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Estatuto Tributario - afinsas.com

Estatuto Tributario Decreto 624 de 1989 (Marzo 30 de 1989) Por el cual se expide el Estatuto Tributario de los impuestos administrados por la direcci n general de impuesto nacionales. Tablas de retenci n A os: 2010, 2011 Modificado Por el Decreto 19 de 2012, por la Ley 1450 de 2011, por el Decreto 4838 de 2010, por la Ley 1430 de 2010, por la Ley 1393 de 2010, por elDecreto 127 de 2010, por la Ley 1379 de 2010, por la Ley 1370 de 2009, por la Ley 1111 de 2006, por la Ley 1004 de 2005, por la Ley 863 de 2003, por la Ley 788 de 2002, por la Ley 633 de 2000, por la Ley 488 de 1998, por la Ley 383 de 1997, por el Decreto 150 de 1997, por la Ley 223 de 1995, por la Ley 174 de 1994, por la Ley 6 de 1992, por el Decreto 1655 de 1991, y por la Ley 49 de 1990 Reglamentado parcialmente Por el Decreto 1159 de 2012, por el Decreto 4910 de 2011, por el Decreto 4908 de 2011, por el Decreto 2915 de 2011, por el Decreto 859 de 2011, por el Decreto 660 de 2011, por el Decreto 493 de 2011, por el Decreto 4838 de 2010, por el Decreto 4837 de 2010, por el Decreto 4145 de 2010, por el Decreto 3991 de 2010.

Decreto 3022 de 1989, Decreto 3101 de 1990 ,Decreto 2820 de 1991 Decreto 2064 de 1992, Decreto 2511 de 1993, Decreto 2798 de 1994,Decreto 2321 de …

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1 Estatuto Tributario Decreto 624 de 1989 (Marzo 30 de 1989) Por el cual se expide el Estatuto Tributario de los impuestos administrados por la direcci n general de impuesto nacionales. Tablas de retenci n A os: 2010, 2011 Modificado Por el Decreto 19 de 2012, por la Ley 1450 de 2011, por el Decreto 4838 de 2010, por la Ley 1430 de 2010, por la Ley 1393 de 2010, por elDecreto 127 de 2010, por la Ley 1379 de 2010, por la Ley 1370 de 2009, por la Ley 1111 de 2006, por la Ley 1004 de 2005, por la Ley 863 de 2003, por la Ley 788 de 2002, por la Ley 633 de 2000, por la Ley 488 de 1998, por la Ley 383 de 1997, por el Decreto 150 de 1997, por la Ley 223 de 1995, por la Ley 174 de 1994, por la Ley 6 de 1992, por el Decreto 1655 de 1991, y por la Ley 49 de 1990 Reglamentado parcialmente Por el Decreto 1159 de 2012, por el Decreto 4910 de 2011, por el Decreto 4908 de 2011, por el Decreto 2915 de 2011, por el Decreto 859 de 2011, por el Decreto 660 de 2011, por el Decreto 493 de 2011, por el Decreto 4838 de 2010, por el Decreto 4837 de 2010, por el Decreto 4145 de 2010, por el Decreto 3991 de 2010.

2 Por el Decreto 2921 de 2010, por el Decreto 1805 de 2010, por el Decreto 1141 de 2010, por el Decreto 1140 de 2010, por el Decreto 4934 de 2009, por el Decreto 4930 de 2009, por el Decreto 4788 de 2009, por el Decreto 2271 de 2009, por elDecreto 1120 de 2009, por el Decreto 4715 de 2008, por el Decreto 4714 de 2008, por el Decreto 2707 de 2008, por el Decreto 2102 de 2008, por el Decreto 20 de 1994, por el Decreto 1900 de 1992, por el Decreto 596 de 1991, por el Decreto 391 de 1990. Desarrollado Parcialmente Por el Decreto 563 de 2012, por el Decreto 4955 de 2011, por el Decreto 4868 de 2011, por el Decreto 2820 de 2011, por el Decreto 2521 de 2011, por el Decreto 1919 de 2011, por el Decreto 1358 de 2011, por el Decreto 2670 de 2010, por el Decreto 3655 de 2009 y el Decreto 2271 de 2009. Adicionado Por el Decreto 19 de 2012, por el Decreto 129 de 2010, por la Ley 1370 de 2009, por la Ley 1066 de 2006, por la Ley 716 de 2001, por la Ley 488 de 1998, por el Decreto 251 de 1997, por la Ley 181 de 1995, por el Decreto 1653 de 1991, por la Ley 10 de 1990 y por el Decreto 1321 de 1989 Ver Normas sobre fijaci n de plazos para presentaci n y pago de declaraciones, as como sobre fijaci n de cuant as: Decreto 3022 de 1989, Decreto 3101 de 1990, Decreto 2820 de 1991, Decreto 2064 de 1992, Decreto 2511 de 1993, Decreto 2798 de 1994,Decreto 2321 de 1995, Decreto 2300 de 1996, Decreto 3049 de 1997, Decreto 2652 de 1998, Decreto 2588 de 1999, Decreto 2662 de 2000,Decreto 2795 de 2001, Decreto 3258 de 2002, Decreto 3805 de 2003, Decreto 4345 de 2004, Decreto 4714 de 2005, Decreto 4583 de 2006,Decreto 4818 de 2007 y Decreto 4680 de 2008.

3 Ver Decreto 2813 de 1991 sobre valores a o gravable 1992; Decreto 2065 de 1992 sobre valores a o gravable 1993; Decreto 2495 de 1993 sobre valores a o gravable 1994; Decreto 2806 de 1994 sobre valores a o gravable 1995; Decreto 2324 de 1995 sobre valores a o gravable 1996;Decreto 2301 de 1996 sobre valores a o gravable 1997; Decreto 3020 de 1997 sobre valores a o gravable 1998; Decreto 2649 de 1998 sobre valores a o gravable 1999, Decreto 2587 de 1999 sobre valores a o gravable 2000; Decreto 2661 de 2000 sobre valores a o gravable 2001;Decreto 2794 de 2001 sobre valores a o gravable 2002; Decreto 3257 de 2002 sobre valores a o gravable 2003; Decreto 3804 de 2003 sobre valores a o gravable 2004; Decreto 4344 de 2004 sobre valores a o gravable 2005; Decreto 4715 de 2005 sobre valores a o gravable 2006,Ley 1111 de 2006 sobre valores a o gravable 2007 y Decreto 850 de 2008 sobre valores a os gravables 2008 y 2009.

4 Ver Decreto 561 de 2012, Resoluci n 23 de 2012, Resoluci n 24 de 2012, Ley 1111 de 2006, art. 51 y Resoluci n DIAN 14199 de 2009. Declarado exequible Por la Corte Suprema de Justicia en Sentencia del 1 de marzo de 1990. Exp. 1970 y en Sentencia del 1 de marzo de 1990. Exp. 1995. El Presidente de la Rep blica de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confieren los art culos 90, numeral 5 , de laLey 75 de 1986 y 41 de la Ley 43 de 1987, y o da - DIAN la Comisi n Asesora de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, DECRETA: ARTICULO 1 . El Estatuto Tributario de los impuestos administrados por la Direcci n General de Impuestos Nacionales, es el siguiente: Estatuto Tributario IMPUESTOS ADMINISTRADOS POR LA DIRECCION GENERAL DE IMPUESTOS NACIONALES TITULO PRELIMINAR OBLIGACION TRIBUTARIA Art culo 1. ORIGEN DE LA OBLIGACI N SUSTANCIAL.

5 La obligaci n tributaria sustancial se origina al realizarse el presupuesto o los presupuestos previstos en la ley como generadores del impuesto y ella tiene por objeto el pago del tributo. SUJETOS PASIVOS Art culo 2. CONTRIBUYENTES. Son contribuyentes o responsables directos del pago del tributo los sujetos respecto de quienes se realiza el hecho generador de la obligaci n sustancial. Art culo 3. RESPONSABLES. Son responsables para efectos del impuesto de timbre, las personas que, sin tener el car cter de contribuyentes, deben cumplir obligaciones de stos por disposici n expresa de la ley. Art culo 4. SIN NIMOS. Para fines del impuesto sobre las ventas se consideran sin nimos los t rminos contribuyente y responsable. LIBRO PRIMERO IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS DISPOSICIONES GENERALES Art culo 5. EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y SUS COMPLEMENTARIOS CONSTITUYEN UN SOLO IMPUESTO.

6 El impuesto sobre la renta y complementarios se considera como un solo tributo y comprende: 1. Para las personas naturales, sucesiones il quidas, y bienes destinados a fines especiales en virtud de donaciones o asignaciones modales contemplados en el art culo 11, los que se liquidan con base en la renta, en las ganancias ocasionales, en el patrimonio y en la transferencia de rentas y ganancias ocasionales al exterior. 2. Para los dem s contribuyentes, los que se liquidan con base en la renta, en las ganancias ocasionales y en la transferencia al exterior de rentas y ganancias ocasionales, as como sobre las utilidades comerciales en el caso de sucursales de sociedades y entidades extranjeras. (El texto subrayado en el numeral 1 perdi vigencia a partir del a o gravable de 1992, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Extraordinario 1321 de 1989).

7 Ver Ley 1111 de 2006, art culo 78 Art culo 6. EL IMPUESTO DE LOS NO DECLARANTES ES IGUAL A LAS RETENCIONES. El impuesto de renta, patrimonio y ganancia ocasional, a cargo de los asalariados no obligados a presentar declaraci n de renta y complementarios, y el de los dem s contribuyentes no obligados a declarar, es el que resulte de sumar las retenciones en la fuente por todo concepto que deban aplicarse a los pagos o abonos en cuenta realizados al contribuyente durante el respectivo a o gravable. (Declaradas exequibles por la Sentencia C-643 de 2002, las expresiones subrayadas en ste art culo). Ver Ley 1111 de 2006, art culo 78 SUJETOS PASIVOS. Art culo 7. LAS PERSONAS NATURALES EST N SOMETIDAS AL IMPUESTO. Las personas naturales y las sucesiones il quidas est n sometidas al impuesto sobre la renta y complementarios. La sucesi n es il quida entre la fecha de la muerte del causante y aqu lla en la cual se ejecutor e la sentencia aprobatoria de la partici n o se autorice la escritura p blica cuando se opte por lo establecido en el Decreto extraordinario 902 de 1988.

8 Art culo 8. Declarado exequible condicionalmente por la Sentencia C-875 de 2005. LOS C NYUGES SE GRAVAN EN FORMA INDIVIDUAL. Los c nyuges, individualmente considerados, son sujetos gravables en cuanto a sus correspondientes bienes y rentas. Durante el proceso de liquidaci n de la sociedad conyugal, el sujeto del impuesto sigue siendo cada uno de los c nyuges, o la sucesi n il quida, seg n el caso. Art culo 9. IMPUESTO DE LAS PERSONAS NATURALES, RESIDENTES Y NO RESIDENTES. Las personas naturales, nacionales o extranjeras, residentes en el pa s y las sucesiones il quidas de causantes con residencia en el pa s en el momento de su muerte, est n sujetas al impuesto sobre la renta y complementarios en lo concerniente a sus rentas y ganancias ocasionales, tanto de fuente nacional como de fuente extranjera, y a su patrimonio pose do dentro y fuera del pa s.

9 Los extranjeros residentes en Colombia s lo est n sujetos al impuesto sobre la renta y complementarios respecto a su renta o ganancia ocasional de fuente extranjera, y a su patrimonio pose do en el exterior, a partir del quinto (5 ) a o o per odo gravable de residencia continua o discontinua en el pa s. Las personas naturales, nacionales o extranjeras, que no tengan residencia en el pa s y las sucesiones il quidas de causantes sin residencia en el pa s en el momento de su muerte, s lo est n sujetas al impuesto sobre la renta y complementarios respecto a sus rentas y ganancias ocasionales de fuente nacional y respecto de su patrimonio pose do en el pa s. Ver Circular Externa 26 de 2011 y Circular Externa No. 20 de 2010 de la DIAN Adicionalmente, los contribuyentes a que se refiere este art culo son sujetos pasivos del impuesto de remesas, conforme a lo establecido en el T tulo IV de este Libro.

10 (El texto resaltado en este art culo perdi vigencia a partir del a o gravable de 1992, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Extraordinario 1321 de 1989). Ver Ley 1111 de 2006, art culo 78 Art culo 10. RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES. La residencia consiste en la permanencia continua en el pa s por m s de seis (6) meses en el a o o per odo gravable, o que se completen dentro de ste; lo mismo que la permanencia discontinua por m s de seis meses en el a o o per odo gravable. Se consideran residentes las personas naturales nacionales que conserven la familia o el asiento principal de sus negocios en el pa s, aun cuando permanezcan en el exterior. Art culo 11. BIENES DESTINADOS A FINES ESPECIALES. Los bienes destinados a fines especiales, en virtud de donaciones o asignaciones modales, est n sometidos al impuesto sobre la renta y complementarios de acuerdo con el r gimen impositivo de las personas naturales, excepto cuando los donatarios o asignatarios los usufruct en personalmente.


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