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DECISIÓN 584 Instrumento Andino de Seguridad y ... - OISS

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VISTOS: Los artículos 1, 3, 16 , 30 y 51 del Acuerdo de Cartagena, en su texto codificado a través de la ... incidentes o actividades que son valoradas como . riesgos para la operación segura de una empresa u organización. v) Empleador: Toda persona física o jurídica que emplea a uno o varios trabajadores.

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1 IINNSSTTIITTUUTTOO EECCUUAATTOORRIIAANNOO DDEE SSEEGGUURRIIDDAADD SSOOCCIIAALL SEGURO GENERAL DE RIESGOS DEL TRABAJO DDEECCIISSII NN 558844 IInnssttrruummeennttoo AAnnddiinnoo ddee SSeegguurriiddaadd yy SSaalluudd eenn eell TTrraabbaajjoo DECISI N 584 Sustituci n de la Decisi n 547, Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo EL CONSEJO Andino DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES, VISTOS: Los art culos 1, 3, 16, 30 y 51 del Acuerdo de Cartagena, en su texto codificado a trav s de la Decisi n 406; el Tratado del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina; la Decisi n 503 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores; las Decisiones 439, 441 y 510 de la Comisi n; el Reglamento del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores aprobado mediante Decisi n 407; y el Reglamento de la Comisi n de la Comunidad Andina aprobado mediante Decisiones 471 y 508.

2 CONSIDERANDO: Que el art culo 1 del Acuerdo de Cartagena establece como uno de sus objetivos fundamentales procurar el mejoramiento en el nivel de vida de los habitantes de la Subregi n; Que para el logro de los objetivos de los art culos 3 y 51 del Acuerdo de Cartagena se han previsto, entre otras medidas, la armonizaci n gradual de las pol ticas econ micas y sociales y la aproximaci n de las legislaciones nacionales de los Pa ses Miembros en las materias pertinentes; Que el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de la Subregi n est ntimamente relacionado con la obtenci n de un trabajo decente; Que uno de los elementos esenciales para alcanzar el objetivo de un trabajo decente es garantizar la protecci n de la Seguridad y la salud en el trabajo.

3 Que, en tal sentido, corresponde a los Pa ses Miembros adoptar medidas necesarias para mejorar las condiciones de Seguridad y salud en cada centro de trabajo de la Subregi n y as elevar el nivel de protecci n de la integridad f sica y mental de los trabajadores; Que el Convenio Sim n Rodr guez de integraci n sociolaboral, donde se establece la participaci n tripartita y paritaria del Consejo Asesor de Ministros de Trabajo y de los Consejos Consultivos Empresarial y Laboral Andinos, contempla como uno de sus ejes tem ticos principales la Seguridad y Salud en el Trabajo.

4 Que el Consejo Consultivo Laboral Andino , a trav s de la Opini n 007 de junio de 2000, emitida ante el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y la Secretar a General de la Comunidad Andina, ha manifestado su pleno respaldo al tratamiento de esta tem tica de manera tripartita, con el prop sito de establecer criterios generales para orientar una adecuada pol tica preventiva, adem s de adoptar medidas concretas para establecer procedimientos en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo en la Subregi n; Que es conveniente aprobar un Instrumento en el que se establezcan las normas fundamentales en materia de Seguridad y salud en el trabajo que sirva de base para la gradual y progresiva armonizaci n de las leyes y los reglamentos que regulen las situaciones particulares de las actividades laborales que se desarrollan en cada uno de los Pa ses Miembros.

5 Este Instrumento deber servir al mismo tiempo para impulsar en los Pa ses Miembros la adopci n de Directrices sobre sistemas de gesti n de la Seguridad y la salud en el trabajo as como el establecimiento de un Sistema nacional de Seguridad y salud en el trabajo; Que la Secretar a General ha presentado la Propuesta 118/Rev. 1 sobre la Composici n del Comit Andino de Autoridades en Seguridad y Salud en el Trabajo; DECIDE: Adoptar el siguiente Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo CAP TULO I DISPOSICIONES GENERALES Art culo A los fines de esta Decisi n, las expresiones que se indican a continuaci n tendr n los significados que para cada una de ellas se se alan: a) Pa s Miembro: Cada uno de los pa ses que integran la Comunidad Andina.

6 B) Trabajador: Toda persona que desempe a una actividad laboral por cuenta ajena remunerada, incluidos los trabajadores independientes o por cuenta propia y los trabajadores de las instituciones p blicas. c) Salud: Es un derecho fundamental que significa no solamente la ausencia de afecciones o de enfermedad, sino tambi n de los elementos y factores que afectan negativamente el estado f sico o mental del trabajador y est n directamente relacionados con los componentes del ambiente del trabajo. d) Medidas de prevenci n: Las acciones que se adoptan con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo, dirigidas a proteger la salud de los trabajadores contra aquellas condiciones de trabajo que generan da os que sean consecuencia, guarden relaci n o sobrevengan durante el cumplimiento de sus labores, medidas cuya implementaci n constituye una obligaci n y deber de parte de los empleadores.

7 E) Riesgo laboral: Probabilidad de que la exposici n a un factor ambiental peligroso en el trabajo cause enfermedad o lesi n. f) Actividades, procesos, operaciones o labores de alto riesgo: Aquellas que impliquen una probabilidad elevada de ser la causa directa de un da o a la salud del trabajador con ocasi n o como consecuencia del trabajo que realiza. La relaci n de actividades calificadas como de alto riesgo ser establecida por la legislaci n nacional de cada Pa s Miembro. g) Lugar de trabajo: Todo sitio o rea donde los trabajadores permanecen y desarrollan su trabajo o a donde tienen que acudir por raz n del mismo.

8 H) Condiciones y medio ambiente de trabajo: Aquellos elementos, agentes o factores que tienen influencia significativa en la generaci n de riesgos para la Seguridad y salud de los trabajadores. Quedan espec ficamente incluidos en esta definici n: i. las caracter sticas generales de los locales, instalaciones, equipos, productos y dem s tiles existentes en el lugar de trabajo; ii. la naturaleza de los agentes f sicos, qu micos y biol gicos presentes en el ambiente de trabajo, y sus correspondientes intensidades, concentraciones o niveles de presencia; iii.

9 Los procedimientos para la utilizaci n de los agentes citados en el apartado anterior, que influyan en la generaci n de riesgos para los trabajadores; y iv. la organizaci n y ordenamiento de las labores, incluidos los factores ergon micos y psicosociales. i) Equipos de protecci n personal: Los equipos espec ficos destinados a ser utilizados adecuadamente por el trabajador para que le protejan de uno o varios riesgos que puedan amenazar su Seguridad o salud en el trabajo. j) Sistema de gesti n de la Seguridad y salud en el trabajo.

10 Conjunto de elementos interrelacionados o interactivos que tienen por objeto establecer una pol tica y objetivos de Seguridad y salud en el trabajo, y los mecanismos y acciones necesarios para alcanzar dichos objetivos, estando ntimamente relacionado con el concepto de responsabilidad social empresarial, en el orden de crear conciencia sobre el ofrecimiento de buenas condiciones laborales a los trabajadores, mejorando de este modo la calidad de vida de los mismos, as como promoviendo la competitividad de las empresas en el mercado.


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