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Gu a para Completar el Certificado de Muerte Fetal RD-78 Rev 2015-11 Registro Demogr fico y Estad sticas Vitales Departamento de salud Puerto Rico Gu a para Completar el Certificado de Muerte Fetal Registro Demogr fico y Estad sticas Vitales Departamento de salud Puerto Rico Revisi n efectiva desde el 23 de diciembre de 2015 Basado en el Certificado Est ndar NCHS/CDC revisi n del 2003 Manual adaptado del Guide to Completing The Facility Worksheets for the Certificate of Live Birth and Report of Fetal Death . Gu a para Completar el Certificado de Muerte Fetal RD-78 Rev 2015-11 Registro Demogr fico y Estad sticas Vitales Departamento de salud Puerto Rico 1 Nuevo Certificado de Muerte Fetal Registro Demogr fico y Estad sticas Vitales Conforme a los poderes y facultades establecidos en la Ley N m.

Guía para Completar el Certificado de Muerte Fetal RD-78 Rev 2015-11 Registro Demográfico y Estadísticas Vitales Departamento de Salud Puerto Rico1 Nuevo Certificado de Muerte Fetal Registro Demográfico y Estadísticas Vitales

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1 Gu a para Completar el Certificado de Muerte Fetal RD-78 Rev 2015-11 Registro Demogr fico y Estad sticas Vitales Departamento de salud Puerto Rico Gu a para Completar el Certificado de Muerte Fetal Registro Demogr fico y Estad sticas Vitales Departamento de salud Puerto Rico Revisi n efectiva desde el 23 de diciembre de 2015 Basado en el Certificado Est ndar NCHS/CDC revisi n del 2003 Manual adaptado del Guide to Completing The Facility Worksheets for the Certificate of Live Birth and Report of Fetal Death . Gu a para Completar el Certificado de Muerte Fetal RD-78 Rev 2015-11 Registro Demogr fico y Estad sticas Vitales Departamento de salud Puerto Rico 1 Nuevo Certificado de Muerte Fetal Registro Demogr fico y Estad sticas Vitales Conforme a los poderes y facultades establecidos en la Ley N m.

2 24-1931, seg n enmendada, conocida como la Ley del Registro Demogr fico de Puerto Rico, y la ley N m. 81-1912, seg n enmendada, conocida como la Ley del Departamento de salud , se comenzar el uso del nuevo formulario para informar e inscribir la muerte fetal o natimuertos, Certificado de Muerte Fetal. Formulario RD-78 Rev 2015-11. Muerte fetal o natimuerto para efectos de registrar el mismo, es la muerte con anterioridad a la completa expulsi n o extracci n del vientre de la madre del resultado de la concepci n, un feto de 350 gramos o m s, o de 20 semanas completas de gestaci n o m s; calculadas desde la fecha de comienzo del ltimo periodo normal de menstruaci n hasta el d a del parto y que no es una terminaci n de embarazo inducido.

3 La muerte est indicada por el hecho de que despu s de la extracci n o expulsi n, el feto no respire o muestra alguna otra evidencia de vida, como latidos del coraz n, pulsaci n del cord n umbilical o movimiento voluntario de m sculos. Los latidos del coraz n deben distinguirse de contracciones cardiacas moment neas y las respiraciones deben distinguirse de esfuerzos respiratorios fugaces o jadeos. El prop sito de la nueva versi n es atemperar el Certificado a los est ndares del National Center for Health Statistics (NCHS), versi n 2003 y actualizados a junio 2015, para la recopilaci n de informaci n sobre eventos vitales.

4 Por lo tanto, la nueva versi n presenta cambios que mejoran la calidad y precisi n de la informaci n recopilada y atiende las necesidades de informaci n adicional para una mejor planificaci n en la salud p blica y la mejora en la resoluci n de procesos judiciales. Junto con el nuevo documento, se har n cambios en el proceso del registro que tambi n resultan en beneficios para la ciudadan a y permiten la mejor recopilaci n de los datos. A partir del 2016, las causas de muerte en este formulario ser n codificadas por el Center for Disease Control and Prevention (CDC). Para todas las muertes fetales que ocurran a partir del 1ro de julio del 2016, debe utilizarse el nuevo formulario para informar e inscribir una muerte fetal o natimuerto.

5 Las muertes fetales que ocurran antes tienen que ser informados usando el formulario anterior. Este Certificado debe ser completado por profesionales del hospital o quienes hayan atendido el parto y le ser entregado a la funeraria correspondiente. No se permite la entrega del Certificado de Muerte Fetal a los padres para que lo entreguen al Registro Demogr fico. Las gu as en detalles para Hospitales y Directores Funerarios esta disponible en la p gina Web del Departamento de salud , Para obtener m s informaci n sobre este asunto puede comunicarse al Registro Demogr fico y Estad sticas Vitales a trav s del correo electr nico Dra.

6 Ana C. R us Armend riz Nancy Vega Ramos, MS. HIA, MHP, HCSA Secretaria Directora Ejecutiva Departamento de salud Registro Demogr fico y Estad sticas Vitales de PR Gu a para Completar el Certificado de Muerte Fetal RD-78 Rev 2015-11 Registro Demogr fico y Estad sticas Vitales Departamento de salud Puerto Rico 2 ndice Nuevo Certificado de Muerte Fetal .. 1 Prop sito .. 3 Requerimiento en Ley .. 3 Importancia del Registro de la Muerte Fetal .. 4 Confidencialidad de los R cords Vitales .. 5 Responsabilidades del M 5 Enmiendas a los Certificados .. 5 Certificaci n del M dico Examinador o del Pat logo Forense .. 6 Autorizaci n para la Disposici n Final del Cad 6 Cu ndo se Requiere la Autorizaci n.

7 7 Disposiciones Legales .. 8 Directrices .. 8 Instrucciones Generales para Completar el Certificado de Muerte Fetal .. 10 Datos Prenatales y del Parto .. 12 Certificaci n- Causa de Muerte Fetal .. 18 Qui n Atendi el 20 Certificaci n: Esta muerte fetal ocurri en la hora, fecha y lugar indicado .. 21 Informaci n de la Madre .. 22 Informaci n del Padre .. 25 Informante Completar s lo si otra persona que no sea madre o padre provee la informaci n para hacer el registro .. 26 Disposici n .. 28 Anejo 1 .. 30 Gu a para Completar el Certificado de Muerte Fetal RD-78 Rev 2015-11 Registro Demogr fico y Estad sticas Vitales Departamento de salud Puerto Rico 3 Prop sito Este manual est dise ado para orientar a los m dicos, hospitales y facilidades sobre el sistema de registro de Muerte Fetal o Natimuerto del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y proveer las instrucciones necesarias para Completar y llenar los certificados.

8 El nfasis va dirigido hacia las responsabilidades del M dico, Hospital y Facilidades en manejar estos certificados para que finalmente se pueda obtener la autorizaci n oficial para la disposici n final de un cad ver. Se incluye informaci n relevante sobre la importancia de estos documentos, para prop sitos legales y estad sticos, e instrucciones espec ficas para Completar el mismo. El Hospital y los M dicos son responsables de entregar cumplimentado, de forma precisa y completa, las secciones correspondientes del Certificado al Director Funerario. A su vez el Director Funerario ser responsable de verificar la informaci n y entregar el Certificado al oficial del Registro Demogr fico de Puerto Rico conforme a lo dispuesto por las siguientes leyes y reglamentos: Ley N m.

9 24 de 22 de abril de 1931, seg n enmendada, mejor conocida como Ley del Registro Demogr fico y Estad sticas Vitales de Puerto Rico ; Ley N m. 258 de 15 de septiembre de 2012, mejor conocida como Ley de Servicios Funerarios de Puerto Rico ; y el Reglamento del Secretario de salud N m. 135 conocido como Reglamento General de salud Ambiental; as como todas las rdenes y Boletines Administrativos aprobados al amparo de estas. El Certificado de Muerte Fetal vigente contiene informaci n sobre el cuidado prenatal, el parto, datos de la madre y el padre, seg n aplique, certificaci n m dica con condiciones y causas que contribuyeron a la muerte fetal, la firma del m dico que atendi el parto y la firma del m dico o del pat logo forense e informaci n concerniente a la disposici n del cuerpo.

10 Requerimiento en Ley Para toda muerte fetal o natimuerto, seg n definido aqu , debe completarse un Certificado de Muerte Fetal (RD78 Rev. 2015-11) y ser entregado en una oficina local del Registro Demogr fico dentro de tres d as de trascurrido el evento. Muerte fetal o natimuerto para efectos de registrar el mismo, es la muerte con anterioridad a la completa expulsi n o extracci n del vientre de la madre del resultado de la concepci n, un feto de 350 gramos o m s, o de 20 semanas completas de gestaci n o m s; calculadas desde la fecha de comienzo del ltimo periodo normal de menstruaci n hasta el d a del parto y que no es una terminaci n de embarazo inducido.


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