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El amicus curiae: en noviembre de 2009 ¿qué es y …

Defensor a del Pueblo102 Impreso en Distribuidora & Gr ca Rosvil : 99 871 1278 / 99 671 9591en noviembre de 2009El amicus curiae: qu es y para qu sirve? Jurisprudencia y labor de la Defensor a del PuebloSerie Documentos Defensoriales - Documento N 8 Defensor a del PuebloJir n Ucayali N 388 Lima 1 - Per Tel fono: (511) 311-0300 Fax: (511) 426-7889E-mail: http:/ nea gratuita: 0800-15170 Primera edici n: Lima, Per , octubre del 20091000 ejemplaresHecho el Dep sito Legal en la Biblioteca Nacional del Per N 2009 - 15028El presente documento fue elaborado por un equipo dirigido por Fernando Casta eda Portocarrero, Adjunto (e) en Asuntos Constitucionales, e integrado por Federico Chunga Fiestas, Jefe de rea (e) y los comisionados Alex Rueda Borrero y Jos D vila C rdova.

Defensoría del Pueblo 102 Impreso en Distribuidora & Grá ca Rosvil E.I.R.L. Cel.: 99 871 1278 / 99 671 9591 en noviembre de 2009 El amicus curiae: ¿qué es y para qué sirve?

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1 Defensor a del Pueblo102 Impreso en Distribuidora & Gr ca Rosvil : 99 871 1278 / 99 671 9591en noviembre de 2009El amicus curiae: qu es y para qu sirve? Jurisprudencia y labor de la Defensor a del PuebloSerie Documentos Defensoriales - Documento N 8 Defensor a del PuebloJir n Ucayali N 388 Lima 1 - Per Tel fono: (511) 311-0300 Fax: (511) 426-7889E-mail: http:/ nea gratuita: 0800-15170 Primera edici n: Lima, Per , octubre del 20091000 ejemplaresHecho el Dep sito Legal en la Biblioteca Nacional del Per N 2009 - 15028El presente documento fue elaborado por un equipo dirigido por Fernando Casta eda Portocarrero, Adjunto (e) en Asuntos Constitucionales, e integrado por Federico Chunga Fiestas, Jefe de rea (e) y los comisionados Alex Rueda Borrero y Jos D vila C rdova.

2 Rina Palacios Esterripa brind apoyo secretarial en el proceso de producci n del documento. La edici n del texto estuvo a cargo de Mario n 1. LA DEFENSOR A DEL PUEBLO Y LA PROTECCI N DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES La fuerza normativa de la Constituci n Pol tica del Per y los instrumentos de protecci n de los derechos fundamentales La Defensor a del Pueblo y su intervenci n en procesos judiciales 2. NOCI N, ANTECEDENTES HIST RICOS Y TRATAMIENTO DEL amicus CURIAE EN EL DERECHO COMPARADO Noci n Antecedentes hist El amicus curiae en algunos ordenamientos jur dicos del Derecho comparado Estados Unidos de Am Sud frica3. EL amicus CURIAE EN LOS SISTEMAS UNIVERSAL E INTERAMERICANO DE PROTECCI N DE DERECHOS HUMANOS 4.

3 FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL DEL amicus CURIAE EN EL PERU 91313151818212323262730323338 Defensor a del Participaci n ciudadana, principio democr tico y transparencia del debate Garant a del debido Garant a de la plena vigencia de los derechos humanos5. El amicus CURIAE EN LA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y DEL PODER JUDICIAL Cu ndo se puede intervenir en calidad de amicus curiae? Por qu razones interviene un amicus curiae en un proceso judicial? Qui n est legitimado para intervenir en calidad de amicus curiae? A qui n le corresponde evaluar la admisibilidad de la intervenci n del amicus curiae? Cu l es la condici n que asume un amicus curiae cuando ingresa a un proceso?

4 C mo contribuye espec ficamente el amicus curiae en el proceso? La opini n del amicus curiae es vinculante para el tribunal?6. CASOS EN LOS QUE LA DEFENSOR A DEL PUEBLO HA INTERVENIDO EN CALIDAD DE amicus Amici curiae presentados por la Defensor a del Pueblo ante el Sistema Interamericano de Protecci n de Derechos Comisi n Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)38394145464751555657595962627El amicus curiae: qu es y para qu sirve? Corte Interamericana de Derechos Amici curiae presentados por la Defensor a del Pueblo ante el Tribunal Constitucional peruano Amici curiae presentados por la Defensor a del Pueblo ante el Poder Judicial peruano 666877 Defensor a del Pueblo89El amicus curiae: qu es y para qu sirve?

5 PRESENTACI NEn un Estado constitucional y democr tico de Derecho, los derechos fundamentales constituyen facultades directamente invocables y exigibles por las personas, cuya eficacia no se agota en su reconocimiento normativo por la Constituci n Pol tica y en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, sino que exige su defensa efectiva cuando esto sea raz n de ello, nuestro sistema jur dico ha complementado este reconocimiento normativo con el establecimiento de mecanismos de garant a frente a su vulneraci n o amenaza, as como con la creaci n de instituciones como la Defensor a del Pueblo, que tienen como mandato constitucional la defensa de la supremac a de la Constituci n Pol tica y de los derechos constitucionales y fundamentales all reconocidos.

6 Para dar cumplimiento a este mandato constitucional, el Constituyente ha dotado a la Defensor a del Pueblo de distintas modalidades de actuaci n en procesos judiciales, tales como la posibilidad de iniciar e intervenir en procesos de inconstitucionalidad, h beas data, h beas corpus, amparo, acci n popular y cumplimiento, pudiendo coadyuvar a la defensa del perjudicado en un proceso de h beas corpus e intervenir en calidad de amicus curiae en cualquier proceso judicial. El amicus curiae, como forma de intervenci n de la Defensor a del Pueblo, tiene fundamento normativo en el art culo 162 de la Constituci n de 1993 y en el art culo 17 de la Ley N 26520, Ley Org nica de la Defensor a del Pueblo. Su objetivo es aportar, como amigo del Defensor a del Pueblo10tribunal , criterios t cnico-jur dicos no vinculantes, tiles para una adecuada interpretaci n de los derechos fundamentales, con la finalidad de contribuir con la supremac a de la Constituci n Pol tica.

7 Esta forma de intervenci n es reconocida y aceptada por los rganos jurisdiccionales nacionales como el Tribunal Constitucional y el Poder Judicial, as como por instancias supranacionales como la Comisi n Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, pues se tiene en claro que no supone una injerencia indebida en la funci n jurisdiccional, sino que, por el contrario, constituye una muestra de c mo nuestro sistema jur dico exige la colaboraci n interinstitucional de entidades como la Defensor a del Pueblo y los rganos jurisdiccionales, en la tarea com n de garantizar la efectiva vigencia de los derechos fundamentales de todos los integrantes de la ciudadan a.

8 Por todo ello, como Defensora del Pueblo, me complace presentar este documento de trabajo denominado El amicus curiae, qu es y para qu sirve? Jurisprudencia y labor de la Defensor a del Pueblo , mediante el cual se busca dar a conocer de manera clara y con rigor t cnico la importancia y las caracter sticas de la instituci n del amicus curiae, considerando la jurisprudencia nacional e internacional, as como las diversas experiencias provenientes del Derecho comparado. Su objetivo no es otro que seguir contribuyendo con los rganos jurisdiccionales y, a fin de cuentas, con la ciudadan a en general, en el compromiso conjunto de hacer que los derechos fundamentales sean una realidad 11El amicus curiae: qu es y para qu sirve?

9 Directamente palpable por todos los hombres y mujeres de nuestro pa s. Lima, octubre del Merino LuceroDefensora del PuebloDefensor a del Pueblo1213El amicus curiae: qu es y para qu sirve?EL amicus CURIAE: QU ES Y PARA QU SIRVE? Jurisprudencia y labor de la Defensor a del Pueblo1. LA DEFENSOR A DEL PUEBLO Y LA PROTECCI N DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES La fuerza normativa de la Constituci n Pol tica del Per y los instrumentos de protecci n de los derechos respeto de la Constituci n Pol tica en general y de los derechos fundamentales en particular constituye una exigencia derivada de considerar a dicha Ley Fundamental como una norma jur dica directamente aplicable y no solo como una declaraci n de principios y reglas de organizaci n y funcionamiento del Estado.

10 Esta afirmaci n ha sido reconocida por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Por ejemplo, en el Caso Lizana Puelles, el Supremo Int rprete de la Constituci n ha se alado que: La interpretaci n constitucional debe encontrarse orientada a relevar y respetar la naturaleza de la Constituci n como norma jur dica, vinculante in toto y no s lo parcialmente. Esta vinculaci n alcanza a todo poder p blico (incluyendo, desde luego, a este Tribunal) y a la sociedad en su conjunto .1 (El resaltado en negrita es nuestro).1 Tribunal Constitucional. Sentencia del 8 de noviembre del 2005, reca da en el Expediente N 5854-2005-PA/TC (Caso Lizana Puelles), a del Pueblo14 Ahora bien, es necesario indicar que a este reconocimiento de la fuerza normativa de la Constituci n Pol tica se suma la necesidad de regular instrumentos para proteger los derechos fundamentales.


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