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EL DERECHO ADMINISTRATIVO - gordillo.com

Cap tulo IIIEL DERECHO ADMINISTRATIVOS umarIo1. DERECHO p blico y privado ..1032. El DERECHO ADMINISTRATIVO como ciencia o como conjunto de normas jur dicas ..1043. No es solamente DERECHO interno ..1054. Es un DERECHO en formaci n ..1065. No se refiere principalmente a los servicios p blicos ..1086. No se refiere exclusivamente a la administraci n p blica ..1087. No s lo estudia las relaciones de la administraci n p blica ..109 8. El DERECHO ADMINISTRATIVO estudia el ejercicio de la funci n adminis-trativa .. Sujetos de la funci n administrativa .. Formas jur dicas y facultades .. L mites .. Medios La protecci n judicial contra el ejercicio de la funci n administrativa 11110. El contenido de la protecci n judicial .. Anulaci n de actos violatorios de los l mites de las facultades discrecionales .. Protecci n judicial del inter s leg timo .. La misi n judicial de proteger al individuo contra el Estado ..113 La misi n judicial de hacer respetar la Constituci n principal-mente contra las extralimitaciones de los Poderes P blicos.

Capítulo III EL DERECHO ADMINISTRATIVO 1. Derecho público y privado El derecho público (derecho penal, derecho tributario o fiscal, derecho constitucio-

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1 Cap tulo IIIEL DERECHO ADMINISTRATIVOS umarIo1. DERECHO p blico y privado ..1032. El DERECHO ADMINISTRATIVO como ciencia o como conjunto de normas jur dicas ..1043. No es solamente DERECHO interno ..1054. Es un DERECHO en formaci n ..1065. No se refiere principalmente a los servicios p blicos ..1086. No se refiere exclusivamente a la administraci n p blica ..1087. No s lo estudia las relaciones de la administraci n p blica ..109 8. El DERECHO ADMINISTRATIVO estudia el ejercicio de la funci n adminis-trativa .. Sujetos de la funci n administrativa .. Formas jur dicas y facultades .. L mites .. Medios La protecci n judicial contra el ejercicio de la funci n administrativa 11110. El contenido de la protecci n judicial .. Anulaci n de actos violatorios de los l mites de las facultades discrecionales .. Protecci n judicial del inter s leg timo .. La misi n judicial de proteger al individuo contra el Estado ..113 La misi n judicial de hacer respetar la Constituci n principal-mente contra las extralimitaciones de los Poderes P blicos.

2 La misi n de control de la actividad administrativa ..11311. Definici n de DERECHO ADMINISTRATIVO .. Rama del DERECHO p blico .. Que estudia el ejercicio de la funci n administrativa .. Y la protecci n judicial existente contra sta ..11512. Relaciones con el DERECHO civil ..116 13. Evoluci n y estado actual de la aplicaci n del DERECHO civil a la administraci n p blica ..11714. La transformaci n del DERECHO ADMINISTRATIVO ..11915. Relaciones con el DERECHO constitucional ..12016. Relaciones con el DERECHO de los recursos naturales .. Tierras .. Aguas .. Minas ..124 Cap tulo IIIEL DERECHO ADMINISTRATIVO1. DERECHO p blico y privadoEl DERECHO p blico ( DERECHO penal, DERECHO tributario o fiscal, DERECHO constitucio-nal, etc.) se distingue del DERECHO privado ( DERECHO civil obligaciones, contratos, sucesiones, familia , DERECHO comercial) en que en el primero se trata de relacio-nes jur dicas entre el Estado y los particulares, o entre entes estatales entre s.

3 1 Esto es as al menos en el DERECHO argentino, donde no hay actividad estatal que se halle sometida nica y exclusivamente a normas de DERECHO com n: Cuando tales normas se aplican al Estado, est n siempre modificadas o interconectadas con normas de DERECHO p blico, de forma tal que se integran al complejo normativo del DERECHO p ha llegado a ser as debido a que, generalmente, toda vez que el legisla-dor o el juez ha considerado una relaci n jur dica establecida entre el Estado y otro sujeto de DERECHO , se han inclinado a dar soluciones particulares antes que aplicar al pie de la letra la legislaci n com n. Una consecuencia de esto es que en el DERECHO p blico hay a menudo una relaci n de subordinaci n (porque se le confiere al Estado una cierta superioridad jur dica sobre el particular, un n mero de atribuciones superiores a los derechos individuales del habitante), a diferen-cia del DERECHO privado, en que es m s frecuente la coordinaci n: Los sujetos se encuentran all en un plano de cierta igualdad.

4 Esa diferencia de r gimen tiene por ra z sociol gica que tales relaciones afectan, respectivamente, el inter s p blico, colectivo, o el inter s privado, la distinci n entre DERECHO p blico y privado no es a priori, ni se trata de que las normas de DERECHO p blico tengan una estructura diferente de las 1 Comparar GarC a maynez, CarloS, Introducci n al estudio del DERECHO , M xico, 1944, p. 130 y ss. Otras teor as son expuestas por VIlleGaS BaSaVIlBaSo, Benjam n, DERECHO ADMINISTRATIVO , t. I, Buenos Aires, 1949, p. 63 y ss., y por SayaGu S laSo, enrIque, Tratado de DERECHO ADMINISTRATIVO , Montevideo, 1953, p. 17 y ss. CIrne lIma, ruy, Prepara o dogm tica jur dica, 2 ed., Porto Alegre, 1958, pp. a general del DERECHO administrativo104del DERECHO privado, ni de que matem ticamente unas y otras contemplen situa-ciones de inter s general y de inter s individual, sino tan s lo de que las leyes que rigen las relaciones del Estado con los particulares van acumulando una serie de prerrogativas y privilegios para el Estado, y de que tales leyes deben regular situaciones que no se dan sino en el caso del Estado: Todo lo relativo a la organizaci n, funcionamiento y actividad de los poderes p blicos y las entidades estatales requiere principios diversos de los del DERECHO com n.

5 De tal forma esas prerrogativas y disposiciones peculiares constituyen en determinado momento un todo estructurado y regido por principios propios, ajenos al DERECHO com n: Las que empiezan siendo excepciones se tornan principios, y as las reglas generales del DERECHO privado se ven desplazadas por stos. Al llegar a esa situaci n, es l gico independizar metodol gicamente a ese conjunto de principios e institucio-nes correlativas y concordantes entre s , que resultan discordantes y extra os al DERECHO general: All nace el DERECHO p trata, pues, de una cuesti n circunstancial que depende exclusivamente de la fisonom a adoptada por el orden jur dico de un pa s determinado y en una poca determinada. Cuando se postula, pues, la unicidad del DERECHO , y la no existencia de diferencia entre el DERECHO p blico y el privado, se tiene raz n a medias: Ser exacto, en efecto, postular que no hay diferencias de estructura en las normas jur dicas respectivas, pero no lo ser afirmar que no hay diferencia alguna entre ambos conjuntos normativos.

6 La distinci n entre DERECHO p blico y privado tiene el mismo sustrato cient fico que puede tenerlo la diferencia entre DERECHO civil y penal, comercial, etc.: Son distintas ramas con autonom a, de principios y que, a su vez, se agrupan en dos grandes conjuntos con caracteres propios, comunes internamente en cada grupo, y diversos en los grupos entre s .2. El DERECHO ADMINISTRATIVO como ciencia o como conjunto de normas jur dicasNo debe confundirse al DERECHO ADMINISTRATIVO en cuanto rama del conocimiento jur dico o disciplina cient fica, y al DERECHO ADMINISTRATIVO como parte del orden jur dico positivo, como conjunto de normas jur como al hablar del DERECHO civil podemos referirnos tanto al C digo Civil y leyes complementarias, como a la disciplina que estudia las normas y princi-pios de ese c digo y esas leyes, as tambi n al hablar de DERECHO ADMINISTRATIVO podemos pensar tanto en el conjunto de leyes administrativas, principios de DERECHO p blico y reglas jurisprudenciales que integran la normaci n positiva, el r gimen jur dico positivo de la funci n administrativa.

7 Como en la disciplina que los que el conjunto de leyes y principios que integran el r gimen jur dico positivo del caso llegan a nuestro conocimiento y valoraci n a trav s del estudio y an lisis de los mismos, y que, por lo tanto, nuestro primer contacto cognoscitivo el DERECHO administrativo105se realiza con la disciplina que efect a tal investigaci n, debe darse preferencia al concepto de ciencia del DERECHO antes que al de conjunto de normas DERECHO ADMINISTRATIVO es, pues, una disciplina cient fica, jur dica y, por ende, una rama de la ciencia del DERECHO . No creemos acertadas, en consecuencia, las definiciones que concept an al DERECHO ADMINISTRATIVO como un conjunto de normas y de principios de DERECHO p blico, 2 pues hacen prevalecer un car cter legalista y exeg tico antes que metodol gico o cognoscitivo en el concepto pertinente. Desde luego, el definir formalmente al DERECHO ADMINISTRATIVO como disciplina o rama del conocimiento jur dico, no significa que deje de usarse la acepci n tambi n en su significado de conjunto de normas positivas, pues la noci n de DERECHO recibe casi siempre esa ambivalencia que ya se alamos (como disciplina y como conjunto de normas); pero ello no quita que al darse espec ficamente la definici n metodol -gica corresponda usar m s adecuadamente el vocablo.

8 As como nadie definir a al DERECHO civil como el conjunto del C digo Civil y sus leyes complementarias, as tampoco cabe definir al DERECHO ADMINISTRATIVO como un conjunto de normas y de principios de DERECHO p blico. Ubic ndolo en la distinci n que se hace del DERECHO en raz n del objeto, es una disciplina o rama del fin, aclaramos que esta rama del conocimiento no es a n una ciencia for-mada, sino que se encuentra todav a en formaci n. (Ampliar infra, n 4.)3. No es solamente DERECHO internoNo creemos adecuado expresar que constituye una rama del DERECHO p blico interno,3 por cuanto existe hoy en d a un r gimen ADMINISTRATIVO internacional. (La organizaci n administrativa de los organismos internacionales: ONU, OEA, CIES, ALALC, Corporaci n Andina de Fomento, Mercado Com n Centroameri-cano; el r gimen ADMINISTRATIVO del personal de tales organismos internacionales; 2 As , BIelSa, rafael, DERECHO ADMINISTRATIVO , t. I, Buenos Aires, 1964, 6 ed.)

9 , p. 37, lo define como el conjunto de normas positivas y de principios de DERECHO p blico de aplicaci n concreta a la instituci n y funcionamiento de los servicios p blicos y al consiguiente control jurisdiccional de la administraci n p blica; a quien siguen: VIlleGaS BaSaVIlBaSo, Benjam n, DERECHO ADMINISTRATIVO , t. I, Buenos Aires, 1949, p. 77: Es un complejo de normas y de principios de DERECHO p blico interno que regulan las relaciones entre los entes p blicos y los particulares o entre aqu llos entre s , para la satisfacci n concreta, directa e inmediata de las necesidades colectivas, bajo el orden jur dico estatal; marIenhoff, Tratado de DERECHO ADMINISTRATIVO , t. I, Buenos Aires, 1965, p. 149: El con-junto de normas y de principios de DERECHO p blico interno, que tiene por objeto la organizaci n y el funcionamiento de la administraci n p blica, como as la regulaci n de las relaciones interorg nicas, interadministrativas y las de las entidades administrativas con los administrados; DIez, manuel mar a, DERECHO ADMINISTRATIVO , t.

10 I, Buenos Aires, 1963, p. 264: El complejo de principios y normas de DERECHO p blico interno que regula la organizaci n y la actividad de la administraci n p blica; CanaSI, joS , DERECHO ADMINISTRATIVO , t. I, Buenos Aires, 1972, p. 59. Sigue en cambio nuestro criterio altamIra, peDro GuIllermo, Curso de DERECHO ADMINISTRATIVO , Buenos Aires, 1971, p. VIlleGaS BaSaVIlBaSo, DERECHO ADMINISTRATIVO , t. I, op. cit., p. 77; marIenhoff, op. cit., t. I, p. 149; Cretella junIor, joS , Tratado de direito ADMINISTRATIVO , t. I, San Pablo, 1966, p. a general del DERECHO administrativo106sus contratos y actos de car cter ADMINISTRATIVO , etc.)4 Si bien los organismos in-ternacionales est n fundamentalmente bajo el r gimen del DERECHO internacional p blico, ello no quita que tengan tambi n, seg n se ve, un r gimen de DERECHO ADMINISTRATIVO que no es interno a ninguno de los pa ses contratantes, y que tampoco integra estrictamente el DERECHO internacional p Los principios de competencia, jerarqu a, control ADMINISTRATIVO , deber de obediencia, requisitos de validez y competencia de los actos, etc.


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