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EL EMPRESARIOINDIVIDUAL Direcci n General de Industria y de la Peque a y Mediana Empresa Edici n: noviembre de 2019 Cat logo de publicaciones. Administraci n General del DE PUBLICACIONESDEL MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMOP anam , 1. 28036 Madrid Tels.: 91 349 51 29 / 91 349 40 00 (centralita) 112-19-031-1 (En l nea)Maquetaci n: Imprenta Gamar, ECPMINCOTUR: 7. : 0,00 NDICE3 Empresario /a Individual 04 Caracter sticas principales 05 Ventajas del Empresario Individual 06 Inconvenientes del Empresario Individual 06 Responsabilidad del Empresario Individual 07 Emprendedor de Responsabilidad Limitada 09 Caracter sticas principales ERL 10 Ventajas del ERL 11 Inconvenientes del ERL 11 Tramitaci n 12 Libros obligatorios 12 Modalidades de tributaci n 13 Transmisiones patrimoniales 28 Cotizaci n a la seguridad social 30 Tipos de cotizaci n 36 Reducciones y bonificaciones 39Tr mites administrati

4 EMPRESARIO/A INDIVIDUAL Es una persona física que realiza de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización

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1 EL EMPRESARIOINDIVIDUAL Direcci n General de Industria y de la Peque a y Mediana Empresa Edici n: noviembre de 2019 Cat logo de publicaciones. Administraci n General del DE PUBLICACIONESDEL MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMOP anam , 1. 28036 Madrid Tels.: 91 349 51 29 / 91 349 40 00 (centralita) 112-19-031-1 (En l nea)Maquetaci n: Imprenta Gamar, ECPMINCOTUR: 7. : 0,00 NDICE3 Empresario /a Individual 04 Caracter sticas principales 05 Ventajas del Empresario Individual 06 Inconvenientes del Empresario Individual 06 Responsabilidad del Empresario Individual 07 Emprendedor de Responsabilidad Limitada 09 Caracter sticas principales ERL 10 Ventajas del ERL 11 Inconvenientes del ERL 11 Tramitaci n 12 Libros obligatorios 12 Modalidades de tributaci n 13 Transmisiones patrimoniales 28 Cotizaci n a la seguridad social 30 Tipos de cotizaci n 36 Reducciones y bonificaciones 39Tr mites administrativos 41 Legislaci n 44 Incentivos 454Es una persona f sica que realiza de forma habitual, personal, directa.

2 Por cuenta propia y fuera del mbito de direcci n y organizaci n de otra persona, una actividad econ mica o profesional a t tulo lucrativo, d o no ocupaci n a trabajadores por cuenta una figura cl sica en el mundo empresarial y constituye una de las formas m s frecuentes de creaci n de se asocia con el autoempleo, dado que el propietario de la empresa es a su vez trabajador en la misma, independientemente de la actividad que desarrolle y del tipo de trabajo que la hora de crear una empresa, esta figura suele ser elegida fundamentalmente por los comercios al por menor, (tiendas de ropa, alimentos, papeler as, art culos de regalo, joyer as, quioscos de prensa, etc.)

3 , y por profesionales como fontaneros, electricistas, pintores, decoradores, ra z de la Ley 20/2007, de 11 de julio del estatuto del trabajo aut nomo, aparece la figura del trabajador aut nomo econ micamente dependiente, que es aquel que realiza una actividad econ mica o profesional a t tulo lucrativo y de forma habitual, personal directa y predominante para una persona f sica o jur dica denominada cliente, del que dependen econ micamente en al menos un 75% de sus contrato entre ambos ha de realizarse obligatoriamente por escrito y deber registrarse en la oficina p blica STICAS PRINCIPALES Control total de la empresa por parte del propietario, que dirige su gesti n.

4 La personalidad jur dica de la empresa es la misma que la de su titular ( Empresario ), quien responde personalmente de todas las obligaciones que contraiga la empresa. No existe diferenciaci n entre el patrimonio mercantil y su patrimonio civil. No precisa proceso previo de constituci n. Los tr mites se inician al comienzo de la actividad empresarial. La aportaci n de capital a la empresa, tanto en su calidad como en su cantidad, no tiene m s l mite que la voluntad del DEL Empresario Individual Es una forma empresarial id nea para el funciona-miento de empresas de muy reducido tama o. Es la forma que menos gestiones y tr mites conlleva para llevar a cabo su actividad, puesto que no tiene que realizar ning n tr mite de adquisici n de la personalidad jur dica.

5 Puede resultar m s econ mica, dado que no crea persona jur dica distinta del propio DEL Empresario Individual La responsabilidad del Empresario /a es ilimitada. Responde con su patrimonio personal de las deudas generadas en su actividad. El titular de la empresa ha de hacer frente en solitario a los gastos y a las inversiones, as como a la gesti n y administraci n. Si el volumen de beneficio es importante, puede estar sometido a tipos impositivos elevados, ya que la persona f sica tributa por tipos crecientes cuanto mayor es su volumen de renta, mientras que las sociedades tributan al tipo del 25%.7 RESPONSABILIDADRESPONSABILIDAD DEL Empresario INDIVIDUALEl Empresario Individual realiza la actividad empresarial en nombre propio, asumiendo los derechos y obligaciones derivados de la actividad.

6 Su responsabilidad frente a terceros es universal y responde con todo su patrimonio presente y futuro de las deudas contra das en la actividad de la el Empresario o empresaria est n casados puede dar lugar a que la responsabilidad derivada de sus actividades alcance al otro c nyuge. Por ello hay que tener en cuenta el r gimen econ mico que rige el matrimonio y la naturaleza de los bienes en cuesti n. Los bienes privativos del Empresario quedan obligados a los resultados de la actividad empresarial. Los bienes destinados al ejercicio de la actividad y los adquiridos como consecuencia de dicho ejercicio, responden en todo caso del resultado de la actividad DEL Empresario Individual En el r gimen de bienes gananciales, cuando se trata de bienes comunes del matrimonio, para que stos queden obligados ser necesario el consentimiento de ambos c nyuges.

7 El consentimiento se presume cuando se ejerce la actividad empresarial con conocimiento y sin oposici n expresa del c nyuge y tambi n cuando al contraer matrimonio uno de los c nyuges ejerciese la actividad y continuase con ella sin oposici n del otro. Los bienes propios del c nyuge del Empresario no quedar an afectos al ejercicio de la actividad empresarial, salvo que exista un consentimiento expreso de dicho c todo caso, el c nyuge puede revocar libremente el consen- timiento tanto expreso como este sentido, si bien el Empresario Individual no est obligado a inscribirse en el Registro Mercantil, puede ser conveniente inscribirse en l, entre otras razones para registrar los datos relativos al c nyuge, el r gimen econ mico del matrimonio, capitulaciones, as como el consentimiento.

8 La revocaci n u oposici n del c nyuge a la afecci n a la actividad empresarial de los bienes comunes o los RESPONSABILIDAD LIMITADAA partir de la entrada en vigor de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalizaci n, conocemos una nueva figura que es el emprendedor de responsabilidad n esta Ley, emprendedores son aquellas personas, f sicas o jur dicas, que desarrollen una actividad econ mica empresarial o profesional, en los t rminos establecidos en esta Ley Debe, por tanto, ser persona f sica y realizar cualquier actividadempresarial o profesional que no exija la constituci n de una sociedad o cualquier otro requisito que no pueda cumplir el Empresario de la limitaci n de responsabilidadPor excepci n a lo dispuesto en el art culo del C digo Civil y el art culo6 del C digo de Comercio, el Emprendedor de Responsabilidad Limitada podr lograr que su responsabilidad y la acci n del acreedor, que tenga origen en las deudas empresariales o profesionales, no alcance al bien no sujeto siempre que dicha no sujeci n se publique en la forma establecida en esta Ley (Art culo 8).

9 La condici n de emprendedor de responsabilidad limitada se adquirir mediante su constancia en la hoja abierta al mismo en el Registro Mercantil correspondiente a su emprendedor de responsabilidad limitada deber formular y, en su caso, someter a auditor a las cuentas anuales correspondientes a su actividad empresarial o profesional de conformidad con lo previsto para las sociedades unipersonales de responsabilidad emprendedor de responsabilidad limitada deber depositar sus cuentas anuales en el Registro STICAS PRINCIPALES ERLLa diferencia existente con el Empresario /a Individual :El efecto fundamental es el de limitar parcialmente la responsabilidad del ERL establecida en el art.

10 Del C digo Civil y art. 6 del C digo de virtud de este efecto queda libre de responsabilidad la vivienda habitual del ERL, siempre que su valor no supere los euros en poblaciones de m s de un mill n de habitantes. La vivienda exenta de responsabilidad puede ser la propia del ERL o bien la com n de ambos c l mite a sta est en el emprendedor que act e con fraude o negligencia grave en el cumplimiento de sus obligaciones, siempre que sea declarado por sentencia firme o concurso culpable. Tambi n tendr como limitaci n a la exenci n de responsabilidad de la vivienda habitual cuando las deudas de que se trate sean tributarias o de la seguridad emprendedor de responsabilidad limitada deber formular y, en su caso.


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