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Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL SUPREMO …

OAT 1656 Solicitud de Certificaci n de Asuntos No Contenciosos ante Notario(a) (Rev. febrero 2018) Periodo de Conservaci n: Seis (6) a os o la intervenci n de la oficina del Contralor de Puerto rico , lo que ocurra primero. P gina 1 de 2 Estado Libre Asociado de Puerto rico TRIBUNAL SUPREMO DE Puerto rico oficina de Inspecci n de Notar as SOLICITUD DE CERTIFICACI N DE ASUNTOS NO CONTENCIOSOS ANTE NOTARIO(A) Instrucciones: 1) Las certificaciones que expide nuestra oficina se basan en la informaci n que provee la persona solicitante. 2) Llene el formulario completo en letra de molde y clara. 3) Acompa e el sello o los sellos de rentas internas que sumen el valor de $ No se recibir la Solicitud ni se expedir la certificaci n sin el sello o los sellos correspondientes. 4) Si no cuenta con espacio suficiente en el formulario, incluya la informaci n en otro papel y nalo a la Solicitud.

Periodo de Conservación: Seis (6) años o la intervención de la Oficina del Contralor de Puerto Rico, lo que ocurra primero. Página 2 de 2 4. Cambio de Nombres o Apellidos (Nuevo Nombre o Apellidos): Nombre Segundo Nombre Apellido Segundo Apellido 5. Perpetuación de Hechos (Ad Perpetuam Rei Memoriam) Hechos a Perpetuar: III.

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1 OAT 1656 Solicitud de Certificaci n de Asuntos No Contenciosos ante Notario(a) (Rev. febrero 2018) Periodo de Conservaci n: Seis (6) a os o la intervenci n de la oficina del Contralor de Puerto rico , lo que ocurra primero. P gina 1 de 2 Estado Libre Asociado de Puerto rico TRIBUNAL SUPREMO DE Puerto rico oficina de Inspecci n de Notar as SOLICITUD DE CERTIFICACI N DE ASUNTOS NO CONTENCIOSOS ANTE NOTARIO(A) Instrucciones: 1) Las certificaciones que expide nuestra oficina se basan en la informaci n que provee la persona solicitante. 2) Llene el formulario completo en letra de molde y clara. 3) Acompa e el sello o los sellos de rentas internas que sumen el valor de $ No se recibir la Solicitud ni se expedir la certificaci n sin el sello o los sellos correspondientes. 4) Si no cuenta con espacio suficiente en el formulario, incluya la informaci n en otro papel y nalo a la Solicitud.

2 5) Puede enviar la Solicitud por correo a la oficina de Inspecci n de Notarias, Registro General de Competencias Notariales, PO Box 190860, San Juan, PR 00919-0860. 6) Puede comunicarse con nosotros al (787) 763-8816. I. DATOS DEL (DE LA) SOLICITANTE CIUDADANO(A) ABOGADO(A) NOTARIO(A) Nombre Segundo Nombre Apellido Segundo Apellido Direcci n Postal: Tel fonos: ( ) ( ) Direcci n Electr nica: Si el (la) que solicita es Notario(a), indique el n mero del TRIBUNAL SUPREMO tal como aparece en (RUA): II. DATOS SOBRE EL ASUNTO NO CONTENCIOSO Informaci n del (de la) Requirente(s) o Peticionario(a): Nombre Segundo Nombre Apellido Segundo Apellido Conocido por: Direcci n Postal: Tel fonos: ( ) ( ) Direcci n Electr nica: Relaci n con el asunto no contencioso: Nombre Segundo Nombre Apellido Segundo Apellido Conocido por: Direcci n Postal: Tel fonos: ( ) ( ) Direcci n Electr nica: Relaci n con el asunto no contencioso: 1.

3 Declaratoria de Herederos, Expedici n de Cartas Testamentarias o Adveraci n de Testamento Ol grafo (seleccione uno) a. Nombre del (de la) fallecido(a), seg n aparece en el Acta de Defunci n: (Acompa e copia del Certificado de Defunci n). Nombre Segundo Nombre Apellido Segundo Apellido Conocido(a) por: Fecha de: Nacimiento (d/m/a): Fallecimiento (d/m/a): * ltimos 4 D gitos del N meros Seguro Social: b. Nombre y Apellidos del (de la) c nyuge: Conocido(a) por: c. Nombre y Apellidos del Padre Nombre y Apellidos de la Madre d. Nombre y Apellidos de los (las) Herederos(as): Conocido(a) por: Fecha de Nacimiento (d/m/a): 2. Declaraci n de Ausencia Simple Autorizaci n para Contraer Nuevo Matrimonio a. Nombre del (de la) Ausente Segundo Nombre Apellido Segundo Apellido Conocido(a) por: b.

4 Nombre del (de la) C nyuge Segundo Nombre Apellido Segundo Apellido Conocido(a) por: 3. Correcci n de Acta que Obre en el Registro Demogr fico: Nacimiento Matrimonio Defunci n Nombre del (de los) Inscrito(s) seg n consta en el Acta: Datos a Corregir: OAT 1656 Solicitud de Certificaci n de Asuntos No Contenciosos ante Notario(a) (Rev. febrero 2018) Periodo de Conservaci n: Seis (6) a os o la intervenci n de la oficina del Contralor de Puerto rico , lo que ocurra primero. P gina 2 de 2 4. Cambio de Nombres o Apellidos (Nuevo Nombre o Apellidos): Nombre Segundo Nombre Apellido Segundo Apellido 5. Perpetuaci n de Hechos (Ad Perpetuam Rei Memoriam) Hechos a Perpetuar: III.

5 SELLOS DE RENTAS INTERNAS La certificaci n solicitada la recoger personalmente / recibir por correo ordinario (En este caso provea un sobre pre-dirigido con el franqueo necesario). Acompa o el (los) sello(s) de Rentas Internas por la totalidad de $ requerido para la expedici n de la certificaci n. Exento (Ley o Entidad) (Debe acompa ar evidencia). Renuncio al exceso del importe de sellos de Rentas Internas. Firma del (de la) Solicitante Fecha (d/m/a) PARA USO EXCLUSIVO DEL REGISTRO DE ASUNTOS NO CONTENCIOSOS Recibido: Personal / Correo Presentaci n: Completa / Incompleta El d a de de Nombre de quien recibi Firma de quien recibi Puesto Resultado de b squeda: El d a de de Asunto ante Notario(a): No S / indique el N m. de Insc. y nombre del (de la) Notario(a): Nombre de quien hizo la b squeda Firma de quien hizo la b squeda Puesto Despacho: El d a de de Nombre de quien hizo el despacho Firma de quien hizo el despacho Puesto DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES El Art culo 12 de la Ley 282-1999, Ley de Asuntos No Contenciosos Ante Notario(a), autoriza al (a la) Director(a) de la oficina de Inspecci n de Notar as a expedir certificaciones de las constancias del Registro General de Competencias Notariales.

6 En conformidad con el Art culo 13 de la Ley, el pago de derechos por las certificaciones ser de $ en sellos de rentas internas. * La Ley 243-2006, Ley de la Pol tica P blica sobre el Uso del N mero de Seguro Social como Verificaci n de Identidad, faculta al TRIBUNAL General de Justicia a solicitar el n mero de seguro social en sus formularios, modelos y otros documentos oficiales con el prop sito de verificaci n de identidad, hacer contrareferencia con la informaci n disponible internamente entre agencias o entidades y uniformar los procedimientos de intercambio de datos. Proveer este n mero ser una acci n requerida en virtud de las leyes N m. 75 de 2 de julio de 1987 y N m. 62 de 8 de mayo de 1937, seg n enmendadas. Esta informaci n no se utilizar como n mero de caso, querella, cliente o empleado(a), ni en el ep grafe de los formularios oficiales, modelos u otros documentos, que la Rama Judicial genere. Medidas preventivas est n establecidas para asegurar su confidencialidad.

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