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CUANTIFICACION DEL DAÑO -PROVINCIA DE …

CUANTIFICACION DEL DA O -PROVINCIA DE BUENOS AIRES- Por Graciela Medina y Carlos Garc a SantasINDICEI. CUANTIFICACI N DEL DA O1. Principios generales2. Finalidad de la indemnizaci n3. Los jueces deben fundamentar su fallo al determinar el quantum4. Pueden acudir a la facultad del art. 165 del CPCC5. El fallo s lo puede ser revisado por la Corte en caso de absurdo6. La cuant a depende de la prueba que aporte el interesado7. Debe mensurarse la cuant a del da o al momento en que se produce8. Puede determinarse el valor de los rubros a la fecha del fallo9. Valor de la f rmula en lo que en m s o en menos resulte de la prueba II. CUANTIFICACION DE LOS DA OS PATRIMONIALES1. Da os materialesA) Valor vida ) Pautas generales para su cuantificaci ) Muerte del legitimado ) Valor vida del ama de casa.

1.Principios generales Debe tenerse en cuenta que la reparación de las cosas a su estado anterior a que alude la norma del art. 1083 del C. Civil, es un concepto o directiva jurídica, y no exclusivamente

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1 CUANTIFICACION DEL DA O -PROVINCIA DE BUENOS AIRES- Por Graciela Medina y Carlos Garc a SantasINDICEI. CUANTIFICACI N DEL DA O1. Principios generales2. Finalidad de la indemnizaci n3. Los jueces deben fundamentar su fallo al determinar el quantum4. Pueden acudir a la facultad del art. 165 del CPCC5. El fallo s lo puede ser revisado por la Corte en caso de absurdo6. La cuant a depende de la prueba que aporte el interesado7. Debe mensurarse la cuant a del da o al momento en que se produce8. Puede determinarse el valor de los rubros a la fecha del fallo9. Valor de la f rmula en lo que en m s o en menos resulte de la prueba II. CUANTIFICACION DE LOS DA OS PATRIMONIALES1. Da os materialesA) Valor vida ) Pautas generales para su cuantificaci ) Muerte del legitimado ) Valor vida del ama de casa.

2 Valor vida por muerte de la madre de la ) Valor vida por muerte de un ) Valor vida por muerte de un hijo menor de ) Valor vida por muerte de un hijo de 20 a os que convive con los ) Valor vida de una persona mayor ) Incidencia en la indemnizaci n del matrimonio contra do por la mujer del concubino fallecido ) Hijos mayores que reclaman el valor vida de la ) Monto del valor vida de un menor en un caso especificoB) Incapacidad f sica ) Pautas para su cuantificaci )Incapacidad sobreviniente gen rica y laborativa espec ) Incidencia en el monto si la v ctima es un ) ) Incidencia de la falta de ) Imposibilidad de sortear un examen ) Deducci n de la suma fijada en sede ) Los porcentajes de incapacidad no obligan al ) Se debe considerar la edad a la fecha del ) Inaplicabilidad de la ley de accidentes de trabajo.

3 Valor ) Algunos montos fijados por este conceptoC) Lucro cesante ) Pautas para ) Lucro cesante por imposibilidad de trabajarD) Da o ps ) ) Pautas para ) Doble indemnizaci nE) Gastos m dicos y de ) Pautas para su cuantificaci ) Indemnizaci n de los gastos m dicos cuando la atenci n se brinda en establecimientos gratuitosF) Gastos terap uticos futurosG) Da o est ticoH) Gastos de sepelioI) Da os al automotori. Privaci n de ) Pautas para su fijaci ) Se puede recurrir al precio de un viaje en ) Auto totalmente destruido y del ) El juez puede obviar el informe ) Auto viejoJ) Indemnizaci n en caso de incumplimiento de contrato. RifasK) Frustraci n de compraventaIII. DA OS EXTRAPATRIMONIALES1. Da o morala) Pautas para determinar su cuant ab) La fijaci n del monto depende del arbitrio judicialc) Se busca compensar el da o sufridod) No debe guardar relaci n con el da o materiale) Cuantificaci n por privaci n de uso del veh culof) Cuantificaci n por despido de persona con HIV (SIDA)g) Cuantificaci n por injuriash) Cuantificaci n por agravio psicol gico al ser impedido el parto naturali) Incidencia en la cuantificaci n por segundas nupcias de c nyuge sup rstitej) Procedencia del da o moral cuando el reclamante fue condenado en sede penalk) Monto del da o moral para automovilista embestido por ferrocarrill) Monto del da o moral por remate de vivienda por error registralm) Monto del da o moral sufrido por lesionado en transporte ben volon)

4 Monto del da o moral por recuperar un auto estacionado en parqu metro deterioradoo) Monto del da o moral por falta de reconocimiento del hijop) Monto del da o moral por muerte de un hijo menorq) Monto del da o moral por lesionesI. CUANTIFICACI N DEL DA generalesDebe tenerse en cuenta que la reparaci n de las cosas a su estado anterior a que alude la norma del art. 1083 del C. Civil, es un concepto o directiva jur dica, y no exclusivamente material o f ctico, y entra a en modo prioritario, la recomposici n del patrimonio, apartando el desvalor que supone el da o, valor ndose que el resarcimiento pecuniario, es un modo aunque indirecto de reponer las cosas a su estado anterior, s lo que en tal supuesto la enmienda del equilibrio roto opera por v a de equivalencia o sea por el cauce sustitutivo del y Com.

5 2, La Plata, Sala 3, 20/4/1999, Weiss, Alfredo A. y otro c/ Garderes, Jos Luis y otro s/ Da os y perjuicios La cuantificaci n de los da os no ha de perder de vista que la indemnizaci n no debe exorbitar el objetivo esencial que es la reposici n de las cosas a su estado anterior (art. 1083 del C d. Civil); y como esta reposici n no es posible se persigue sustituirla por los medios econ micos que permitan al damnificado paliar su detrimento, proporcion ndole los recursos que ya no podr obtener. Se trata entonces de lograr la reparaci n integral por v a y Com. Mor n, Sala 2, 14/8/97, E., c/Duarte, Miguel .No procede fijar como nica suma la indemnizaci n atribuible a diferentes rubros incapacidad, da o moral y est tico- aunque as lo peticionara la parte ya que, de tal modo, se dificulta a las partes conocer debidamente lo decidido y su alcance y ejercer debidamente sus recursos y a la alzada examinar la materia.

6 Es que distinta la naturaleza de los da os y distintos los bienes involucrados, corresponde abordarlos y Com. San Nicol s, 10/12/98, Campillay, Primitiva del Carmen c/Lassalle, Roberto s/da os y perjuicios 2. Finalidad de la indemnizaci nLa indemnizaci n de los da os y perjuicios tiene como finalidad restablecer el equilibrio que el incumplimiento de la prestaci n o el da o han alterado, vale decir, se procura mediante ella colocar al acreedor en igual o semejante situaci n a la que hubiera tenido de no haberse producido la inejecuci n o la violaci n del y Com. San Isidro, Sala 1, 8/10/98, Zamora, Eduardo c/Ortiz, Agust n y/o s/da os y perjuicios La finalidad de la indemnizaci n es procurar restablecer exactamente como sea posible el equilibrio destruido por el hecho il cito, para colocar a la v ctima a expensas del responsable, en la misma o parecida situaci n patrimonial a la que hubiese hallado si aqu l no hubiese sucedido; sin embargo, cuando al fijar los montos se establecen sumas que no guardan relaci n adecuada con la magnitud del da o y con las condiciones personales de la v ctima, se autoriza un enriquecimiento sin causa de la v ctima, con el correlativo empobrecimiento del y Com.

7 Mor n, Sala 2, 4/2/99, M., S. M. C/Empresa l nea 216 de Transportes y/o .3. Los jueces deben fundamentar su fallo al determinar el quantumEn la determinaci n del quantum indemnizatorio los jueces de grado deben individualizar y ponderar los elementos de juicio que sirven de base a su decisi n, a fin de garantizar un eventual control de legalidad, certeza y razonabilidad de lo , 23/11/93, Gonz lez, Alejandro C. c/ Edos s/ Accidente 4. Pueden acudir a la facultad del art. 165 del CPCCLa cuantificaci n del rubro no puede ajustarse a criterios matem ticos ni estad sticos, inaplicables en el fuero. En el caso de autos no cabe otra soluci n que acudir a la facultad amplia que acuerda a los jueces el tercer p rrafo del art culo 165 del CPCC. La misma supone que el ciudadano al que la sociedad ha confiado la funci n institucional de brindar una soluci n pac fica y justa a los conflictos que se suscitan en su seno, en raz n del conocimiento derivado de la apreciaci n de reiterados casos an logos, -m ximas de la experiencia-, se halla en condiciones de ponderarlo con prudencia y en atenci n al universo de hip tesis justiciables, pero con especial referencia al caso y Com.

8 San Mart n, Sala 2, 15/12/94, Sandoval, Wadalberto y ot. c/ Claro Bert n, Roberto s/ Da os y perjuicios Es cierto que probado el da o, el monto de la indemnizaci n ha sido deferido por la ley al soberano criterio del juez y ste a falta de pautas concretas resultantes de las constancias de autos- ha de remitirse a sus propias m ximas de experiencia; pero tambi n es cierto que las facultades que confiere el art. 165 del CPCC deben ser ejercidas con prudencia y sin crear, en un caso particular, determinaciones cuyos montos excedan razonablemente las otorgadas en casos relativamente an y Com. Mor n, Sala 2, 14/8/97, E., c/Duarte, Miguel .5. El fallo s lo puede ser revisado por la Corte en caso de absurdoLa cuantificaci n de las reparaciones debidas constituye una tarea propia de los jueces de las instancias de m rito, y s lo pueden ser objeto de revisi n ante la Corte cuando se pone en evidencia que aqu lla es el resultado de un razonamiento , 3/5/2000, N ez, Jorge Daniel c/ Empresa de Tansportes Mart n G emes y otro s/ Da os y perjuicios , en DJBA 158, 217 Resulta revisable por v a de absurdo el monto indemnizatorio fijado si el tribunal no expresa ni da raz n del m todo empleado para su cuantificaci n, incurriendo en una conclusi n dogm tica que no condice con el an lisis de la prueba que dice haber , 15/12/99, Larumbe, Mariana c/ Coliva.

9 Marcelo s/ Indemnizaci n por da os y perjuicios 6. La cuant a depende de la prueba que aporte el interesadoLa cuantificaci n del perjuicio -obviamente- depende de los elementos de juicio que proporcione el interesado, por lo que su d ficit le es desfavorable (art. 375 del ).Cciv. y Com. Trenque Lauquen, 2/4/1992, Banchetti, Julio C sar c/ Robles, Cristina Alicia s/ Da os y perjuicios 7. Debe mensurarse la cuant a del da o al momento en que se produceEl derecho a la reparaci n del da o se consolida y forma parte del patrimonio del trabajador en el mismo instante en que aqu l se produce. Por lo tanto este da o debe mensurarse en su cuantificaci n de conformidad con el existente al momento de la exigibilidad del cr dito y no como se decidi en el fallo recurrido sobre la base de un hecho posterior, como es la muerte del causante ocurrida durante el desarrollo del proceso, que en nada incide sobre el da o , 16/3/99, Amaya, Mario V.

10 C/ Fiat Argentina s/ Enfermedad , en DJBA 156, 2218. Puede determinarse el valor de los rubros a la fecha del falloNo viola la ley de convertibilidad la sentencia que establece el valor de los rubros a su fecha. La cuantificaci n de stos debe fijarse en lo posible a la poca de la sentencia, sin que pueda verse en ello una violaci n del principio nominalista. No existe hasta entonces deuda dineraria respecto de la cual pueda predicarse conceptualmente su actualizaci n. Es razonable admitir -en atenci n a los valores en juego- que, ponderando los valores oportunamente informados por los expertos, el sentenciante ejerza de modo prudente la facultad acordada por el ltimo p rrafo del articulo 165 del CPCC y as establezca el valor actual de los menoscabos del il y Com.


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