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1 Boulevard Adolfo Ruiz Cortines No. 4209, Col, Jardines en la Monta a, CP. 14210, Ciudad de M xico Tel: (55) 9126-0100 P gina 1 de 71 DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CAR CTER GENERAL QUE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA CONFORMACI N, IMPLEMENTACI N Y AUTORIZACI N DE LOS SISTEMAS DE ADMINISTRACI N DE SEGURIDAD INDUSTRIAL, SEGURIDAD OPERATIVA Y PROTECCI N AL medio ambiente APLICABLES A LAS ACTIVIDADES DEL SECTOR HIDROCARBUROS QUE SE INDICAN Publicadas en el Diario Oficial de la Federaci n el 13 de mayo de 2016 TEXTO VIGENTE ltima modificaci n publicada en el DOF 04 de mayo de 2020 Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice.
2 Estados Unidos Secretar a de medio ambiente y Recursos Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protecci n al medio ambiente del Sector Hidrocarburos. CARLOS SALVADOR DE REGULES RUIZ FUNES, Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protecci n al medio ambiente del Sector Hidrocarburos, con base en el mandato legal conferido a esta Agencia para establecer los Lineamientos para la conformaci n e implementaci n de los Sistemas de Administraci n de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protecci n al medio ambiente , en relaci n con las actividades del Sector Hidrocarburos, expide las siguientes.
3 DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CAR CTER GENERAL QUE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA CONFORMACI N, IMPLEMENTACI N Y AUTORIZACI N DE LOS SISTEMAS DE ADMINISTRACI N DE SEGURIDAD INDUSTRIAL, SEGURIDAD OPERATIVA Y PROTECCI N AL medio ambiente , APLICABLES A LAS ACTIVIDADES DEL SECTOR HIDROCARBUROS QUE SE INDICAN C A P T U L O I DISPOSICIONES GENERALES Art culo 1. Los presentes Lineamientos tienen por objeto establecer los requisitos m nimos para el Registro de la Conformaci n, la Autorizaci n de la Implementaci n y el seguimiento de los Sistemas de Administraci n de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protecci n al medio ambiente a los que se refiere el Cap tulo III del T tulo Segundo de la Ley.
4 Art culo modificado DOF 04-05-2020 Art culo 2. Los presentes Lineamientos son de observancia GENERAL para los Regulados que realicen las siguientes actividades del Sector Hidrocarburos: Art culo modificado DOF 04-05-2020 I. La exploraci n y extracci n de hidrocarburos; Fracci n modificada DOF 04-05-2020 II. El tratamiento, refinaci n, enajenaci n, transporte y almacenamiento del petr leo; III. El procesamiento, compresi n, licuefacci n, descompresi n y regasificaci n, as como el transporte, almacenamiento y distribuci n de gas natural; IV. El almacenamiento de gas licuado de petr leo y petrol feros; Fracci n modificada DOF 04-05-2020 Boulevard Adolfo Ruiz Cortines No.
5 4209, Col, Jardines en la Monta a, CP. 14210, Ciudad de M xico Tel: (55) 9126-0100 P gina 2 de 71 V. El transporte y distribuci n de petrol feros y de gas licuado de petr leo que, conforme a su volumen de manejo, sean considerados como actividades altamente riesgosas en t rminos del art culo 146 de la Ley GENERAL del Equilibrio Ecol gico y la Protecci n al ambiente , y Fracci n modificada DOF 04-05-2020 VI. El transporte por ducto y el almacenamiento, que se encuentre vinculado a ductos de petroqu micos producto del procesamiento del gas natural y de la refinaci n del petr leo.
6 Art culo 3. Para efectos de la aplicaci n de los presentes Lineamientos se estar a los conceptos y definiciones previstas en la Ley, en la Ley de Hidrocarburos, su Reglamento, en la Ley Federal sobre Metrolog a y Normalizaci n, en el Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protecci n al medio ambiente del Sector Hidrocarburos, en la Ley GENERAL del Equilibrio Ecol gico y la Protecci n al ambiente , en los Lineamientos que regulan los Planes de Exploraci n y de Desarrollo para la Extracci n de Hidrocarburos emitidos por la Comisi n Nacional de Hidrocarburos.
7 As como en las DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS de car cter GENERAL emitidas por la Agencia que sean aplicables y a las siguientes definiciones: Art culo modificado DOF 04-05-2020 I. Accidente: Evento que ocasiona afectaciones al personal, a la poblaci n, a los bienes propiedad de la Naci n, a los equipos e instalaciones, a los sistemas y/o procesos operativos y al medio ambiente . II. An lisis de Riesgo: La aplicaci n de uno o m s m todos espec ficos para identificar, analizar, evaluar y generar alternativas de mitigaci n y control de los riesgos significativos asociados con equipos cr ticos y los procesos.
8 III. Aspecto Ambiental: Elemento de las actividades, productos o servicios de una organizaci n que puede interactuar con el medio ambiente . IV. Auditor a: Examen sistem tico para determinar si ciertas actividades y el resultado de stas cumplen con lo planificado y si esto se ha implementado eficazmente, as como si es adecuado para alcanzar la pol tica y los objetivos de la organizaci n. V. Autorizaci n del Sistema de Administraci n: Acto administrativo que emite la Agencia mediante el cual tiene por cumplidos los requisitos previstos en la Ley y en los presentes Lineamientos, para la implementaci n del Sistema de Administraci n en los Proyectos de los Regulados.
9 Fracci n modificada DOF 04-05-2020 VI. Competencia del Personal: Atributos personales y aptitud demostrada para aplicar conocimientos y habilidades. VII. Conformaci n del Sistema de Administraci n: Conjunto documental de los elementos m nimos que deben contener los Sistemas de Administraci n de los Regulados, de acuerdo con lo previsto en la Ley y en los presentes lineamientos. VIII. Criterios de Auditor a: Conjunto de pol ticas, procedimientos o requisitos usados como referencia frente a la cual se compara la evidencia de la auditor a. IX. Clave nica de Registro del Regulado (CURR): Clave que se otorga para identificar individualmente al Regulado en el Registro de Regulados de la Agencia.
10 X. Desempe o: Resultados de la operaci n y funcionamiento de una organizaci n del Regulado respecto a sus actividades, procesos y servicios. XI. Dictamen de Conformaci n: Resultado de la verificaci n que realiza un Tercero autorizado, en el que se hace constar que el contenido del Sistema de Administraci n del Regulado cumple con los requisitos establecidos en el Anexo I de los presentes Lineamientos. Fracci n modificada DOF 04-05-2020 XII. Equipo cr tico: Sistemas, maquinaria, equipos, instalaciones o componentes, cuya falla pudiera derivar en la liberaci n de energ a o material peligroso, capaz de originar incidentes y accidentes.