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Guía Básica para constituir una Asociación Civil Índice

Gu a B sica para constituir una Asociaci n Civil ndice: I. Que es una Asociaci n Civil ? II. Para que sirve constituir una Asociaci n Civil ? III. Por d nde empezar? 1. A pensar y elaborar el Estatuto. 2. Camino a la asamblea fundacional. IV. A inscribir la Asociaci n ! V. C mo sigue el tr mite? 1. Obtenemos la personer a 2. Recuperamos el deposito especial 3. Rubricamos los Libros VI. Solo unos tr mites m s. Anexo I: modelo de Estatuto Social Anexo II: modelo de Acta Constitutiva I. Qu es una Asociaci n Civil ? Cuando un grupo de individuos se une con la intenci n de desarrollar actividades sociales, comunitarias, culturales, o cualquier otra que tienda al bien com n -sin perseguir fines econ micos-, queda constituida una simple asociaci n.

transcribir el acta de la asamblea. Se admite, también, que el acta sea pasada a máquina (en PC) en una hoja oficio –respetando los márgenes- y luego pegada sobre la segunda pagina del Libro de Actas. El acta constitutiva debe confeccionarse siguiendo las siguientes pautas (en el Anexo III se agrega un modelo de acta constitutiva que sirve ...

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  Modelo, Aact, Asamblea, Acta de, Modelo de acta

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1 Gu a B sica para constituir una Asociaci n Civil ndice: I. Que es una Asociaci n Civil ? II. Para que sirve constituir una Asociaci n Civil ? III. Por d nde empezar? 1. A pensar y elaborar el Estatuto. 2. Camino a la asamblea fundacional. IV. A inscribir la Asociaci n ! V. C mo sigue el tr mite? 1. Obtenemos la personer a 2. Recuperamos el deposito especial 3. Rubricamos los Libros VI. Solo unos tr mites m s. Anexo I: modelo de Estatuto Social Anexo II: modelo de Acta Constitutiva I. Qu es una Asociaci n Civil ? Cuando un grupo de individuos se une con la intenci n de desarrollar actividades sociales, comunitarias, culturales, o cualquier otra que tienda al bien com n -sin perseguir fines econ micos-, queda constituida una simple asociaci n.

2 Ahora bien, cuando esa agrupaci n establece por escrito ciertas reglas de funcionamiento, distribuye roles y responsabilidades, especifica las tareas a las que se van a dedicar y solicita ante un organismo del Estado (Inspecci n General de Justicia) su reconocimiento como entidad jur dica (personer a jur dica), esa simple asociaci n pasa a convertirse en una verdadera Asociaci n Civil . En s ntesis, una asociaci n Civil es una persona jur dica privada, constituida por un conjunto de personas f sicas (llamadas socios) que, con la debida autorizaci n del Estado, se unen para realizar actividades que tienden al bien com n. La caracter stica que las distingue es que no persiguen una ganancia comercial o econ mica; por ello es com n que tambi n se las denomine como Entidades civiles sin fines de lucro.

3 II. Para que sirve constituir una asociaci n Civil ? En primer lugar, ayuda a organizarse mejor: se definen las funciones de cada uno, se especifican los objetivos principales y secundarios, se establecen autoridades, se fijan reglas de funcionamiento, etc. Todo eso fortalece la organizaci n. En segundo lugar, una grupo de personas organizadas tienen mucha mas fuerza que cada una de ellas individualmente; de esta manera, se hace realidad aquel viejo refr n que reza LA UNION HACE LA FUERZA . Adem s, un n cleo constituido y organizado suele atraer y entusiasmar a otras personas. De este manera, aumenta la participaci n, se afianza el compromiso de los integrantes y crece la solidaridad social.

4 III. Por donde empezar? Como primer paso, es importante formar una COMISION PROMOTORA con aquellos que est n mas consustanciados con la idea y con los objetivos de la asociaci n, o con aquellos que tienen mas iniciativa o que se muestran mas activos, o bien, con quienes resultan mas representativos. Esta Comisi n se encargar , principalmente, de pensar y elaborar el proyecto de Estatuto, de fijar una fecha y un lugar para realizar la asamblea Constitutiva y de llevarla adelante convocando a todos los potenciales miembros que quieran integrar la asociaci n a crearse. 1. A pensar y elaborar el Estatuto El Estatuto es el principal instrumento legal de la Asociaci n; es el contrato social que rige la vida de la instituci n, y todos sus asociados est n obligados a observarlo y a cumplirlo.

5 En l se fijan los prop sitos de la entidad, las reglas de funcionamiento de sus rganos internos, y los derechos y obligaciones de los socios y de los directivos. Para elaborar el proyecto de estatuto, podemos tomar como gu a el modelo b sico de Estatuto Social que agregamos en el Anexo II, adapt ndolo a las caracter sticas y necesidades que requiera la asociaci n. De todos modos, los puntos mas importantes a tener en cuenta son: Denominaci n de la entidad. Es decir el nombre que tendr la instituci n y por la cual se la va a conocer (por ejemplo Liga de Vecinos de Villa Pa uelito; Amigos de la Plaza El arbolito ; Biblioteca Popular El Libraco , Cooperadora Escolar de la Escuela N.)

6 ; etc.). Es importante tener en cuenta que, previo a decidir el nombre definitivo, debe hacerse un tr mite en la IGJ que se llama reserva de nombre (Formulario N 3). Este tr mite que es arancelado- sirve para verificar que no haya otra entidad con el mismo nombre y, al mismo tiempo, permite reservar el nombre elegido durante 30 d as, plazo en el cual ninguna otra entidad podr inscribirse con ese nombre. Conviene hacer este tr mite unos pocos d as antes de la realizaci n de la asamblea constitutiva, siempre y cuando la Comisi n Promotora considere que el nombre propuesto est suficientemente consensuado. As , no habr inconvenientes posteriores que obliguen a modificar el acta constitutiva y el estatuto, por ejemplo, si ya exist a un nombre id ntico o est vigente una reserva.

7 Por ltimo, al nombre elegido debe antepon rsele la expresi n Asociaci n Civil (por ejemplo: Asociaci n Civil , Liga de Vecinos de Villa Pa uelito ). Objetivos y prop sitos. Como ya hemos dicho, el fin ltimo de todas las asociaciones civiles es trabajar para el bien com n. Sin perder de vista esa finalidad ideal, el estatuto de debe fijar con precisi n el objeto al que se va a dedicar, sin perjuicio de describir, con amplitud y con criterio abarcativo, las tareas que se van a desplegar en funci n del objeto. Los asociados. Se deben decidir las distintas categor as de socios que tendr la entidad, especificando los requisitos, derechos y obligaciones, que se exigen para pertenecer a cada categor a.

8 En tal sentido, es com n establecer una categor a de socios activos o plenos (que son aquellos que tienen voz y voto y, por ende, pueden elegir y ser elegidos), diferenci ndolo de otra categor a, los socios adherentes (que son los que tienen voz pero no voto). A su vez, puede preverse una categor a de socios-cadete (los clubes deportivos suelen adoptarla para incorporar a los menores de 18 a os a las actividades de la entidad); tambi n, es posible establecer la categor a de socios vitalicios, que habitualmente se utiliza como reconocimiento a aquellos socios que alcanzan una determinada antig edad, durante un lapso ininterrumpido de tiempo, para eximirlos del pago de la cuota social, o de ciertos aranceles, o reducirles su monto.

9 Los socios honorarios, son una categor a honor fica, normalmente utilizada para agradecer o distinguir a aquellos socios que hayan prestados importantes servicios a la asociaci n o que se destaquen por ciertas cualidades personales. Por ltimo, podemos incorporar la categor a de socios benefactores, que ser n aquellos que hayan aportado, por su propia voluntad, una determinada contribuci n anual extraordinaria. Aclaremos, que no es indispensable que la nueva asociaci n contemple todas las categor as mencionadas sino que ello depender de las caracter sticas de la entidad y, en definitiva, de lo que decidan los socios fundadores.

10 El domicilio. En el estatuto no es necesario especificar la direcci n donde va a funcionar la sede social, sino que la menci n al domicilio tiene que ver con la jurisdicci n territorial en la que va a funcionar la entidad (por ej. Con la denominaci n de Liga de Vecinos de Villa Pa uelito, asociaci n Civil , se constituye el d a 23 del mes de mayo de 2004, una entidad sin fines de lucro, con domicilio legal en la Ciudad de Buenos Aires). Los rganos sociales. Las asociaciones civiles tienen tres rganos internos: 1) La Comisi n o Junta Directiva; 2) La asamblea de socios; 3) la Junta Fiscalizadora o Comisi n Revisora de Cuentas. La Comisi n Directiva ( ) tendr a su cargo la administraci n de la instituci n, y sus miembros son elegidos por la asamblea .


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