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GAS NATURAL - Resolución 474-E/2017 …

GAS NATURAL - Resoluci n 474-E/2017 MINISTERIO DE ENERG A Y MINER A Determ nanse los nuevos precios en el punto de ingreso al sistema de transporte (PIST) para el gas NATURAL Ciudad de Buenos Aires, 30/11/2017 VISTO el Expediente N 2017- 23570451- APN-DDYME#MEM, las Leyes Nros. , y y sus modificaciones, el Art culo 75 de la Ley N , la Ley N , las Resoluciones Nros. 212 de fecha 6 de octubre de 2016 y 74 de fecha 30 de marzo de 2017, ambas del MINISTERIO DE ENERG A Y MINER A, y CONSIDERANDO: Que mediante Resoluci n N 74 de fecha 30 de marzo de 2017 del MINISTERIO DE ENERG A Y MINER A se establecieron nuevos Precios en el PUNTO DE INGRESO AL SISTEMA DE TRANSPORTE (PIST) para el gas NATURAL , con vigencia a partir de abril de 2017. Que asimismo se determinaron, para el mismo per odo, los nuevos precios del Gas Propano, destinados a la distribuci n de Gas Propano Indiluido por redes, para los usuarios Residenciales y Servicio General P1, P2 y P3.

15 de noviembre de 2017 a las 9:00 horas en el Teatro La Ribera, sito en Av. Pedro de Mendoza N° 1821, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en forma conjunta con la audiencia pública

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1 GAS NATURAL - Resoluci n 474-E/2017 MINISTERIO DE ENERG A Y MINER A Determ nanse los nuevos precios en el punto de ingreso al sistema de transporte (PIST) para el gas NATURAL Ciudad de Buenos Aires, 30/11/2017 VISTO el Expediente N 2017- 23570451- APN-DDYME#MEM, las Leyes Nros. , y y sus modificaciones, el Art culo 75 de la Ley N , la Ley N , las Resoluciones Nros. 212 de fecha 6 de octubre de 2016 y 74 de fecha 30 de marzo de 2017, ambas del MINISTERIO DE ENERG A Y MINER A, y CONSIDERANDO: Que mediante Resoluci n N 74 de fecha 30 de marzo de 2017 del MINISTERIO DE ENERG A Y MINER A se establecieron nuevos Precios en el PUNTO DE INGRESO AL SISTEMA DE TRANSPORTE (PIST) para el gas NATURAL , con vigencia a partir de abril de 2017. Que asimismo se determinaron, para el mismo per odo, los nuevos precios del Gas Propano, destinados a la distribuci n de Gas Propano Indiluido por redes, para los usuarios Residenciales y Servicio General P1, P2 y P3.

2 Que por la citada resoluci n se establecieron bonificaciones en los precios para aquellos usuarios que registren un ahorro en su consumo igual o superior al QUINCE POR CIENTO (15%) con respecto al mismo per odo del a o 2015, en los niveles all determinados. Que dichos precios fueron determinados luego de haberse realizado la audiencia p blica del 10 de marzo de 2017, seg n lo previsto en la Resoluci n N 29 de fecha 15 de febrero de 2017 del MINISTERIO DE ENERG A Y MINER A, en la que se describi el sendero de reducci n escalonada de subsidios sobre los precios de gas en el PIST oportunamente considerado en la Resoluci n N 212 de fecha 6 de octubre de 2016 de este Ministerio. Que conforme a lo previsto en el Art culo 5 de la referida Resoluci n N 212/2016, y hasta tanto los precios de gas en el PIST sean determinados por la libre interacci n de la oferta y la demanda, se previ la determinaci n semestral de los de precios de gas en el PIST sobre la base de los valores previstos en el sendero de reducci n gradual de subsidios, conforme a lo all especificado.

3 Que en el marco de la implementaci n del sendero de reducci n gradual de subsidios previsto en la Resoluci n N 212/2016 y sostenido por la Resoluci n N 74/2017, mediante la Resoluci n N 400 de fecha 23 de octubre de 2017 del MINISTERIO DE ENERG A Y MINER A se convoc a audiencia p blica para la consideraci n de los nuevos precios del gas NATURAL en el PUNTO DE INGRESO AL SISTEMA DE TRANSPORTE (PIST) y del gas propano destinado a la distribuci n de gas propano indiluido por redes, con vigencia prevista a partir del 1 de diciembre de 2017. Que la citada Resoluci n N 400/2017 dispuso que la audiencia p blica se llevar a a cabo el d a 15 de noviembre de 2017 a las 9:00 horas en el Teatro La Ribera, sito en Av. Pedro de Mendoza N 1821, Ciudad Aut noma de Buenos Aires, en forma conjunta con la audiencia p blica convocada por el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) mediante la Resoluci n N 74 de fecha 23 de octubre de 2017 de dicho ente.

4 Que, a los efectos de promover una efectiva participaci n ciudadana con alcance federal, all se estableci que deb an disponerse mecanismos para la participaci n simult nea de usuarios e interesados en las distintas reas de servicio comprendidas en las Licencias de Distribuci n de Gas, para lo cual, por medio de la Resoluci n N 268 de fecha 2 de noviembre de 2017 de la SECRETAR A DE RECURSOS HIDROCARBUR FEROS, se habilitaron los centros de participaci n en las ciudades de Paran , C rdoba, Mendoza, Neuqu n, Ushuaia, Rosario, Salta y Santa Rosa. Que se requiri colaboraci n al ENARGAS, a los fines de realizar las tareas atinentes a la inscripci n de interesados y gesti n de los centros de participaci n. Que a los fines de brindar la informaci n adecuada y suficiente para el tratamiento de los temas sometidos a la consideraci n de la ciudadan a, la SECRETAR A DE RECURSOS HIDROCARBUR FEROS elev un informe sobre la situaci n de los precios del gas que fue puesto a disposici n del p blico a trav s de la p gina web de este Ministerio y en cada uno de los centros de participaci n.

5 Que, de acuerdo a lo previsto en los actos referidos, la convocatoria a la audiencia p blica se realiz seg n los t rminos del Reglamento General de Audiencias P blicas para el Poder Ejecutivo Nacional aprobado como Anexo I del Decreto N 1172 de fecha 3 de diciembre de 2003. Que, transcurrido el plazo reglamentario para la inscripci n de interesados, a trav s de la Resoluci n N 284 de fecha 13 de noviembre de 2017 de la SECRETAR A DE RECURSOS HIDROCARBUR FEROS se aprob el orden del d a de la Audiencia, en el que se fij la n mina de expositores, con el orden y tiempos de alocuci n previstos, el cual fue puesto en conocimiento de los interesados en la forma prevista en el procedimiento aplicable. Que, cumplidos los recaudos de procedimiento previstos en la reglamentaci n, el d a 15 de noviembre , en el horario y lugar previsto en la convocatoria, se dio comienzo a la audiencia p blica. Que sin perjuicio de la descripci n sumaria de las intervenciones de la audiencia, consignada en el informe de cierre confeccionado por la SECRETAR A DE RECURSOS HIDROCARBUR FEROS, de acuerdo a lo previsto en el Art culo 36, Cap tulo IV, del Anexo I del Decreto N 1172/2003, que se encuentra agregado al expediente citado en el visto, se rese an a continuaci n los aspectos m s significativos de las distintas exposiciones consignadas en dicho informe, en tanto se vinculen a la materia objeto de la audiencia p blica, es decir, la determinaci n del precio del gas NATURAL en el PIST y del gas propano destinados a la distribuci n de gas propano indiluido por redes.

6 Que la primera intervenci n correspondi al Secretario de Pol tica Econ mica del MINISTERIO DE HACIENDA, el Dr. Sebasti n Galiani, quien destac el fuerte crecimiento de los subsidios energ ticos observado hasta el a o 2015, lo que gener un fuerte desequilibrio fiscal alcanzando hasta 3,2% del PBI, y su progresiva disminuci n iniciada en el a o 2016. Que tambi n resalt que en el caso de los subsidios al gas, estos estaban direccionados hacia la poblaci n m s rica y que, con las medidas adoptadas a partir del a o 2016, no s lo se est n reduciendo los subsidios sino tambi n se est n mejorando fuertemente su focalizaci n en quienes m s lo necesitan. Que la segunda intervenci n correspondi al Subsecretario de Exploraci n y Producci n de este MINISTERIO DE ENERG A Y MINER A, Ing. Marcos Pourteau, quien expuso el sendero de reducci n gradual de subsidios propiciado y los objetivos de su implementaci n, seg n los t rminos descriptos en el Informe T cnico de la SECRETAR A DE RECURSOS HIDROCARBUR FEROS.

7 Que, en dicho marco, el Subsecretario de Exploraci n y Producci n comenz su exposici n describiendo que con las medidas propuestas se apunta a lograr un suministro de gas NATURAL m s equitativo y federal, que garantice su sostenibilidad en el tiempo, promoviendo la producci n local y minimizando las importaciones de combustibles, subsidiando s lo a quienes lo necesitan, fomentando el ahorro y el consumo eficiente. Que en dicha presentaci n se destac que para lograr estos objetivos se est implementando el sendero gradual y previsible de reducci n de subsidios establecido en octubre de 2016, que permita disminuir la brecha entre costos y precios, concientizando sobre el impacto del ahorro energ tico en el poder adquisitivo familiar y el cuidado ambiental, y protegiendo tambi n a todos aquellos que se encuentran en una situaci n de vulnerabilidad, a trav s de la Tarifa Social Federal y del Programa Hogar. Que desde que se implement el sendero se verifica una recuperaci n en la inyecci n de gas NATURAL , tanto de la producci n local como del abastecimiento total, pasando el abastecimiento por inyecci n nacional, durante el invierno, de 98 metros c bicos por d a en 2015 a 105 millones de metros c bicos por d a en 2017; mientras que el abastecimiento total del invierno mejor en mayor medida: de 141 millones de metros c bicos por d a en 2015 a 154 millones de metros c bicos por d a en 2017.

8 Que la recuperaci n en la inyecci n de gas NATURAL significa, adem s, una menor utilizaci n de combustibles l quidos y, por lo tanto, un menor costo de abastecimiento. Que, seg n los datos estimados para los a os 2017 y 2018, la base del abastecimiento de gas es la producci n local y la importaci n de Bolivia, para las cuales se estiman en precios de alrededor de US$4,90 o US$5 por mill n de BTU para el a o que viene. Que el abastecimiento de invierno con combustibles importados incluye el gas NATURAL licuado (GNL) con un costo en torno de US$7 por mill n de BTU, y el gas importado de Chile con un costo de US$7,55 por mill n de BTU para el a o 2017 y con un costo esperado levemente superior para el a o 2018, raz n por la cual el aumento esperado en la producci n local de gas NATURAL para el a o 2018 traer aparejado una reducci n del d ficit por importaci n de gas estimado en US$1200 millones para el a o 2017 y en US$650 millones para el a o 2018.

9 Que los combustibles alternativos al gas NATURAL -gasoil y fueloil- son significativamente m s costosos, ya que su precio se ubica en torno de los US$10,62 por mill n de BTU, en promedio para el a o 2017, y en torno de los US$14,16 por mill n de BTU, en promedio, esperado para el a o 2018. Que el Subsecretario de Exploraci n y Producci n sostuvo que la demanda contin a pagando menos de lo que cuesta abastecerla y, por eso, requiere montos de subsidio de parte del Estado Nacional. Que la cifra promedio de lo que paga la demanda, a partir de abril 2017, es de US$4,04 por mill n de BTU, mientras que el costo de abastecimiento de esa demanda fue de US$ 5,43 por mill n de BTU, lo que genera un d ficit estimado de US$2200 millones. Para el a o 2018 se espera una leve baja del costo de abastecimiento de la demanda debido, principalmente, al aumento de la producci n local y la reducci n de los combustibles alternativos. Que, a su vez, el Subsecretario de Exploraci n y Producci n destac en su exposici n que desde el a o 2016 se logr una reducci n importante del costo de importaci n del GNL: se redujo en 2017, respecto de 2015, aproximadamente un 40% debido a las condiciones de mercado y a una mayor competencia y transparencia de las licitaciones abiertas conducidas por ENARSA y una mejor estrategia de compra.

10 Que el sistema de gas NATURAL est compuesto por tres segmentos: la producci n, el transporte y la distribuci n, para llegar al usuario final. Que en relaci n al precio de gas, el MINISTERIO DE ENERG A Y MINER A propuso en 2016 un sendero gradual y progresivo de reducci n de subsidios, cuya primera etapa de 2016 comenz con subsidios que iban del 81% al 98% del precio del gas, y se propone avanzar con el tercer escal n de este sendero gradual, que es un sendero de 3 a os que finaliza en octubre de 2019, excepto para la regi n patag nica, la Puna y Malarg e que es de 6 a os y finaliza en octubre de 2022. Que en esta instancia se propone la implementaci n del tercer escal n que con exclusi n de la regi n patag nica, la Puna y Malarg e lleva el subsidio del 45% actual al 38% e implica un precio promedio ponderado que pasar a las tarifas de gas NATURAL de US$4,19 el mill n de BTU, el cual es transformado en pesos para ser incorporado en las tarifas.


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