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Doce tesis en torno al Derecho Procesal …

Doce tesis en torno alDerecho Procesal constitucional *C sar AstudilloSUMARIO: I. Dedicatoria. II. Explicaci n metodol gica y conceptual. III. Primeratesis. Las formas deaproximaci nal Derecho Procesal constitucional . Segundatesis. Lahistoriadel Derecho Procesal constitucional . Tercera tesis . Elm todopara la sistematizaci n cient fica del Derecho Procesal constitucional . Cuarta Te-sis. Lanaturalezadel Derecho Procesal constitucional . Quinta tesis . La carac-terizaci n del Derecho Procesal constitucional . Sexta tesis . Laductilidaddel De-recho Procesal constitucional . S ptima tesis . Laoriginalidaddel DerechoProcesal constitucional . Octava tesis . Elcar cter inquisitivodel Derecho ProcesalConstitucional.

Doce tesis en torno al Derecho Procesal Constitucional * César Astudillo SUMARIO: I. Dedicatoria.II. Explicación metodológica y conceptual. III. Primera tesis.—Las formas de aproximación al Derecho Procesal Constitucional. Segunda

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1 Doce tesis en torno alDerecho Procesal constitucional *C sar AstudilloSUMARIO: I. Dedicatoria. II. Explicaci n metodol gica y conceptual. III. Primeratesis. Las formas deaproximaci nal Derecho Procesal constitucional . Segundatesis. Lahistoriadel Derecho Procesal constitucional . Tercera tesis . Elm todopara la sistematizaci n cient fica del Derecho Procesal constitucional . Cuarta Te-sis. Lanaturalezadel Derecho Procesal constitucional . Quinta tesis . La carac-terizaci n del Derecho Procesal constitucional . Sexta tesis . Laductilidaddel De-recho Procesal constitucional . S ptima tesis . Laoriginalidaddel DerechoProcesal constitucional . Octava tesis . Elcar cter inquisitivodel Derecho ProcesalConstitucional.

2 Novena tesis . Elvalordel Derecho Procesal constitucional . D -cima tesis . Lainterpretaci ndel Derecho Procesal constitucional . Und cima te-sis. Laintegraci ndel Derecho Procesal constitucional . Duod cima tesis . Elconceptode Derecho Procesal DedicatoriaEn 1955 el maestro H ctor Fix-Zamudio culminaba sus estudios universitariosen la UNAM mediante la defensa de su tesis de licenciatura en la Facultad de Dere-cho. El trabajo presentado en el examen profesional bajo el t tuloLa garant a juris-diccional de la Constituci n mexicana. Ensayo de una estructuraci n Procesal del amparo, repre-sent un acontecimiento acad mico de proporciones may sculas, pues reflejabauna contundente toma de posici n cient fica en torno a la metodolog a de an lisisde nuestro paradigm tico instrumento protector de los derechos fundamentales: elJuicio de *El presente trabajo forma parte del Programa de consolidaci n institucional de grupos de in-vestigaci n del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnolog a, , H ctor,La garant a jurisdiccional de la Constituci n mexicana.

3 Ensayo de una estructura-ci n Procesal del amparo, M xico, UNAM-Facultad de Derecho , 1955, p. 57 y ss. Esta contribuci n apa-reci despu s en su monograf a,El juicio de Amparo, presentaci n de Antonio Mart nez Baez, M xico,Porr a, 1964, p. 3-144. (Se cita el primero de los trabajos).Las contribuciones cient ficas de esa obra fueron bastas y de la mayor significa-ci n. Dentro de ellas, quiz uno de sus mayores m ritos fue el de haber aproxima-do con total pulcritud la metodolog a y los conceptos b sicos del Derecho constitu-cional y del Derecho Procesal , dos disciplinas que ven an desenvolvi ndose demanera aut noma, con el objetivo de aprovechar sus ense anzas en la explicaci nde la nica instituci n con que cont bamos para la defensa de los derechos, cuyostatus, valores protegidos, finalidades, y modo de estructuraci n interna, se encuen-tra a medio camino entre lo constitucional y lo poco m s de 50 a os de esa inmejorable contribuci n, este art culo, dentrode sus limitaciones, intenta homenajear al maestro de maestros.

4 Reconociendo en lal acad mico responsable, al cient fico riguroso, al universitario comprometido, almexicano ejemplar, pero sobre todo al humanista; porque todos aquellos quehemos tenido la fortuna de conocerlo y de tratarle, sabemos de la calidad moral yhumana del Dr. H ctor Explicaci n metodol gica y conceptualEl presente art culo dif cilmente puede ocultar la proximidad de su estructuracon una contribuci n cl sica del profesor Francisco Rubio Llorente que lleva port tulo Seis tesis sobre la jurisdicci n constitucional en Europa .3En ese texto, elprofesor de la Universidad Complutense evidenciaba la problem tica de la jurisdic-ci n constitucional europea con el objeto de analizar la situaci n en que se encon-traba en ese preciso momento.

5 Para efectos meramente expositivos utiliz , en ra-z n de su agilidad, la f rmula de las tesis , en virtud de que a trav s de ellas puedenfijarse posicionamientos directos, claros y breves, que facilitan de alguna manera lapresentaci n de las ideas e, incluso, su posible cr ha parecido oportuno emplear este formato porque las tesis del presentetrabajo constituyen los planteamientos principales defendidos en la investigaci npresentada para obtener el doctoradoeuropeus(hispano-italiano) en sumatriz en el trabajo apenas citado, las tesis siguen en n mero y en contenido la es-tructura de dicha memoria doctoral. La intenci n es fijar un conjunto de ideas apartir de las cuales puedan extraerse postulados enunciados en forma de principios42 C sar Astudillo2 Para conocer la semblanza del maestro Fix-Zamudio, ac dase a CARPIZO,Jorge, Semblanzadel doctor H ctor Fix-Zamudio.

6 H ctor Fix-Zamudio. Imagen y obra escogida, M xico, UNAM, 1984, y dentro deLa forma del Poder. Estudios sobre la Constituci n, Madrid, Centro de EstudiosConstitucionales, 1997, p. 541 y ASTUDILLO,C sar,El Derecho Procesal constitucional como Derecho con especificidad propia para lagarant a de la Constituci n, Madrid, Universidad Complutense, 2006, in el objeto de que constituyan un bagaje conceptual que con el tiempo pueda serprofundizado, flexibilizado o replanteado en funci n de las nuevas sugerencias,ideas o criticas que puedan conveniente destacar tambi n que el formato utilizado conducir en muchasocasiones al empleo de generalizaciones que, en estricto sentido, se encuentran so-metidas a excepciones.

7 No obstante, el inter s principal que nos motiva a actuar deesta manera se basa en el prop sito de presentar a discusi n algunos lineamientosgenerales que emanan de la particularidad del Derecho Procesal constitucional enadelante DPC como Derecho a trav s del cual la Constituci n se ubica comonorma Procesal dirigida a la tutela de sus propios contenidos. Por lo tanto, dichatoma de posici n nos obliga a preferir aquellos elementos que coadyuvan a consoli-dar las peculiaridades del DPC con el consecuente sacrificio de aquellos otros queintentan iniciar con una base s lida es necesario fijar el sentido que provisional-mente hemos de darle a la expresi n DPC. En este tenor, debe destacarse que laexpresi n representa el ltimo neologismo empleado por la dogm tica jur dicapara hacer referencia a la disciplina que se ocupa de estudiar las categor as mediantelas cuales se tutela la Constituci n.

8 Si bien es cierto la noci n aludida fue acu adahace m s de medio siglo, no puede decirse que en la actualidad haya penetradocompletamente dentro del lenguaje jur dico. Su falta de arraigo y la ausencia deuna definici n mayoritariamente aceptada ha producido, por ejemplo, que carezcatodav a de una voz particular en las enciclopedias jur dicas en donde se explique ydetalle su contenido, lo que denota que a n no se tiene plena conciencia acercade cu l es su objeto de estudio, cu l es su posici n sistem tica respecto al resto dedisciplinas jur dicas y cu l es la metodolog a jur dica que debe emplearse en sureconstrucci falta de madurez de la noci n demuestra la dificultad de cualquier defini-ci n.

9 No obstante, acaso sea prudente comenzar teniendo en cuenta que existen di-versas formas de organizar la tutela jur dica de la Constituci n, lo que da lugar alestablecimiento de una noci n amplia o restringida de DPC. Si tenemos presente lacl sica bipartici n avanzada por Calamandrei5entre el modelojudicial, difuso o ameri-canoy el modeloaut nomo, concentrado o europeoes evidente que es este ltimo el quede forma m s n tida deja ver la existencia de un DPC de car cter espec fico, en vir-tud de que se pueden identificar con mayor facilidad instrumentos procesales aut -nomos e, igualmente, rganos de garant a establecidosex profesopara dirimir loscontenciosos constitucionales, lo que hace suponer la presencia de una funci nconstitucional particular que dentro de la din mica de las funciones estatales se diri-Doce tesis en torno al Derecho Procesal constitucional 435 CALAMANDREI,Piero.

10 La illegitimit costituzionale delle leggi nel processo civile ,Opere Giuri-diche, Vol. III, Napoli, Morano, 1968, p. a procurar, en exclusiva, la salvaguarda de la Constituci n. Este criterio, no obs-tante, deja fuera un c mulo de experiencias que han tomado como primer paradig-ma al modelo estadounidense y que paulatinamente se han ido acercando a unmodelo mixto o incluso aut ctono de control de la consoli-daci n de un sistema h brido ha permitido ir perfilando ciertas especificidades,pues al original arreglo en el que las controversias constitucionales se dirim an en el mbito del Derecho Procesal general, por cualquier juez, dentro de la substanciaci nde cualquier controversia jur dica, se han ido a adiendo nuevos elementos paraposibilitar la concentraci n de los conflictos de constitucionalidad en un rgano nico.