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Directores Código Civil y Comercial de la Nación Comentado

Herrera Marisa Herrera - Gustavo Caramelo - Sebasti n Picasso Caramelo Directores Picasso Directores C digo Civil y Comercial C digo Civil y Comercial de la Naci n Comentado de la Naci n Comentado T tulo Preliminar y Libro Primero Tomo I. T tulo Preliminar y Libro Primero Art culos 1 a 400. C digo Civil y Comercial de la Naci n Comentado Tomo I. T tulo Preliminar y Libro Primero Tomo I. C digo Civil y Comercial de la Naci n Comentado Tomo I. T tulo Preliminar y Libro Primero Art culos 1 a 400. Caramelo, Gustavo C digo Civil y Comercial de la Naci n Comentado / Gustavo Caramelo ;. Sebasti n Picasso ; Marisa Herrera. - 1a ed. - Ciudad Aut noma de Buenos Aires : Infojus, 2015. v. 1, 672 p. ; 23x16 cm. ISBN 978-987-3720-30-7.

de los principios que emanan de la Constitución Nacional y de los tratados internaciona- les de derechos humanos. Claro está, esta “nueva exégesis” se consolidará con el auxilio de la jurisprudencia que se

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1 Herrera Marisa Herrera - Gustavo Caramelo - Sebasti n Picasso Caramelo Directores Picasso Directores C digo Civil y Comercial C digo Civil y Comercial de la Naci n Comentado de la Naci n Comentado T tulo Preliminar y Libro Primero Tomo I. T tulo Preliminar y Libro Primero Art culos 1 a 400. C digo Civil y Comercial de la Naci n Comentado Tomo I. T tulo Preliminar y Libro Primero Tomo I. C digo Civil y Comercial de la Naci n Comentado Tomo I. T tulo Preliminar y Libro Primero Art culos 1 a 400. Caramelo, Gustavo C digo Civil y Comercial de la Naci n Comentado / Gustavo Caramelo ;. Sebasti n Picasso ; Marisa Herrera. - 1a ed. - Ciudad Aut noma de Buenos Aires : Infojus, 2015. v. 1, 672 p. ; 23x16 cm. ISBN 978-987-3720-30-7.

2 1. C digo Civil y Comercial Argentino. I. Sebasti n Picasso II. Herrera, Marisa III. T tulo CDD Fecha de catalogaci n: 21/04/2015. ISBN Obra completa: 978-987-3720-29-1. ISBN Tomo 1: 978-987-3720-30-7. C digo Civil y Comercial de la Naci n Comentado 1ra edici n - Junio 2015. 2da edici n - Mayo 2016. Editorial Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Naci n, Sarmiento 329, 1041 AFF, Editado por la Direcci n Nacional del Sistema Argentino de Informaci n Jur dica. Correo electr nico: Esta publicaci n se encuentra disponible en forma libre y gratuita en: Los art culos contenidos en esta publicaci n son de libre reproducci n en todo o en parte, citando la fuente. El contenido de esta publicaci n expresa solo la opini n de sus autores, y no necesariamente la del Ministe- rio de Justicia y Derechos Humanos de la Naci n.

3 Distribuci n gratuita. Prohibida su venta. redise o tomo 1 Comentado 2 23/08/2016 11:36:50 Dir e c tores Marisa Herrera Gustavo Caramelo Sebasti n Picasso C digo Civil y Comercial de la Naci n Comentado | III. co o r din adores Natalia de la Torre Luis R. J. S enz tomo I, II y VI tomo III y IV. Fiorella Vigo federico S. carestia tomo I, II y VI tomo III y IV. Cecilia Kandus Federico J. Causse tomo III, IV y VI tomo V. Mar a Eugenia Christian R. Pettis Rodr guez Per a tomo V. tomo III y IV. C digo Civil y Comercial de la Naci n Comentado |V. C o m e n ta r i o s a los art culos del tomo Marisa Herrera ngeles Baliero y Gustavo Caramelo de Burundarena Arts. 1 a 18 Arts. 100 a 137. Arts. 289 a 312. Marisa Herrera Arts.

4 19 a 21 Mauricio Boretto Arts. 93 a 99 Arts. 141 a 224. Silvia E. Fern ndez Gonzalo Perez Pejcic Arts. 22 a 50. Arts. 225 a 256. Arts. 138 a 140. Arts. 398 a 400. Eleonora Lamm Arts. 51 a 61 Mar a isabel Benavente Arts. 257 a 288. Luz mar a Pagano Arts. 332 a 357. Arts. 62 a 72 Arts. 382 a 397. Gustavo Luis Gaibrois Adri n Ricordi Arts. 73 a 75 Arts. 313 a 319. Diego Tachella Adri n Ricordi Arts. 76 a 78. y Aldo M. Di Vito Aldo M. Di Vito Arts. 320 a 331. Arts. 79 a 84. Christian Pettis Germ n Hiralde Vega y Mar a Isabel Benavente Arts. 85 a 92 Arts. 358 a 381. El contenido de esta publicaci n expresa solo la opini n de sus autores, y no necesariamente la del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Naci n.

5 C digo Civil y Comercial de la Naci n Comentado | VII. P r lo g o P r lo g o A da Kemelmajer de Carlucci En el a o 2014, en una cuidada edici n, Infojus puso el texto oficial del C digo Civil y Comercial (CCyC), aprobado por la ley , a disposici n de todos los habitantes del pa s. Hoy, en 2015, pocos meses antes de que el C digo entre en vigencia, Ediciones Infojus ofrece un texto Comentado . El organismo p blico se suma, as , a la tarea emprendida por algunas editoriales privadas que est n colocando comentarios exeg ticos, con diferentes modalidades, en el mercado del libro. La obra que prologo, seriamente realizada por autores de todas las generaciones que viven a lo largo y a lo ancho del pa s, cuenta con la codirecci n de Marisa Herrera, Sebas- ti n Picasso y Gustavo Caramelo, personas que, desde hace tiempo, responsablemente, vienen explicando el nuevo ordenamiento en art culos monogr ficos, conferencias, cur- sos, clases, intervenciones en otras obras colectivas, etc.

6 Se trata de verdaderos juristas que act an en distintos mbitos (la Justicia, la c tedra universitaria, la investigaci n). El fruto del esfuerzo mancomunado de autores y Directores rememora el aserto seg n el cual un libro siempre es un proyecto colectivo, hecho de conversaciones, debates, textos y voces de otros . (1). En efecto, una s ntesis que explique correctamente cada nuevo art culo y que culmine en una obra coherente como esta, solo es posible si viene precedida de intercambios de ideas en los que se ha participado activamente. La tarea realizada es muy importante, pues todos son y han sido conscientes de que el CCyC respeta el fen meno imparable de la descodificaci n y, por lo tanto, en palabras de Natalino Irti, de que la nueva ex gesis.

7 Debe racionalizar el juego de los microsistemas y componer la coherencia sist mica . (2). Precisamente, el C digo Civil y Comercial que entrar en vigencia en agosto de 2015. pretende ser el factor de integraci n del conjunto de los microsistemas del derecho pri- vado. Dicho de otro modo, las fuentes dialogan: las leyes especiales, los microsistemas, no existen en el aislamiento, en el vac o, sin interrelaci n alguna; al contrario, sin perjuicio de sus reglas espec ficas, pueden acudir al CCyC como instrumento de integraci n al sis- tema. Pi nsese, por ejemplo, en los principios de buena fe, de interdicci n del abuso del derecho, del fraude a la ley y de la irrenunciabilidad anticipada y general de los derechos (arts.)

8 8/13); todos se aplican a estatutos cerrados, como la Ley de Seguros, la Ley de Concursos, el C digo de la Navegaci n, la Ley del Ambiente, etc. (1) Grimson, Alejandro y Tenti Fanfani, Emilio, Mitoman as de la educaci n argentina, Bs. As., Siglo XXI, 2014, p. 13. (2) Irti, Natalino, La edad de la descodificaci n, Barcelona, Bosch, 1992, pp. 191 y 113/114. C digo Civil y Comercial de la Naci n Comentado | IX. Pr logo Esa funci n de cohesi n es posible, ciertamente, por la incorporaci n expresa en el CCyC. de los principios que emanan de la Constituci n Nacional y de los tratados internaciona- les de derechos humanos. Claro est , esta nueva ex gesis se consolidar con el auxilio de la jurisprudencia que se forjar al interpretar y aplicar sus disposiciones.

9 Cabe se alar que esa tarea ya ha empe- zado, desde que no son pocos los jueces que invocan las nuevas normas como parte de la motivaci n en la que fundan la soluci n a la que llegan en decisiones anteriores a la entrada en vigencia del CCyC. M s a n, el C digo es citado en decisiones administrativas de los registros del estado Civil y capacidad de las personas. Independientemente de este inusual fen meno, no hay dudas de que, por ahora, corres- ponde a la doctrina constituirse en el principal instrumento para llevar adelante un ade- cuado di logo entre las diversas fuentes. El CCyC ayuda porque incorpora diversas reglas relativas a la interpretaci n y orden de aplicaci n de las normas seg n su origen (ver arts.)

10 1, 2, 150, 768, 963, 964, 1709, 1834 CCyC, etc.). Art culos de este tipo son necesarios en un C digo que, como dije, reco- noce expresamente el fen meno de la descodificaci n, tal como surge de sus reiteradas remisiones a las leyes especiales. Me detengo en algunos ejemplos: 1) Entre las disposiciones transitorias, se afirma que Los derechos de los pueblos in- d genas, en particular la propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan y de aquellas otras aptas y suficientes para el desarrollo humano, ser n objeto de una ley especial (primera disposici n, que corresponde al art. 18 CCyC); que La protecci n del embri n no implantado ser objeto de una ley especial (segunda dis- posici n, que corresponde al 19 CCyC); que La responsabilidad del Estado nacional y de sus funcionarios por los hechos y omisiones cometidos en el ejercicio de sus funciones ser objeto de una ley especial (cuarta disposici n, que corresponde a los arts.


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