. DE BUENOS AIRES. LEY 3708, MODIFICADA POR LEY 4606. La ley 4606 cre el Registro de Verificaci n de Autopartes en el mbito de la Ciudad Aut noma de Buenos Aires y dispuso la OBLIGATORIEDAD de los titulares registrales . tenedores de veh culos radicados en la Ciudad Aut noma del grabado de las autopartes en los plazos y condiciones establecidos. La fecha l mite para que el parque automotor existente cumpla con este requisito es el 14 de diciembre de 2016. a partir de esta fecha se empezaran a aplicar las sanciones previstas por la ley. La Resoluci n N* 205/MJYSGC/13 del 25 de septiembre de 2013 aprob el siguiente CRONOGRAMA : Vehiculos patentados con anterioridad al 02/12/2011: Dominios terminados en 0, 1, 2, y 3: hasta el 31/12/2014. Dominios terminados en 4, 5, y 6: hasta el 31/12/2015. Dominios terminados en 7, 8, y 9 hasta el 14/12/2016. Los veh culos radicados en la Ciudad Aut noma (mediante transferencia inscripci n inicial) con posterioridad al 02/12/2011 deber n CUMPLIR con el grabado dentro de los treinta d as corridos de su patentamiento radicaci n.

cronograma para cumplir con la obligatoriedad del grabado de autopartes en la ciudad autonoma de buenos aires ley 3708, modificada por ley 4606.

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1 CRONOGRAMA PARA CUMPLIR CON LA OBLIGATORIEDAD . DEL GRABADO DE AUTOPARTES EN LA CIUDAD AUTONOMA. DE BUENOS AIRES. LEY 3708, MODIFICADA POR LEY 4606. La ley 4606 cre el Registro de Verificaci n de Autopartes en el mbito de la Ciudad Aut noma de Buenos Aires y dispuso la OBLIGATORIEDAD de los titulares registrales . tenedores de veh culos radicados en la Ciudad Aut noma del grabado de las autopartes en los plazos y condiciones establecidos. La fecha l mite para que el parque automotor existente cumpla con este requisito es el 14 de diciembre de 2016. a partir de esta fecha se empezaran a aplicar las sanciones previstas por la ley. La Resoluci n N* 205/MJYSGC/13 del 25 de septiembre de 2013 aprob el siguiente CRONOGRAMA : Vehiculos patentados con anterioridad al 02/12/2011: Dominios terminados en 0, 1, 2, y 3: hasta el 31/12/2014. Dominios terminados en 4, 5, y 6: hasta el 31/12/2015. Dominios terminados en 7, 8, y 9 hasta el 14/12/2016. Los veh culos radicados en la Ciudad Aut noma (mediante transferencia inscripci n inicial) con posterioridad al 02/12/2011 deber n CUMPLIR con el grabado dentro de los treinta d as corridos de su patentamiento radicaci n.

2 A efectos de lograr el cabal cumplimiento de la norma en pos de su objetivo final de servir como una herramienta m s en la prevenci n del delito por la venta ilegal de autopartes se ha estimado conveniente involucrar en el proceso de contralor a los concesionarios automotores, gestores, mandatarios y Encargados de Registro. A los concesionarios y gestores y mandatarios, la Resoluci n N* 205 les impone un deber de colaboraci n, verificando el cumplimiento de la ley y facilitando la entrega del formulario de grabado de las autopartes. Los Encargados de Registro en su car cter de funcionarios p blicos designados por el Ministerio de Justicia deber n verificar al momento de recibir la solicitud de inscripci n inicial o transferencia de dominio el cumplimiento de lo establecido en la ley, que el obligado tenga el formulario de grabado de autopartes. Asimismo los concesionarios, gestores, mandatarios y Encargados de Registro deber n informar mensualmente al Registro de Verificaci n de Autopartes los tr mites de altas y transferencias dominiales efectuadas.

3 REGISTRO DE VERIFICACION DE AUTOPARTES. La ley N , adem s de estipular el grabado de autopartes de todo el parque automotor, crea en el mbito de la Ciudad Aut noma de Buenos Aires el Registro de Verificaci n de Autopartes (RVA) dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad. El RVA como autoridad de aplicaci n no s lo controlar la OBLIGATORIEDAD del Grabado sino tambi n efectuar un intensivo control sobre los comercios dedicados a la venta de autopartes, registr ndolos y audit ndolos. De esta manera se cierra el c rculo para una eficaz prevenci n del delito de robo y venta de autopartes ilegales. ORGANISMO RESPONSABLE. Ministerio de Justicia y Seguridad - Registro de Verificaci n de Autopartes Direcci n: Hip lito Yrigoyen 900, piso 5. Horarios de atenci n: Lunes a Viernes, de 9 a 18hs. 19/03/2014 - Prof. Irene Rey TRAMITE DE GRABADO DE AUTOPARTES: El Gobierno de la Ciudad Aut noma de Buenos Aires ha habilitado el siguiente link: automotores, donde el interesado puede gestionar su turno previa selecci n del taller.

4 Para efectuar el grabado deber presentarse el titular tenedor del veh culo con T tulo de Propiedad del Automotor, C dula de Identificaci n (verde), C dula de Autorizado (azul) y su Finalizado el Grabado se entregar al interesado el Formulario y la oblea que identifican que ha cumplido con su obligaci n. Costo del Grabado: $ 400,00. Se puede abonar en efectivo, con tarjeta de cr dito a trav s de Mercado Pago.


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