Transcription of ENDOSO A LAS CONDICIONES GENERALES ... - …
1 LA LATINOAMERICANA, SEGUROS, Eje Central No. 2, 8 Piso, Torre Latinoamericana, 06007, M xico, Tel.: 5130-2800 ENDOSO A LAS CONDICIONES GENERALES DEL SEGURO DE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES La Compa a emite el presente ENDOSO en atenci n a la Disposici n Sexta Transitoria de la Circular nica de Seguros y Fianzas, publicada en el Diario Oficial de la Federaci n el 19 de diciembre de 2014, a efecto de sustituir las referencias hechas en la documentaci n contractual a la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros por las correspondientes a la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, as como de actualizar las referencias a la Ley sobre el Contrato de Seguro. En ese sentido, es de indicar lo siguiente: 1. Las referencias a los art culos de la Ley de Protecci n y Defensa a los Usuarios de Servicios Financieros, no sufren modificaci n alguna. 2. Las referencias a los art culos de la Ley sobre el Contrato de Seguro que se hacen en las CONDICIONES GENERALES del seguro, no sufren modificaci n, salvo la que, en su caso, se haga respecto al art culo 161 ahora 172 de la misma Ley.
2 3. Las referencias a los art culos de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros quedan en los siguientes t rminos: Art culo 10 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros ahora 2 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. Art culo 135 BIS de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros ahora 276 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. Art culo 136 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros ahora 277 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. Art culo 140 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros ahora 492 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. Art culo 36, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros ahora 200 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas Art culo 36-A, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros ahora 201 Fracci n I de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas Art culos 36-B y 36-D la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros se entender n referidos al 202 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
3 Art culos 36-C de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros se entender n referidos al 215 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. El presente ENDOSO se emite el d a 04 de Abril de 2015. Funcionario Autorizado En cumplimiento a lo dispuesto en el art culo 202 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, la documentaci n contractual y la nota t cnica que integran este producto de seguro, quedaron registradas ante la Comisi n Nacional de Seguros y Fianzas, a partir del d a 01/04/2015 con el n mero RESP-S0013-0234-2015.